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Cargos aduaneros

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Tu reclamación

T. C.

A: DHL PARCEL

20/12/2024

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque se me ha contactado para realizar la liquidación del impuesto aduanero español para el envío con número de seguimiento 1464609952 con destinatario a mi nombre: Antonio Capó Esteva. La factura BC52024094553 contiene, aparte del Arancel y el IVA español el siguiente concepto: Cargos de Aduanas ADMINISTRACION DE DC (C1) (incl. IVA) 50,11€ Respecto a este cargo, cito textualmente a DHL sobre un caso de las mismas características: "Debemos señalar que si el servicio de transporte fue contratado y abonado en origen por el remitente, para evitar la duplicidad en la reclamación, debe ser éste, en su caso, quién interponga la reclamación oportuna. Adicionalmente debemos señalar que el despacho de aduanas es un trámite que existe en el Transporte Internacional, sujeto al régimen y normas fiscales de cada país, y que queda fuera de la competencia de DHL y de su ámbito de actividad. Es realizado por unos profesionales cualificados, los agentes de aduanas, y el despacho aduanero se rige bajo su criterio profesional." SOLICITO La eliminación de este cargo por los siguientes hechos: - DHL indica que si el servicio de transporte fue contratado y abonado en origen por el remitente, como es el caso, no procede la inclusión de honorarios de gestión pues el servicio de transporte ya fue abonado y no se pueden incluir servicios posteriores sin la autorización o petición del destinatario. - No es necesaria la reclamación mediante el contrato de servicio en origen como indica DHL, pues quien está realizando la entrega es DHL International GmbH, empresa que opera en España mediante varias empresas como DHL EXPRESS SPAIN, S.L.U. entre otras. Son estas empresas quienes realizan la entrega final del producto y a quienes perfectamente se les puede presentar una reclamación de un servicio realizado en España. Que la entrega del paquete con número de seguimiento 1464609952 sea entregado junto con la factura rectificada de liquidación de aranceles e IVA. En el caso de omisión a esta solicitud y/o la final entrega del producto con la obligatoriedad del pago de los mencionados cargos ADMINISTRACION DE DC (C1), se redactará la correspondiente reclamación oficial en la oficina de entrega con su tramitación en la oficina de consumo de mi Municipio. Sin otro particular, atentamente.

Mensajes (2)

T. C.

A: DHL PARCEL

20/12/2024

Se adjunta a continuación un extracto del FAQ de DHL Express a fecha de hoy 20/12/2024 donde, en la página 4 de dicho documento, se indica que no se solicitarán al destinatario ningún cargo extra que no sean las tasas y aranceles emitidos por la aduana del país de destino.

DHL PARCEL

A: T. C.

10/01/2025

Estimados Sres: Cabe señalar que el servicio de transporte fue contratado y abonado en origen por el remitente, por lo que debe ser éste, en su caso, quién interponga la reclamación oportuna. Al tratarse de un envío internacional, éste debía ser despachado en la Aduana de España y el despacho de aduanas es un trámite que existe en el Transporte Internacional, sujeto al régimen y normas fiscales de cada país, y que queda fuera de la competencia de DHL y de su ámbito de actividad. Es realizado por unos profesionales cualificados, los agentes de aduanas, y el despacho aduanero se rige bajo su criterio profesional. Adicionalmente destacamos que conforme con el apartado 1 de los términos y condiciones del contrato de transporte que figuran al dorso de la carta de porte, DHL podrá actuar como agente transitario del remitente a efectos de aduanas y control de exportaciones y como Destinatario exclusivamente a efectos de designar al agente de aduanas para tramitar el despacho de aduanas y la entrada. En este caso, entendemos que DHL no fue informada en el momento de la contratación del envío de que el destinatario quisiera llevar a cabo los despachos personalmente, ni por parte de la entidad remitente ni por parte del reclamante. Al no tener el número de envío no podemos contrastarlo. Asimismo, el destinatario podía haber rechazado el envío, sin embargo, éste lo aceptó y pagó los gastos de despacho. A continuación, DHL le entregó la mercancía de conformidad al reclamante, cumpliendo así con las condiciones de transporte contratadas por la entidad remitente. La entidad remitente se entiende que contrató un servicio de transporte en el que sólo se hacía cargo del coste de los portes, por lo que los gastos asociados a la importación debían ser abonados por el destinatario. Para los envíos en los que el destinatario sólo desee asumir el coste de los portes, éste debe solicitar al remitente que contrate un servicio de transporte bajo las condiciones de transporte del incoterm DDP (delivered Duty Paid), de manera que sea el remitente quien asuma los gastos generados en el envío. Por último debemos poner de manifiesto que DHL EXPRESS SPAIN, S.L., Sociedad Unipersonal, NO ESTÁ ADHERIDA AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO Y NO SE SOMETE A DICHO ARBITRAJE. Atentamente DHL --------------- Mensaje reenviado --------------- De: reclamar@ocu.org Fecha: 20 de diciembre de 2024 a las 9:46 Asunto: [BULK] Nuevo mensaje de TONI C Para: clientesparcel.spain@dhl.com ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌


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