Anterior

Cancelación contrato y devolución cargo indebido SeQura

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Otro

Tu reclamación

D. Y.

A: EDIB BUSINESS SCHOOL, SLU

02/07/2026

El 10 de abril de 2026 contraté un curso con EDIBS Business School financiado con SeQura en 12 cuotas de 177,23€. El 24 de abril de 2026, dentro del plazo legal de 14 días naturales, ejercí formalmente mi derecho de desistimiento conforme a los artículos 102 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007. EDIBS denegó la cancelación alegando acceso al contenido digital, sin haber informado previamente de forma expresa y clara sobre la pérdida del derecho de desistimiento, incumpliendo el artículo 103.m del mismo texto legal y el artículo 97 sobre información precontractual. A pesar de la cancelación solicitada, SeQura ha realizado un cargo de 177,23€ el 1 de julio de 2026 en mi cuenta bancaria. Solicito la cancelación definitiva del contrato, la devolución de los 177,23€ cobrados indebidamente y la cancelación de la financiación vinculada con SeQura conforme al artículo 29 de la Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo.

Mensajes (2)

EDIB BUSINESS SCHOOL, SLU

A: D. Y.

06/07/2026

Buenas tardes, en relación con la reclamación con referencia formulada por D. Diego Yugueros Gutiérrez, EDIB BUSINESS SCHOOL, S.L.U. manifiesta lo siguiente: No podemos compartir las manifestaciones efectuadas por el reclamante por cuanto no se corresponden con la realidad del proceso de contratación ni con la documentación obrante en nuestro poder. En primer lugar, porque el reclamante formalizó la contratación del programa MKT Hackers el día 10 de abril de 2026, aceptando expresamente los Términos del Servicio mediante procedimiento de contratación electrónica, quedando registrada la fecha, hora, IP y huella digital de dicha aceptación. Durante dicho proceso se le facilitó la información precontractual legalmente exigible, incluyendo la relativa al derecho de desistimiento y a la naturaleza del contenido digital contratado.Asimismo, tras la contratación se remitió al alumno la correspondiente documentación en soporte duradero, tal y como consta en nuestro sistema. En segundo lugar, debemos indicar que resulta incorrecta la afirmación de que EDIBS no informara sobre la pérdida del derecho de desistimiento. Los Términos del Servicio aceptados por el reclamante contienen un apartado específico dedicado al derecho de desistimiento, indicando expresamente que, tratándose de contenido digital cuya ejecución comienza durante el plazo legal, el derecho de desistimiento deja de resultar ejerci conforme a la normativa aplicable, una vez iniciado voluntariamente el acceso al contenido digital. Por tanto, la información relativa al régimen jurídico del desistimiento fue facilitada previamente y aceptada expresamente por el reclamante. En tercer lugar, debemos indicar que tras formalizar la contratación, el alumno accedió al campus virtual e inició la utilización efectiva del programa. Consta documentalmente acceso al contenido formativo desde el propio día 10 de abril de 2026, así como progreso efectivo en distintos módulos del programa, además de la recepción de los correos de bienvenida y onboarding correspondientes. Nos encontramos, por tanto, ante un servicio cuya ejecución comenzó de forma inmediata a solicitud y con conocimiento del propio alumno. En cuarto lugar, la financiación suscrita con SeQura constituye un contrato independiente celebrado entre el consumidor y la entidad financiera. Mientras el contrato principal permanece plenamente vigente, las cuotas continúan siendo exigibles conforme al calendario de amortización pactado con dicha entidad.En consecuencia, el cargo realizado el día 1 de julio de 2026 responde al normal cumplimiento del contrato de financiación, no existiendo resolución del contrato principal que justifique su cancelación. Por todo lo expuesto, EDIB BUSINESS SCHOOL considera que: El procedimiento de contratación se realizó conforme a Derecho. El consumidor recibió la información precontractual exigible. Aceptó expresamente los Términos del Servicio. Accedió voluntariamente al contenido digital e inició la ejecución del servicio. No concurren los requisitos legales que justifiquen la resolución del contrato ni la devolución de las cantidades abonadas. En consecuencia, no procede acceder a la solicitud de devolución de 177,23 €, ni a la cancelación del contrato de formación ni de la financiación vinculada, interesando el archivo de la presente reclamación. Atentamente, Un saludo,

