ASUNTO: Reclamación por entrega de producto no conforme con deficiencia grave de higiene/salubridad e imposibilidad de sustitución por falta de stock. Solicitud de resolución de contrato y reembolso íntegro sin devolución de producto.
HECHOS:
Con fecha 14/10/2026, efectué la compra online a través de su plataforma del siguiente artículo: Náutico ante cordones
REF. 37063890
Talla 41
Chocolate por un importe total de 49,99 correspondiente al pedido FC4T9C.
Con fecha 19 de octubre recibí el paquete en mi domicilio. Al proceder a la apertura de la caja del calzado, detecté de inmediato un olor fuerte y anómalo, comprobando con estupor la presencia de restos de tabaco masticable indio (gutka/paan) depositados en el interior de la caja de los zapatos.
Este hecho constituye una alteración gravísima de las condiciones mínimas de higiene, salubridad y control de calidad exigibles a cualquier producto comercializado, suponiendo un riesgo biológico e inaceptable al tratarse de residuos orgánicos masticados por terceros.
Me puse en contacto inmediatamente con el Servicio de Atención al Cliente de MANGO informando de lo sucedido. La respuesta ofrecida por la empresa consistió en la propuesta de sustitución del producto. Sin embargo, dicha solución resulta materialmente imposible de ejecutar, puesto que el artículo y talla en cuestión se encuentra completamente agotado en su catálogo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Falta de conformidad y vulneración de estándares de higiene: El artículo 114 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLCU), establece la obligación del vendedor de entregar productos que sean conformes con el contrato, aptos para su uso y acordes a los estándares de calidad y seguridad.
Imposibilidad de sustitución y derecho al reembolso: El artículo 119 y 120 del TRLCU determina que, en caso de falta de conformidad, el consumidor puede optar entre la reparación o sustitución. Al estar el producto agotado y resultar imposible la sustitución, procede el derecho a la resolución del contrato con la restitución íntegra del precio abonado (art. 121 TRLCU).
Imposibilidad de devolución por motivos sanitarios y de salubridad: Exigir al consumidor la conservación, manipulación y reempaquetado de un bien contaminado con desechos biológicos de terceros atenta contra la salubridad e higiene básicas. La presencia de materia orgánica contaminante justifica la exención de devolución física del paquete a cargo del consumidor o, en su defecto, requiere la gestión directa y retención bajo exclusiva responsabilidad de la empresa si así lo requiriese.
SOLICITO:
La resolución inmediata del contrato de compraventa relativo al pedido FC4T9C.
El reembolso íntegro e inmediato de la totalidad del importe abonado (49,99), mediante el mismo método de pago utilizado en la transacción.
La exención de la devolución del producto afectado por estrictas razones de higiene, insalubridad y prevención de riesgos sanitarios derivada de la contaminación biológica del envoltorio recibido.