1. EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS
En marzo de 2025, el reclamante contrató a través de la plataforma oficial de DAZN España una suscripción anual al Plan Motor, modalidad de pago fraccionado mensual, con un coste de 14,99 euros/mes, mediante la plataforma de pago PayPal.
La suscripción se encontraba dentro de su periodo anual de vigencia, que debía finalizar en marzo de 2026.
Sin previo aviso ni consentimiento del reclamante, en fecha 17 de octubre de 2025, DAZN modificó unilateralmente el plan contratado, pasando el usuario del Plan Motor al Plan Premium, con un incremento de precio hasta 25,99 euros/mes.
El reclamante no recibió comunicación alguna por parte de DAZN informando de este cambio ni de sus condiciones.
Tras detectar el nuevo cargo y verificar el cambio en su cuenta, el reclamante contactó con el servicio de atención al cliente de DAZN, recibiendo como respuesta que no es posible revertir el cambio ni volver al plan original, pese a que la suscripción anterior no había expirado.
Este cambio supone una modificación unilateral del contrato sin el consentimiento expreso del consumidor y sin cumplir con la obligación de notificación previa establecida por la legislación de consumo vigente.
2. FUNDAMENTO JURÍDICO
De conformidad con la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre), en su artículo 61.2, las condiciones generales deben ser claras, comprensibles y notificadas al consumidor con antelación suficiente cuando se produzcan modificaciones sustanciales del contrato.
El artículo 89.4 del mismo texto legal considera abusivas las cláusulas que permiten al empresario modificar unilateralmente las condiciones del contrato sin causa justificada ni notificación previa.
Además, conforme a la Directiva (UE) 2019/770, sobre contratos de suministro de contenidos y servicios digitales, el proveedor debe informar de cualquier modificación con una antelación razonable y conceder al consumidor el derecho a resolver el contrato sin penalización si no acepta los cambios.
El hecho de que DAZN haya procedido al cambio de plan y al incremento de precio sin comunicación ni aceptación expresa del consumidor vulnera los principios de transparencia y consentimiento contractual reconocidos tanto en la normativa española como europea.
3. SOLICITUD
Por todo lo expuesto, D. D. R. C. solicita a la Unidad de Consumo que:
Requiera a DAZN Limited a proporcionar una explicación detallada de las causas del cambio de plan realizado el 17/10/2025.
Obligue a la empresa, en su caso, a:
a. Revertir la suscripción al Plan Motor, manteniendo las condiciones originales hasta marzo de 2026.
b. Devolver las cantidades cobradas indebidamente en concepto de Plan Premium desde la fecha de cambio.
Evalúe si las prácticas descritas pueden constituir una infracción administrativa por vulnerar los derechos de los consumidores en materia de información, transparencia y consentimiento contractual.
4. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Capturas de pantalla de la suscripción original (Plan Motor – 14,99 €/mes).
Capturas o comprobantes del cambio al Plan Premium (25,99 €/mes).
Observe que, sin aparente sentido, en el mes de octubre se emiten 2 facturaciones los días 10 y 17, cuando siempre se venían realizando los pagos el día 10 de cada mes.
En La Gangosa (Vícar, Almería), a 18 de octubre de 2025.
Firmado:
D. R. C.