D. Y.

A: EDIB BUSINESS SCHOOL, SLU

06/07/2026

En relación con la respuesta remitida por EDIB BUSINESS SCHOOL, S.L.U. a mi reclamación, manifiesto mi total disconformidad con lo alegado, por los siguientes motivos: 1. Ejercicio en tiempo y forma del derecho de desistimiento El contrato se formalizó el 10 de abril de 2026. El día 22 de abril de 2026, dentro por tanto del plazo legal de 14 días naturales establecido en el artículo 102 del RDL 1/2007, remití comunicación escrita por WhatsApp a representante de EDIBS manifestando expresamente que "nos encontramos dentro del plazo legal de desistimiento de 14 días" y solicitando la resolución del contrato. Conforme al artículo 106 del RDL 1/2007, el desistimiento no requiere formalidad especial alguna, bastando una declaración inequívoca en tal sentido, por lo que dicho mensaje constituye ejercicio válido y en plazo del derecho de desistimiento. 2. Falta de consentimiento específico sobre la pérdida del derecho de desistimiento El artículo 103.m) del RDL 1/2007 exige, para la pérdida del derecho de desistimiento en contenido digital, que concurran dos requisitos diferenciados: (i) consentimiento previo y expreso para el inicio de la ejecución, y (ii) reconocimiento expreso de que en virtud de dicho consentimiento se pierde el derecho de desistimiento. En el mismo mensaje del 22 de abril de 2026 hice constar expresamente que "no hemos tenido en ningún momento constancia clara de estar aceptando un contrato como tal" y que "no se nos indicó expresamente que estábamos firmando o aceptando unas condiciones contractuales concretas, ni hemos recibido copia de dicho contrato". La representante de EDIBS no desmintió dicha afirmación, limitándose a remitirse genéricamente a la aceptación de condiciones en el registro de alumno, sin acreditar el cumplimiento del requisito específico y diferenciado exigido por la normativa. 3. Venta por videollamada sin confirmación por escrito previa La contratación se originó mediante una videollamada comercial realizada por EDIBS, durante la cual se me facilitó únicamente el enlace de pago. De acuerdo con el artículo 98 del RDL 1/2007, cuando la contratación se realiza a distancia a iniciativa del empresario mediante contacto directo, este debe confirmar la oferta al consumidor en un soporte duradero, quedando el consumidor vinculado únicamente tras aceptar dicha oferta por escrito. Solicito que EDIBS acredite documentalmente el cumplimiento específico de este requisito. 4. El acceso al contenido tuvo como única finalidad verificar su correspondencia con lo prometido en la venta, resultando negativo Respecto a la alegación de acceso "voluntario" al contenido digital, dicho acceso tuvo como única finalidad tratar de llevar a cabo aquello prometido durante la videollamada de venta. No es posible verificar si un contenido se ajusta a lo prometido sin acceder previamente al mismo. El resultado de dicha comprobación confirmó precisamente el incumplimiento de lo prometido, motivo por el cual formulé la correspondiente queja el 22 de abril de 2026. 5. Reconocimiento expreso por parte de EDIBS de que el contenido no coincide con lo prometido en la venta El día 24 de abril de 2026, ante mi queja expresa de que "lo que se me dijo no tenía nada que ver con lo que se me está dando", la representante de EDIBS respondió textualmente: "es cierto que no se profundiza tanto a nivel general en esa herramienta [n8n] porque hay muchas más". Esta manifestación constituye un reconocimiento expreso, por parte de la propia empresa, de que el contenido entregado no se corresponde con lo ofertado en el proceso de venta, contradiciendo directamente lo alegado en su respuesta formal. 6. Contradicción entre la respuesta inmediata y la defensa jurídica posterior En esa misma fecha (24 de abril de 2026), ante mi solicitud de baja, la respuesta literal recibida fue "no se puede dar de baja", sin fundamentación jurídica alguna, ofreciéndose únicamente compensaciones (mentorías adicionales, reducción de cuota al 50%). Dicha respuesta inmediata resulta incompatible con la elaborada defensa jurídica articulada meses después en su respuesta formal a esta reclamación, lo que evidencia que la negativa a la baja no obedeció en su momento a los fundamentos legales ahora invocados, sino a una negativa comercial sin base jurídica alguna. 7. Carácter vinculado del contrato de financiación Se alega que el contrato de financiación con SeQura es independiente del contrato principal. No obstante, conforme al artículo 29 de la Ley 16/2011, de Contratos de Crédito al Consumo, cuando el crédito se concede específicamente para financiar un contrato de prestación de servicios, nos encontramos ante un contrato de crédito vinculado, cuya exigibilidad queda afectada por la impugnación del contrato principal. En virtud de lo expuesto, y aportando como prueba documental las conversaciones de WhatsApp referidas de los días 22 y 24 de abril de 2026, solicito: 1. Devolución íntegra del importe de 177,23 € cargado. 2. Aportación de la prueba específica y diferenciada del consentimiento sobre la pérdida del derecho de desistimiento. 3. Confirmación de la suspensión de cualquier cargo adicional mientras la presente reclamación se encuentre en trámite. En caso de no obtener respuesta satisfactoria, me reservo el derecho a acudir a las vías de reclamación extrajudicial (Junta Arbitral de Consumo) y, en su caso, a la vía judicial correspondiente. Quedo a la espera de su respuesta. Un saludo, Diego Yugueros Gutiérrez

Asistencia solicitada 21 julio 2026

¿Necesitas ayuda?

El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.

Información para empresas

Descubra más sobre esta plataforma

Información para consumidores

Descubre más sobre nuestra plataforma