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Cambio de suministros inquilinos

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Tu reclamación

J. F.

A: ALQUILER SEGURO S.A.

19/11/2019

Hola quería poner en conocimiento mi caso para que no le pase a nadie ya que es el modus operandi de Alquiler Seguro S.A.Yo como propietario alquilo mi piso y Alquiler Seguro se supone que se encarga del cambio de titularidad de consumos. Cierto pero sólo de los que les interesa y con los que puede negociar. En mi caso luz y gas ya que en Madrid no hay posibilidad de negociar con Canal de Isabel II.Alquiler Seguro no cambia la titularidad del agua , sólo se puso en contacto con los inquilinos para pedirles que lo cambien ellos después de pagar yo la primera factura de un consumo que no me corresponde.Respecto al gas y a la luz si los cambia, el cambio de luz aunque tarde se realiza correctamente, aun teniendo que pagar otra factura que no me corresponde.Lo mejor viene con el gas, no sólo cambian de titularidad, también cambian de distribuidora (no creo que por ahorrar a los inquilinos) me imagino que por negocio propio. Es verdad que según contrato pueden cambiar de distribuidora pero, ¿Incluso perjudicando a tu cliente?, se tendría que tener un poco de cuidado y respeto a los clientes que depositan su confianza y el alquiler de su propiedad en una empresa seria. Este cambio me ha supuesto una penalización de 93.6€ que según contrato tengo que pagar yo. Lo mejor de todo es que después de hablar con el departamento de incidencias de Alquiler Seguro me comentan que no es la primera vez que a un propietario les aplican esta penalización y que ni Alquiler Seguro ni los inquilinos se hacen cargo de esta penalización.Este es el tipo de protección a propietarios que publicita Alquiler Seguro.Lo pongo en conocimiento de todos los usuarios para que no le pase a nadie ya que la única solución que me dan es asumir yo esta penalización para que ellos puedan ganar su comisión.

Mensajes (3)

ALQUILER SEGURO S.A.

A: J. F.

25/11/2019

Muy Señor nuestroConstituye el objeto social de ALQUILER SEGURO S.A.U. la gestión de contratos de arrendamientos de viviendas mediante la prestación de determinados servicios y garantías para los propietarios de las mismas. Nuestra protección a propietarios incluye la búsqueda de inquilino viable, la garantía del cobro de la renta al 5 de cada mes, garantía de desahucio en caso de impago y búsqueda de nuevo inquilino, así como la gestión de incidencias que puedan producirse durante la relación arrendaticia como la que es objeto de su reclamación.En relación con la misma, nos consta que solicitó mediante nuestra página web que se llevara a cabo el cambio de titularidad de los suministros en fecha 20 de septiembre y que dicho cambio se realizó antes del 23 de septiembre.Posteriormente en fecha 7 de noviembre, interesó la devolución de unos recibos que le fueron indebidamente cobrados que en fecha 19 de noviembre se hicieron llegar los arrendatarios para que procedieron a su abono.Ha de hacerse notar que en todo momento ALQUILER SEGURO S.A.U. se ciñó a lo pactado en el contrato de arrendamiento, en el cual se estipula, que en cuanto a los gastos: 'Serán de cuenta de LA ARRENDATARIA, la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.Serán de cuenta de LA ARRENDATARIA: 1. Los gastos de Comunidad que se giren sobre la vivienda arrendada. 2. Los gastos por consumo y ampliación suministros ya existente susceptibles de individualización por medio de aparatos contadores , así como el gasto por la instalación, contratación, reparación de cualquier suministro no existente a la firma del contrato.LA ARRENDADORA autoriza el cambio de Compañía comercializadora de la que será titular la arrendataria'.Conjuntamente con dichos recibos, nos hizo llegar en misma fecha, una penalización que le impuso la compañía Iberdrola, consecuencia de haber procedido a la baja anticipada. Dicha penalización fue debidamente gestionada por el Departamento de Incidencias.Lamenmente, ya se le informó entonces, y reiteramos hoy, que cubrir dicho importe excede de nuestras obligaciones, puesto que el cambió de suministros fue previamente autorizado por contrato y ALQUILER SEGURO S.A.U no puede responsabilizarse de las consecuencias de los acuerdos que nuestros clientes puedan haber suscrito con terceros.Reciba un cordial saludo.Dpto. Atención al Clienteinfo@alquilerseguro.esAvenida de América, 18 Madrid CP 28028902 37 57 77 Alquiler Seguro S.A.U.www.alquilerseguro.es [twitter_naranja] [google+_naranja] [youtube_narana] [blog_naranja] [Logo AS_Firma][cid:image009.png@01CF9C31.41B7F860]Antes de imprimir este mail, por favor, compruebe si es necesario. Alquiler Seguro colabora con el medioambiente.Nota Legal: Este mensaje y cualquier archivo adjunto están destinado únicamente a la persona a quien se dirige y es confidencial. Si usted ha recibido este mensaje por error, por favor, comuníqueselo al remitente y bórrelo inmediatamente. La utilización, revelación y/o reproducción del mensaje puede constituir un delito. Protección de Datos: Le informamos que sus datos de contacto electrónico están siendo tratados de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (RGPD) y la Ley Orgánica (ES) 15/1999 de 13 de diciembre, hallándose incorporados a un registro de actividad titularidad de ALQUILER SEGURO S.A.U., con la finalidad del envío de información, respuesta a consultas y contactos genéricos, durante lo que dure nuestra relación comercial. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad en cualquier momento, mediante escrito, acompañado de copia de documento oficial que le identifique, dirigido a ALQUILER SEGURO S.A.U., Avda. de América 18, 28028, MADRID. También podrá ejercer cualquier reclamación sobre protección de datos ante la Agencia Española de Protección de Datos, Calle Jorge Juan n° 6, 28001, Madrid.

