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Certificado deuda cero

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Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

C. M.

A: BANCO CETELEM, S.A.U.

04/05/2022

HECHOS:- El día 28/01/2022 quedó totalmente cancelado un préstamo, para la compra de un coche, que tenía con Uds. - El 22/04/2022 les reclamo certificado deuda 0 para su presentación ante el registro de bienes muebles para poder cancelar la reserva de dominio que Uds. realizaron.- El mismo día 22/04/22, recibo respuesta a mi mail a través de una gestoría en la que se me indica que tengo que pagar 12€+iva por el mismo o contratar sus servicios paraque cancelen dicha reserva.- El día mismo día, les indico que de acuerdo al art.82 de la L. Hipotecaria las entidades no están legitimadas para cobrar importe alguno por la emisión de dicho certificado (y ese mismo día recibo mail de una señorita de CETELEM que me da la razón, me deriva de nuevo a solicitar dicho certificado a la par que hace referencia al artículo 18 del contrato por el que el cliente -yo- es responsable de los gastos de cancelación de la reserva de dominio -entre otros-)- El 26-04-22, recibo por correo electrónico documento con firma física en el que se me informa de la cancelación del préstamo (sin ser un certificado)- El 27-04-22. Les envío mail en el que les indico varios errores en dicha carta y su invalidez para su presentación ante el Registro B.M. y les solicito de nuevo o carta original (por correo ordinario) o carta con firma digital (por correo electrónico). Al tiempo que solicito que la gestoría (STIMPORGES) borre toda la información que tenga respecto a mi y mi contrato de acuerdo con la LPD.- El mismo día me contesta, una señorita de STIMPORGES (que previamente se había indentificado como de Cetelem) indicandome de nuevo las tarifas y que cualquier documento que fuera emitido por CETELEM no sería válido para la cancelación de la reserva de dominio. Al tiempo que cetelem me indica que en el plazo de 5 días recibiría dicho documento por correo electrónico.- El 04-05-22, recibo por correo electronico otra carta firmada físicamente que corrige parte de los errores originales pero sigue sin tener los requisitos necesarios para su presentación ante el Registro de bienes Muebles.TENIENDO EN CUENTA:Que, de acuerdo al BCE, una vez abonada la totalidad de la deuda pendiente del préstamo hipotecario, la entidad, a petición del cliente, tiene la obligación de emitir un certificado de cancelación económica de la deuda, así comode desplazar a un apoderado para la formalización de la escritura de cancelación del préstamo hipotecario ante notario. Se considera que las entidades no están legitimadas para el cobro de importe alguno por dichas gestiones, que, por tanto, son gratuitas. Además, en las consultas se comunica a los usuarios que pueden llevar a cabo, por sí mismos, los trámites necesarios para la cancelación registral de su hipoteca, una vez obtenida la certificación de haber sido pagada la deuda.SOLICITO:Me sea remitido original, o en su defecto copia firmada digitalmente con código de verificación -csv-, del certificado de cancelación económica de la deuda para su posterior presentación ante el registro de bienes muebles y poder de este modo tomar pleno dominio sobre el bien. En caso contrario, entenderé que la entidad me está coaccionando, con la reserva de dominio sobre un bien que no les pertenece, para el cobro de una comisión


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