Estimados/as señores/as:
Me pongo en contacto con ustedes porque el sistema de aire acondicionado del mi vehículo ha dejado de funcionar debido a una pérdida de gas refrigerante localizada en el evaporador. La avería requirió tres visitas consecutivas a un concesionario oficial de Volvo. En la primera visita el taller recargó el gas refrigerante sin investigar la causa subyacente. El sistema funcionó unos meses antes de volver a fallar. En la
segunda visita el taller volvió a recargar el gas sin diagnosticar la causa raíz, sin coste para mí. En la tercera visita el taller identificó el evaporador como foco de la fuga y emitió un Informe en el que consta expresamente que “la causa exacta de la avería no ha podido determinarse”. Presupuesto de reparación: 2.300 euros.
Tras reclamación formal escrita, Volvo Car España respondió que no reconoce ningún defecto de fabricación, atribuyendo el fallo a la antigüedad del vehículo (8 años) y su kilometraje (aprox. 250.000 km), y afirmando expresamente que “no pueden determinar un motivo concreto por el cual una pieza puede sufrir una incidencia concreta”. La única solución ofrecida fue un gesto comercial del 15% (345 euros), rechazado por insuficiente.
Posteriormente, aporté un Boletín Técnico Interno (“AC evaporator repair, additional parts needed”), emitido por el Departamento de Servicio Técnico de Volvo Cars y depositado en la base de datos pública de la NHTSA . Dicho boletín establece explícitamente que, al sustituir el evaporador del A/C en vehículos de la plataforma SPA debe instalarse simultáneamente el resistor en línea con referencia P/N 32241228, cuya función es evitar que el sensor de temperatura permita el sobreenfriamiento del evaporador, su congelación y rotura progresiva: el mecanismo exacto del fallo sufrido.
Este documento demuestra que Volvo Cars conocía la causa raíz del fallo al menos desde marzo de 2021, desarrolló una solución técnica específica e instruyó a su red de concesionarios para aplicarla. Ante la aportación de este boletín, Volvo Car España respondió que: (a) el boletín hace referencia al mercado estadounidense y no es aplicable en Europa; y (b) un Technical Journal es un documento interno de procedimiento y no constituye llamada a revisión ni reconocimiento de defecto generalizado.
Considero que ambos argumentos son insostenibles: la plataforma SPA es una arquitectura global con componentes idénticos en todos los mercados, y el carácter interno del boletín no elimina su valor probatorio. Volvo conocía el problema.
FUNDAMENTO DE DERECHO:
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), artículos sobre conformidad del producto, vicios ocultos y deber de información al consumidor. Artículos 1484 y siguientes del Código Civil.
SOLICITO:
Que Volvo Car España asuma el coste íntegro de la sustitución del evaporador (2.300 euros) o, en su defecto, ofrezca una compensación económica no inferior al 50% del importe (1.150 euros), habida cuenta de que el fallo responde a una deficiencia de diseño documentada internamente por la propia marca, y que además no me ha afectado sólo a mí, sino a otros clientes de la marca, tanto en Europa como en América, propietarios de un modelo de vehículo y una fecha de fabricación en particular.
Sin otro particular, atentamente.