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Cancelacion y problema con reembolso

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Naturaleza del problema:

Cancelación

Tu reclamación

E. S.

A: VIAJES CARREFOUR

19/03/2026

Estimados señores: Por medio de la presente formulo reclamación en relación con la contratación del viaje combinado denominado “Maravillas de Turquía”, con salida prevista el día 28 de marzo de 2026, gestionado a través de la agencia Viajes Carrefour Campanar (Valencia) y organizado por el mayorista Mapa Tours. El día 27 de febrero de 2026 procedí al pago íntegro del viaje tras indicarme la agencia que era necesario para asegurar la reserva, este pago asciende a una cantidad de 1545 EUR. No obstante, la documentación contractual, incluyendo contrato y condiciones generales, no me fue facilitada hasta el 9 de marzo, pese a haberla solicitado en reiteradas ocasiones. Asimismo, dicho contrato no consta firmado ni existe aceptación expresa por mi parte de las condiciones aplicables. Ante esta situación, y considerando que no se ha producido una correcta formalización del contrato ni se me ha proporcionado la información precontractual exigida por la normativa de consumidores, comuniqué mi voluntad de desistir de la contratación, dentro de los 14 dias desde el momento en que me enviaron el contrato. Aunque el contrato no era valido, solicité desistimiento dentro del plazo de 14 días, siendo mi voluntad ejercer expresamente mi derecho de desistimiento dentro del plazo legalmente establecido conforme a la normativa de protección de consumidores y usuarios. Según establece el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el empresario tiene la obligación de facilitar al consumidor, con carácter previo a la contratación, toda la información esencial del contrato, así como las condiciones generales aplicables, debiendo existir aceptación expresa de las mismas por parte del consumidor para que el contrato despliegue sus efectos, en mi caso esto no ha sucedido. Concurren circunstancias excepcionales que afectan al destino del viaje (Turquia), derivadas de las recomendaciones de cautela emitidas por el Ministerio de Asuntos Exteriores por la guerra entre Irán y Israel/Estados Unidos, además de la situación de los países del golfo y hasta la fecha 3 misiles se han disparado contra Turquia desde que se inició esta guerra lo que refuerza mi derecho a resolver el contrato sin penalización conforme a la normativa vigente en materia de viajes combinados. Debido a que existe una evidente situación de inseguridad e incertidumbre, que afectan al destino del viaje por lo que, atendiendo al artículo 160 del TRLGDCU, tengo derecho a resolver el contrato antes del inicio del viaje sin abonar ninguna penalización. Pese a todo lo anterior, no he obtenido una solución satisfactoria por parte de la agencia ni del mayorista, quienes se han mostrado inflexibles antes todas las opciones que les planteamos (cambios de fechas, destinos, bono, devolución integra de los importes abonados, entre otras) y en su lugar han aplicado penalizaciones basadas en condiciones que no me fueron debidamente informadas ni aceptadas. Por todo lo anteriormente expuesto solicite la cancelación del viaje y a la devolución íntegra del importe abonado (1.545 euros), principalmente al no haberse perfeccionado válidamente el contrato y concurrir causas que justifican la resolución sin penalización. Sin embargo la agencia se niega rotundamente, por lo que no me dan otra opción que solicitar entonces la devolución del 40% del total de mi ingreso. Esta cantidad figura en el contrato que nos enviaros ellos, después de realizar las transferencias y de pedirles repetidamente que nos envíen el contrato. La respuesta final de la agencia el 18 Marzo ha sido que NO nos devuelven el 40% del importe abonado (según figura en contrato), en su lugar me abonan 378€ según su política interna. A mi NO me han informado de su política interna y tampoco figura en ninguno de los documentos enviados por la agencia. La actuación de la agencia constituye un claro incumplimiento de sus obligaciones legales en materia de información precontractual, al haber exigido el pago del viaje sin haber facilitado previamente el contrato ni las condiciones generales aplicables. Asimismo, no puede entenderse válidamente perfeccionado el contrato al no existir aceptación expresa por mi parte, resultando por tanto inoponibles cualesquiera cláusulas de penalización que se pretendan aplicar. Todo ello podría ser constitutivo, además, de una práctica comercial desleal por omisión de información relevante y por ejercer presión indebida para la contratación. Por todo lo expuesto, solicito que la presente situación sea reconsiderada antes de iniciar acciones por la vía judicial.


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