J. F.

A: ALQUILER SEGURO S.A.

25/11/2019

Estimado Alquiler Seguro,Soy consciente de lo que he firmado. Pero me gustaría que me aclarasen ¿si el contrato de alquiler se firmó el 29 de Agosto de 2019 como no se realizó el cambio de titular hasta el 23 de septiembre?.Creo que está mas que demostrado que no se ha actuado con profesionalidad ya que un cambio de titular es una gestión que se puede realizar telefónicamente y en pocos minutos.Alquiler seguro ha necesitado 25 días para realizar este trámite, durante estos 25 dias yo he pagado el suministro que no me corresponde y que a día de hoy nadie me ha compensado.Se que cubrir este cargo de penalización excede de sus obligaciones legalmente, pero en este caso ¿moralmente también excede?.Yo solicito el pago como compensación a los daños ocasionados por la mala gestión de cambios de titularidad.

ALQUILER SEGURO S.A.

A: J. F.

26/11/2019

Muy Señor Nuestro,Recibida su reclamación, por la presente le informamos que ALQUILER SEGURO S.A.U intervino en el arrendamiento que nos ocupa en calidad de agencia intermediaria, comprometiéndose a gestionar el cambio de suministros y, en virtud de la gestión integral del alquiler, a mediar entre usted y los inquilinos en la resolución de incidencias.ALQUILER SEGURO S.A.U. garantiza el puntual cobro de la renta el 5 de cada mes, no así el cobro de los gastos por suministros que generen los inquilinos.En relación a los recibos que se le cobraron durante la gestión del cambio de la titularidad de los suministros, consta actualmente una deuda por valor de 32,39 euros en total que se desglosan en:-18.04Eur de luz-11.06Eur de gas-3.29Eur de aguaDicha deuda se corresponde con el periodo de facturación en que los inquilinos se encontraban ya en el inmueble, es por ello que ALQUILER SEGURO S.A.U. intervino en la incidencia, dando traslado a los inquilinos de la cantidad reclamada el día 19 de noviembre de 2019 para que procedieran a su abono.En este sentido, es preciso recordar que el abono de las facturas por suministros que se generen durante el arrendamiento corresponden a los inquilinos, nunca a ALQUILER SEGURO S.A.U. y no ha lugar por tanto a compensación alguna. Nos corresponde, eso sí, mediar en la gestión del cobro, como efectivamente se hizo y se continuará haciendo en virtud de lo estipulado contractualmente.Por último y en lo referente a la penalización por baja anticipada, ésta fue generada en una relación contractual existente entre usted y un tercero (Iberdrola) que ALQUILER SEGURO S.A.U. no puede asumir.Sin otro particular,Reciba un cordial saludo.Dpto. Atención al Clienteinfo@alquilerseguro.esAvenida de América, 18 Madrid CP 28028902 37 57 77 Alquiler Seguro S.A.U.www.alquilerseguro.es [twitter_naranja] [google+_naranja] [youtube_narana] [blog_naranja] [Logo AS_Firma][cid:image009.png@01CF9C31.41B7F860]Antes de imprimir este mail, por favor, compruebe si es necesario. Alquiler Seguro colabora con el medioambiente.Nota Legal: Este mensaje y cualquier archivo adjunto están destinado únicamente a la persona a quien se dirige y es confidencial. Si usted ha recibido este mensaje por error, por favor, comuníqueselo al remitente y bórrelo inmediatamente. La utilización, revelación y/o reproducción del mensaje puede constituir un delito. Protección de Datos: Le informamos que sus datos de contacto electrónico están siendo tratados de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (RGPD) y la Ley Orgánica (ES) 15/1999 de 13 de diciembre, hallándose incorporados a un registro de actividad titularidad de ALQUILER SEGURO S.A.U., con la finalidad del envío de información, respuesta a consultas y contactos genéricos, durante lo que dure nuestra relación comercial. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad en cualquier momento, mediante escrito, acompañado de copia de documento oficial que le identifique, dirigido a ALQUILER SEGURO S.A.U., Avda. de América 18, 28028, MADRID. También podrá ejercer cualquier reclamación sobre protección de datos ante la Agencia Española de Protección de Datos, Calle Jorge Juan n° 6, 28001, Madrid.


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