Anterior

Cancelan reclamaciónes Y NO SOLUCIONAN NADA

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Otro

Tu reclamación

A. R.

A: Smile2Impress

13/11/2025

Escribí esto el 6/11/25. Me respondisteis el 10/11 con lo siguiente: Buenas tardes, Gracias por escribirnos, El departamento comercial está en contacto con la paciente Alba Ruiz buscando la mejor solución para el paciente. Saludos cordiales. El departamento comercial está en contacto conmigo buscando la mejor solución para mí? No me consta, sigo esperando ver como me dais una solución favorable. El caso no está cerrado. Os recuerdo lo sucedido. El día 28 de octubre de 2025, entre las 18:00 y las 19:00 horas, realicé el primer pago de 215,83 € a favor de SMILE2IMPRESS S.L. correspondiente a dicho tratamiento. El día 29 de octubre de 2025, dentro de las 24 horas siguientes al pago (aproximadamente a las 9:00 horas), comuniqué mi voluntad de cancelar el servicio antes de su inicio, mediante diversos canales de comunicación de la empresa, incluyendo correo electrónico, WhatsApp y llamada telefónica. A pesar de haber comunicado claramente mi decisión de desistir, su empresa ha rechazado la cancelación y el reembolso, alegando una supuesta “producción del tratamiento” iniciada en el momento del pago. Dicha afirmación carece de fundamento, puesto que el pago permaneció retenido hasta el 30 de octubre de 2025, fecha en la cual se hizo efectivo, por lo que no pudo iniciarse materialmente ningún servicio médico ni planificación personalizada antes de dicho momento. Asimismo, deseo dejar constancia de que, a pesar de haber solicitado la cancelación desde el 29 de octubre, el día 5 de noviembre de 2025 se ha intentado efectuar un segundo cobro relacionado con el mismo tratamiento, lo que constituye una práctica abusiva e improcedente, al encontrarse el contrato expresamente cancelado. La negativa de su empresa a efectuar la devolución del importe abonado y la invocación de una cláusula de “no reembolso” constituyen una práctica abusiva y contraria a la legislación vigente, al vulnerar el derecho básico del consumidor a desistir de un contrato celebrado fuera del establecimiento mercantil. Asimismo, la oferta de descontar 200 euros del total del tratamiento si se mantiene la contratación, o de cancelar el servicio sin reembolso alguno, resulta incoherente, improcedente y carente de profesionalidad, configurando una presión comercial indebida. El intento de efectuar un nuevo cobro el día 5 de noviembre de 2025, pese a la comunicación expresa de cancelación, agrava la infracción y demuestra una actuación contraria a la buena fe contractual y a los derechos del consumidor.


¿Necesitas ayuda?

El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.

Información para empresas

Descubra más sobre esta plataforma

Información para consumidores

Descubre más sobre nuestra plataforma