Asunto:
Muy Sres. Nuestros:
Por medio de la presente, damos oportuna contestación a su notificación de fecha 28 de agosto de 2026 en virtud de la cual se dirigen a REDEXIS S.A.U. (en adelante “Redexis”) con el fin de darnos traslado de la reclamación presentada por retraso en Inspección Periódica
Tal y como indica el Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos, aprobado por el Real Decreto 919/2006 de 18 de julio, la Inspección Periódica Reglamentaria de una instalación se debe realizar cada 5 años dentro del año natural de vencimiento de este periodo desde la fecha de la última inspección o puesta en servicio, en el caso de este suministro correspondía realizarla en el año 2026
En primer lugar, informamos de que, en este caso, se remitieron todas las comunicaciones y notificaciones previstas en la normativa sectorial de aplicación a la dirección del suministro, que es la que consta en nuestros sistemas a efectos de notificaciones, sin que el reclamante hubiera comunicado una dirección alternativa. En concreto, se remitieron tres notificaciones, la última de ellas mediante correo certificado con acuse de recibo, con la antelación prevista para informar de la realización de la inspección periódica y, en caso de imposibilidad de llevarla a cabo, de las consecuencias asociadas a dicha circunstancia. No obstante, la citada comunicación no pudo ser entregada al no encontrarse el destinatario en el domicilio en el momento del reparto y no ser posteriormente retirada en la oficina de Correos. En consecuencia, REDEXIS dio cumplimiento a las obligaciones de información y notificación previstas en la normativa de aplicación.
El corte de suministro se llevó a cabo el 14/07/26 conforme a lo exigido en la norma aplicable para los casos de imposibilidad de ejecutar la inspección periódica reglamentaria en las instalaciones individuales de gas, en aras de poner en seguridad la instalación.
Respecto a las dificultades manifestadas para contactar y gestionar una nueva cita, les informamos de que nuestros canales de atención telefónica disponen, entre otras funcionalidades, de un servicio de devolución de llamada mediante el cual el cliente puede solicitar ser contactado por un agente para la gestión de su consulta.
Según consta en nuestros sistemas, el 19/08/2026 recibimos un correo electrónico solicitando una nueva cita para efectuar la inspección periódica reglamentaria y proceder a la reposición del suministro. Dado que la concreción de las actuaciones necesarias para la regularización de la situación y el rescimiento del servicio está sujeta a la planificación operativa precisa para su ejecución, la actuación se llevó a cabo el 02/09/2026, fecha en la que quedó rescido el servicio.
La inspección periódica constituye una obligación escida por la normativa vigente y tiene por finalidad garantizar las condiciones de seguridad de las instalaciones receptoras de gas. No obstante lo anterior, desde Redexis lamentamos sinceramente las molestias e inconvenientes que esta situación haya podido ocasionarle.
Esperando haber atendido su solicitud, nos ponemos a su disposición para cualquier aclaración que consideren oportuna
Atentamente
Gracias por contactar con Redexis.
Para cualquier otra duda o consulta estamos a su disposición en el Serviciode Atención al Cliente de Redexis, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 20:00 horas, en el teléfono 900 811 339 o, si lo desean puede realizar una consulta electrónica a través de nuestra Web: s:www.redexis.es
Reciba un cordial saludo
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