Asunto: Reclamación formal por incumplimiento en la reparación y falta de vehículo de sustitución
Estimados señores:
El pasado mes de agosto recibí carta de Stellantis Citroen solicitando a los propietari@s/custodios de los modelos DS4 (1 generacion) y DS5, que dejaramos de conducir estos vehículos de inmediato y accediéramos al sitio web puesto a continuación, para proceder con un sencillo proceso de registro que permitiría a Stellantis recopilar información importante para realizar las reparaciones necesarias lo antes posible. Accedí a registrarme a través del siguiente enlace: ESPAÑA: https://www.citroen.es/posventa/recuperacion.htm y cumplimenté el formulario.
El lunes, dia 26 de agosto me dirigí al concesionario de Citroen de la calle Sinesio Delgado nº 40 de Madrid, por tratarse del mas próximo a mi domicilio, para solicitar una cita para la reposicion del Airbag, y me comunicaron que no tenían fechas disponibles para su sustitución hasta el dia 10 de agosto. En ese momento, y a consecuencia de la gran demora en la cita, les solicité un coche de sustitución, tal y como referían en su carta, sin embargo el personal del concesionario se negó a facilitarme solución alguna, que no fuera costeada por mi. Ante lo cual puse una reclamación formal que ya he registrado en consumo.
El día 10 acudí a las instalaciones de Sinesio Delgado, a la cita que tenia concertada para la sustitución del Airbag, pero mi sorpresa fue mayúscula, ya que me indicaron que no disponían de pieza de sustitución en España y no sabían cuando habría piezas disponibles. Tampoco en esta ocasión cumplieron la promesa de una sustitución inmediata de dicho elemento de seguridad y, en caso de indisponibilidad de la pieza, la entrega de un vehículo de sustitución mientras se resolvía la incidencia.
Ante esta situación contacte con la línea telefónica que mencionan en su carta 80008251001, para comunicar esta incidencia, y pedir algún tipo de solución. El personal me confirmó que los distintos concesionarios tenían obligación tal y como se indicaba en la carta de proceder a la sustitución inmediata de dicho elemento de seguridad y, en caso de indisponibilidad de la pieza, la entrega de un vehículo de sustitución, no obstante ante el rechazo a ayudar que mostraba el concesionario me recomendaban que me dirigiera a un concesionario DS, facilitándome ellos, el teléfono y dirección de DS SOTORE MADRID, de la calle doctor Esquerdo nº 62 de Madrid.
Tras recibir dichas instrucciones, contacto con DS STORE MADRID, y me indican exactamente lo mismo que el anterior concesionario, que no hay disponibilidad de citas y de piezas de momento, siendo la cita mas cercana para el 14 de octubre. Una vez mas les informo de la obligación que tienen de proceder a la sustitución inmediata de dicho elemento de seguridad y, en caso de indisponibilidad de la pieza, la entrega de un vehículo de sustitución, y la respuesta es la misma que en la ocasión anterior, que no hay coches de sustitución gratuitos.
Han transcurrido más de 20 dias y, a fecha de hoy, mi vehículo permanece inmovilizado, sin haberse realizado la reparación comprometida, ni facilitado el vehículo de sustitución que se me aseguró. La cita para la sustitución está fijada para el próximo dia 14 de octubre, falta mas de un mes, y tampoco me han dado garantías de que la pieza vaya a estar disponible en España.
Esta situación me está ocasionando perjuicios económicos y personales graves, derivados de la falta de movilidad y de la demora injustificada en la reparación.
Por lo anteriormente expuesto y en virtud del art. 137 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y del artículo 1101 del Código Civil exijo:
1. La reparación inmediata de mi vehículo con sustitución del airbag defectuoso, o en su defecto, la entrega de un vehículo de sustitución hasta la finalización de los trabajos.
2. Una compensación por los perjuicios ocasionados por la inmovilización del vehículo durante todo el tiempo que ha transcurrido y que mi vehiculo ha estado inmobilizado.
De no recibir una respuesta satisfactoria en un plazo máximo de 10 días hábiles, me veré obligado a interponer la correspondiente reclamación ante Consumo, así como a iniciar las acciones legales oportunas para la defensa de mis derechos.
Sin otro particular, quedo a la espera de su inmediata respuesta.
Atentamente,