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CARGOS INDEBIDOS COMO PRÁCTICA HABITUAL DE ESTA EMPRESA

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Naturaleza del problema:

Otro

Tu reclamación

A. C.

A: DIGITAL ONLINE DEVELOPMENT

22/12/2017

En mi factura de Telefonía del mes de Octubre me aparecen 17,97€ por una suscripción de pagos a teceros con COCINATOP, suscripción que yo no he realizado. Tras conversaciones mantenidas con mi empresa de telefonía me explican que tengo que reclamar directamente a la empresa que es Donlined. (Digital Online development)Recibida factura de telefonía en el mes de Noviembre, observo un nuevo cargo indebido en mi cuenta procedente de la misma empresa. El cargo de la factura de Noviembre es de una cantidad de 5,99 euros + Iva (1,198€) = 7,18€.Yo no he realizado ninguna suscripción, al menos voluntariamente, ya que la práctica de meter el spam en las aplicaciones para que pulses sin querer, lo califico dentro de un Delito. Ley 3/2014 por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los consumidores, en su artículo 60 habla sobre la “Información previa al contrato”, indicando que se debe de proporcionar información relevante, veraz y suficiente sobre las características esenciales del contrato, en particular sobre sus condiciones jurídicas y económicas, y de los bienes o servicios objeto del mismo. Según su artículo 100, “queda prohibido suministrar al consumidor y usuario bienes o servicios no pedidos por él cuando dichos suministros incluyan una petición de pago de cualquier naturaleza. En el Código Civil. En su artículo 1254, “el contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.En el artículo 1261 del Código Civil, sobre los requisitos esenciales para la validez de los contratos, “No hay contrato sino cuando concurren los requisitos siguientes: 1.- Consentimiento de los contratantes 2.- Objeto cierto que sea materia del contrato 3.- Causa de la obligación que se establece”. Se está reclamando por algo que carece de consentimiento expreso (al menos de buena Fé y sin aprovechamiento por parte del titular) Real Decreto 899/2009, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, donde entre otros aspectos, se reconocen a todos los usuarios finales de servicios de comunicaciones electrónicas una serie de derechos, como el de disponer de un contrato en el que figuren las condiciones que se le aplican… En su artículo 3, indica que los usuarios finales tienen derecho a la información veraz, eficaz, suficiente, transparente y actualizada sobre las condiciones ofrecidas por los operadores. * Artículo 12 del Real Decreto 899/2009:”Antes de contratar, los operadores deben poner a disposición del usuario final de forma CLARA, COMPRENSIBLE y adaptada a las circunstancias la información veraz, eficaz, suficiente y TRANSPARENTE sobre las características del contrato, en particular sobre sus condiciones jurídicas y económicas y de los servicios objeto del mismo.* Orden IET/1196/2015, por la que se modifica la Orden ITC/308/2008, por la que se dictan instrucciones sobre la prestación de servicios de mensajes cortos de texto y mensajes multimedia. En su artículo 8 dice, “Únicamente será válida la manifestación de la voluntad del usuario de contratar el servicio confirmada a través de un mensaje remitido desde su propio número de teléfono de abonado”. En sus párrafos siguientes: “la petición y contratación de servicios de suscripción sólo podrá realizarse mediante la marcación directa por el usuario, a través de su terminal, del código de numeración correspondiente. * Además del consentimiento, debe tener un objeto cierto y una causa licita. Les adjunto las dos facturas, en la página 3 aparecen los cargos realizados indebidos.Reseñar que me puse en contacto con la compañía les realice la reclamación con número de expediente 25.249 e hicieron caso omiso. Se trata de una práctica habitual de la compañia ya que hay miles de afectados, entre ellos muchas personas mayores que nunca reclaman.

Mensajes (2)

DIGITAL ONLINE DEVELOPMENT

A: A. C.

22/12/2017

Estimado Sr./Sra.,Hemos recibido su solicitud de información en DOD.Para mejorar la atención que deseamos proporcionarle, tenemos a su disposición un formulario en la siguiente dirección web: ayuda.donlined.comLe rogamos que cumplimente sus datos, la naturaleza de la solicitud en este formulario y le responderemos a la mayor brevedad posible.Por favor, no responda a este correo ya que ha sido generado de manera automática y no está operativo.Reciba un cordial saludo,Atención al Usuario.DOD

DIGITAL ONLINE DEVELOPMENT

A: A. C.

08/03/2018

Estimado José Ángel:Ponemos en su conocimiento que se ha recibido en nuestras oficinas respuesta de la empresa a la que usted dirigió su reclamación y que procederemos a remitírsela.Reciba un cordial saludo,n90x90]


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