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Cargo abusivo financiera el corte inglés

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G. G.

A: EL CORTE INGLÉS

20/01/2026

Buenos días: El sábado 10/01/26 recibí un SMS remitido por ESCO indicando lo siguiente: “24889830 FECI. Pague de forma digital, cómoda y SIN ESPERAS, el importe pendiente de su tarjeta El Corte Ingles llamando al 914567426 o a través de https://feci.es/recibos +Info https://www.escoexpansion.com/rgpd/feci.html”. Por supuesto, obvié el mensaje dando por hecho que se trataba de un intento de engaño. El lunes 12/01/26: - A las 11h recibí otro SMS desde el mismo remitente indicando: “24889830 Financiera El Corte Inglés: GERMAN GUTIERREZ OLIET, por cuenta cancelada, nos han devuelto un recibo. Llámanos al 910080184 o feci.es/recibos. Prot_datos https://www.escoexpansion.com/rgpd/feci.html” - A las 13h un nuevo SMS, esta vez de un tal FECI indicando: “Tarjeta de Compra Financiera ECI bloqueada.+Info acuda a Atencion al Cliente o consulte en 910080184.Para gestionar recibos, pinche aqui feci.es/recibos”. - No leo estos SMS al encontrarme en mi puesto de trabajo. - A eso de las 18:30h recibo una llamada del número 692960709, que no contesto por seguir trabajando, pero que devuelvo a las 20:11h al salir de la oficina. - Me informan de que llaman en nombre de Financiera El Corte Inglés por un recibo devuelto por mi banco el 31/12, que pretenden cobrar in-situ por vía telefónica. Por supuesto, de nuevo, cuelgo la llamada de inmediato pensando que se trata de un intento de engaño. -Compruebo en la aplicación de Tarjeta El Corte Inglés que efectivamente tengo un cargo pendiente correspondiente a una compra realizada en noviembre -y que por tanto yo daba por satisfecha- que mi antiguo banco había rechazado. Yo había cerrado dicha cuenta en el periodo entre la compra y el intento de cobro, pero había olvidado actualizarla. - Mi sorpresa llega cuando, al tratar de satisfacer el pago a través de la aplicación, me requerís 25 euros adicionales en concepto de “gastos de reclamación de posiciones deudoras”. Considero que estos gastos son ilegales y abusivos y os remito la jurisprudencia asociada a vuestra finaciera por usura e intereses de mora abusivos: - Sentencia dictada el pasado 12 de enero (7/2024) por la magistrada-juez María Isabel Cadenas Basoa, titular del Juzgado. El Corte Inglés, para cobrar este tipo de comisiones debería haber mandado un correo electrónico, un burofax con acuse de recibo, un requerimiento notarial o haber hecho una llamada telefónica o cualquier otro tipo de gestión, de la que quedara soporte de fehaciente, ya que de esa forma se demostraría que esa comisión se cobra, no por la cara, sino porque realmente obedece a un servicio o gestión bancaria que ha sido realmente realizada y que ha supuesto un sobrecoste para la financiera» Y señala que, como recoge la sentencia, es jurisprudencia consolidada que toda comisión debe obedecer a un servicio realmente prestado, y que si no se presta ningún servicio de gestión de cobro, no procede la comisión de forma automática. - Hay jurisprudencia anterior de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Cádiz de 15 de febrero de 2023 (recurso de apelación civil 1608/22), ponencia del magistrado Carlos Ercilla Labarta, que ya había declarado nula esta cláusula. Agradezco que tengan en consideración mi disposición a satisfacer el pago en todo momento, y por supuesto falta de voluntariedad en la devolución del recibo por parte de mi antigua entidad bancaria. Muchas gracias de antemano. Un saludo, Germán


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