Hola, realizamos una portabilidad de Movistar a Jazztel a nombre de mi pareja, quienes se han apresurado sospechosamente en hacer la instalación en un día para eludir nuestro derecho al desistimiento. Una vez realizada la instalación, estamos muy descontentos con el funcionamiento de su app de TV, que presenta fallos en nuestro dispositivo, por lo que decidimos cancelar la portabilidad apelando a nuestro derecho al desistimiento de 14 días según el Artículo 71 de la Ley 3/2014, de 27 de marzo para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.Tras esto, recibimos un SMS en el que Jazztel nos reclama 200€ por incumplimiento de permanencia debido a los costes de instalación, siendo esta la única manera de poder experimentar el servicio y ver si es de nuestro agrado. Entendemos que esta se trata de una cláusula improcedente y abusiva, siendo esta instalación imprescindible para la prueba de unos servicios contratados de forma telemática. Esta práctica es contraria al artículo 82.4.b de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, al limitar los derechos del consumidor. Igualmente, vulnera el artículo 86.7 de la misma norma, por limitar nuestros derechos básicos.Este tipo de cobro ya ha sido reconocido en el pasado como una cláusula abusiva por la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales del Ministerio de Economía y Empresa al limitar los derechos del consumidor, tal y como refleja FACUA en este artículo: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=17563