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Cobro abusivo en seguro de vida.

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

Problemas en el pago

Tu reclamación

A. G.

A: AXA Seguros

06/03/2025

Nombre: Antonio González Cerdeira. NIF: 76718930S Numero de Póliza: 67487500 Buenos días. El martes 4 de marzo de 2025, recibo el cargo de mi seguro de vida en mi banco, con cuantía de 501,911 euros. El año pasado, la cantidad cobrada fue de 427,83 euros, de los cuales me han devuelto 185,9 euros tras la pertinente reclamación. La empresa nunca me ha comunicado con antelación esta subida tan abusiva, para poder optar a otras alternativas. Me acerco a la oficina AXA dónde me hicieron el seguro de vida, la cual tiene estos datos: SIMÓN Y PARRA ASOCIADOS MED AS Y FI.SL. CL Santa Bárbara 9, Bajos. 04009. Almería, y allí les expongo mi problema, sabiendo que este procedimiento se repite hace varios años. Suben precios de manera abusiva y sin aviso previo y al intentar reclamarlo en la oficina, me ignoran y me dicen que no pueden hacer nada. En esta ocasión, de repite el proceso. Recalcar que ya son varios años reclamando subidas y en todos los casos, me han devuelto lo cobrado indebidamente, por eso reclamo lo mismo en esta ocasión, que me devuelvan lo cobrado de más. Gracias saludos cordiales.

Mensajes (2)

AXA Seguros

A: A. G.

07/03/2025

‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Apreciado/a Sr/Sra. Le trasladamos la información sobre la reclamación que planteó al Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones de AXA Seguros, donde nos comentaba su disconformidad en la actuación de la compañía, relacionada con su póliza y/o siniestro: Nº póliza: 67487500 Nº siniestro: Nº referencia: 04377960 Fecha de presentación: A este respecto, le informamos del proceso de actuación de acuerdo con lo escido en la Orden ECO/734/2004 del 11 de Marzo del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se regulan los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente de las Entidades Financieras. Una vez recibida y admitida a trámite la reclamación, el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones instruirá el correspondiente expediente recabando los datos, aclaraciones, informes o elementos de pruebas que considere pertinentes y procederá a la revisión y estudio del asunto que plantea, debiendo dictar resolución motivada en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción de la reclamación. Dicha resolución le será comunicada oportunamente y será de obligado cumplimiento para la Entidad reclamada. Una vez agotada la vía de reclamación ante este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, ya sea por medio de resolución expresa o por haber transcurrido el mencionado plazo de un mes, en caso de mantener su disconformidad y con independencia de cualquier otra instancia a la que pueda dirigirse, de acuerdo con la Orden ECO/734/2004 del Ministerio de Economía, puede formular reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones: Paseo de la Castellana, 44 28046 Madrid Teléfono 952 24 99 82 En ese caso, puede obtener el modelo de formulario de reclamación que está disponible en la web pública de la DGSFP. Saludos cordiales, Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones AXA Aurora Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros. Inscrita en el Registro Mercantil de Vizcaya. Hoja nº. BI-640 (A). CIF A48464606. Domicilio Social: Alameda de Urquijo, 78 Planta Baja – 48013 Bilbao. ref:!00D580avYq.!500Sj0FBVnt:ref

AXA Seguros

A: A. G.

10/03/2025

‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Apreciados Srs., Nos referimos a la reclamación recibida en este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, manifestando su disconformidad con la actuación de la Compañía en relación al incremento de prima de la póliza de referencia respecto a la anualidad anterior. Tras su reclamación, dimos traslado al Centro Gestor a fin de que nos aportasen las alegaciones que estimasen convenientes, comprobando que se ha producido un incremento de prima sin acreditar que le fuese notificado. La modificación en el importe de la prima está sujeta a las exigencias del artículo 5 de la Ley de Contrato de Seguro, que esce que el contrato de seguro y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizados por escrito, motivo por el cual no es posible su inclusión sin el consentimiento de ambas partes. Igualmente debe ser comunicada con dos meses de anticipación al vencimiento anual del seguro, de acuerdo con el plazo escido en el artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro. En el asunto objeto de reclamación el importe de la prima a abonar se produce para la nueva anualidad, no constando aceptación de la misma por parte del Tomador. Por lo anterior, por parte de este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones damos traslado a la entidad aseguradora a fin de mantener para esta anualidad el importe de prima correspondiente a la anualidad anterior. No obstante, recordarle que puede consultar en el espacio privado Web Cliente la información relativa a su contrato, así como los avisos de renovación que la Entidad Aseguradora puede poner a su disposición. Quedando a su entera disposición, sin otro particular, le saluda atentamente, Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones AXA Aurora Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros. Inscrita en el Registro Mercantil de Vizcaya. Hoja nº. BI-640 (A). CIF A48464606. Domicilio Social: Alameda de Urquijo, 78 Planta Baja – 48013 Bilbao. --------------- Mensaje original --------------- De: [reclamar@ocu.org] Enviado: 6/03/2025 13:30 Para: centro.reclamaciones@axa.es Asunto: [EXTERNAL] Cobro abusivo en seguro de vida. ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ ref:!00D580avYq.!500Sj0FBVnt:ref


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