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Cambio sustancial de horario, información engañosa, pérdida de vuelo posterior y perjuicio económico

En curso Pública

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C. R.

A: VUELING

18/12/2025

Motivo: Cambio sustancial de horario, información engañosa, pérdida de vuelo posterior y perjuicio económico Expongo los siguientes hechos en calidad de pasajera y consumidora, al considerar que Vueling ha actuado de forma contraria a la normativa de protección de los derechos de los pasajeros y de los consumidores. 1. Cambio sustancial de horario comunicado tras la compra El día 2 de agosto realicé una reserva de vuelo con Vueling para el trayecto XRY–BCN, con salida a las 14:00 y llegada a las 15:40. El 21 de agosto, Vueling me comunicó por correo electrónico un cambio unilateral del horario, pasando la salida de las 14:00 a las 16:40, lo que supone un retraso de 2 horas y 40 minutos respecto al horario inicialmente contratado. Este cambio constituye una modificación sustancial de las condiciones del contrato de transporte, ya que altera de forma relevante el horario pactado y afecta directamente a la planificación del viaje. 2. Información incorrecta sobre la supuesta “reubicación gratuita” En el citado correo, Vueling indicaba que podía aceptar el cambio o cambiarme gratuitamente a otro vuelo. Sin embargo, dicha afirmación no se corresponde con la realidad, ya que: Al intentar cambiar el vuelo, no existían alternativas anteriores al nuevo horario propuesto. El único vuelo disponible desde XRY a BCN era el mismo que había sido modificado. Cualquier otra opción implicaba pago adicional, ya fuera por diferencia de tarifa o por cambiar las condiciones del billete. Por tanto, la opción de “cambio gratuito” ofrecida por Vueling era meramente teórica y no efectiva, lo que constituye una información engañosa, contraria a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, que exige que las condiciones ofrecidas al consumidor sean claras, veraces y realizables. Ante esta situación, y para poder llegar a mi destino en el horario necesario, me vi obligada a contratar otro vuelo con características distintas, asumiendo un coste adicional que no habría existido de no haberse producido el cambio impuesto por la compañía. 3. Pérdida del vuelo BCN–SVQ por retraso previo y falta de consideración del perjuicio Adicionalmente, como consecuencia del retraso de 2 horas y 50 minutos del vuelo operado por LEVEL, no pude tomar el vuelo posterior BCN–SVQ operado por Vueling. Soy consciente de que se trataba de billetes contratados de forma independiente y que la normativa europea no establece compensación automática en estos casos. No obstante, resulta relevante señalar que LEVEL e Iberia forman parte del mismo grupo empresarial que Vueling (IAG), y que el perjuicio sufrido deriva de una cadena de incidencias imputables a compañías del mismo grupo, sin que se haya ofrecido ninguna solución comercial ni gesto de atención al cliente. La negativa absoluta de Vueling a considerar este perjuicio, aun no solicitando compensación económica directa, refleja una falta de diligencia comercial y de atención al consumidor, especialmente teniendo en cuenta que el daño es real, cuantificable y directamente relacionado con retrasos operativos. 4. Fundamentos legales Sin perjuicio de lo anterior, baso esta reclamación en: Reglamento (CE) nº 261/2004, en cuanto a las obligaciones de información, asistencia y correcta gestión de incidencias. Real Decreto Legislativo 1/2007, de Defensa de los Consumidores y Usuarios, que prohíbe prácticas comerciales engañosas y modificaciones contractuales unilaterales que perjudiquen al consumidor. Principios de buena fe contractual, transparencia y equilibrio entre las partes. 5. Solicitud concreta Por todo lo expuesto, no solicito compensación económica directa, sino una solución razonable y proporcionada, consistente en: La compensación en Avios por el cambio sustancial de horario del vuelo XRY–BCN y la falta de una alternativa realmente gratuita. La compensación adicional en Avios por la pérdida del vuelo BCN–SVQ, como gesto comercial y reconocimiento del perjuicio sufrido. Considero esta solicitud plenamente razonable, acorde con el daño causado y con las prácticas habituales de atención al cliente del sector aéreo. Adjunto la documentación acreditativa correspondiente (reserva original, correo de cambio de horario, y billetes alternativos). Atentamente, Carmen


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