Realicé una reserva a través de Booking del apartamento “Casa de Ana” en Córdoba para 7 personas, con Nº de confirmación 2505052441 del 18 al 20 de Agosto. Resaltar que este apartamento se pagaba en función del número de ocupantes.La sorpresa fue cuando, in situ, comprobamos la falta de dotación y mobiliario para dar un correcto servicio a 7 huéspedes. En el salón nos encontramos con una pequeña mesa (no extensible) en la que apenas cabían 4 personas malamente. En toda la casa sólo había 4 sillas. Lo comentamos con la persona que nos recibió y entregó las llaves, pero no nos dio ninguna solución. Lamentablemente tuvimos que comer, desayunar y cenar por turnos. Hicimos la comprobación, y el apartamento está registrado y autorizado en la Consejería de Turismo de la Junta de Andalucía, EXCLUSIVAMENTE para 5 plazas (apartamento con código de registro VFT/CO/01329)https://www.juntadeandalucia.es/organismos/turismoculturaydeporte/servicios/app/buscador-establecimientos-servicios-turisticos.htmlAdicionalmente, los dormitorios eran muy muy pequeños, en el dormitorio “de matrimonio” apenas había forma de pasar a los pies de la cama, y en el dormitorio con “dos camas”, la única forma en la que han conseguido meterlas es bloqueando parcialmente la puerta de entrada al dormitorio (Adjunté las fotos a mi reseña de booking). Me tomé la molestia de medir cada una de las estancias (Soy arquitecto Superior Colegiado), comprobando que se incumplía claramente la regulación de La Junta de Andalucia, Ésta indica en su Boletín Oficial BOJA de 20/02/2020 la normativa técnica de diseño y calidad de las viviendas protegidas (que es la mínima y más restrictiva de todas). Adjunto enlace: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/35/1 En el artículo 3 “Composición, programa y habitaciones de las viviendas” se indica que:- “La relación entre la superficie útil de un alojamiento y el número de personas a que vaya destinada no será inferior a 14 metros cuadrados por persona. En el cómputo de esta superficie quedan excluidos los servicios comunes” Si bien en el anuncio se indicaba que el apartamento tiene 70 m2, esta superficie es la que aparece en el catastro (sede electrónica del catastro) como superficie CONSTRUíDA (no útil). La superficie útil de la vivienda en cuestión es de 55,21 m2. En base a esta medición, la relación de ocupantes máxima sería de 55,21 /14 =3,94 --> 4 ocupantes. Incluso aunque tomásemos como válida la superficie indicada por la propietaria en el anuncio de booking = 70 m2. La capacidad máxima del apartamento sería de 70/14 = 5 ocupantes . En ambos casos, muy por encima de la capacidad que se nos vendió de 7 ocupantes y que booking legitimó al anunciarlo.- En el artículo 8 “Superficies mínimas de las habitaciones” se indica que “La superficie útil mínima de los dormitorios será de 8 m² y en toda vivienda existirá un dormitorio de superficie útil no menor de 12 m.” En la vivienda en cuestión, el dormitorio principal tiene una superficie de 10,12m2, el segundo dormitorio 8,05m2 y el tercer dormitorio 6,24 m2, por lo que tampoco se cumplen las dimensiones mínimas de las habitaciones.Quiero indicarles con esto que, si bien el apartamento podría haber sido correcto / apto para una familia de 4 personas, NO lo es para 7, por lo que nos vendieron un “exceso de capacidad” no autorizada. El hecho de que haya 7 plazas donde dormir (5 en camas + 2 en sofá cama) no implica que el apartamento sea apto para 7 personas. También podrían haber puesto literas, o “triteras” y anunciarlo y cobrarlo para 10 o 12… Adicionalmente, se indica que el apartamento está dotado de “aire acondicionado”, lo cual es una realidad “a medias”. Hay un equipo de bomba de frio-calor en el salón y otro compartido entre el dormitorio principal y el secundario (una solución rocambolesca con un equipo compartido entre dos habitaciones mediante un agujero en el tabique con medio equipo apuntando a cada uno de los dormitorios). El tercer dormitorio tiene un ventilador. Esta solución está claramente mal dimensionada, con dos equipos viejos y faltos de mantenimiento (los filtros no se han limpiado en la vida) siendo claramente insuficiente para climatizar el apartamento, aún poniéndolo a baja temperatura y esperando varias horas, como se nos indicó. Pueden ver las fotos en el comentario facilitado al propio establecimiento en la página de booking.Por estos motivos, el 28/08/23 contactamos con booking, RECLAMANDO el importe, como mínimo, de la parte del importe abonado correspondiente a los huéspedes 5-6-7. (Total reserva =189,9€ /7 huéspedes= 27,12€/huésped). 27,12 € x 3 huéspedes = 81,36 €, dado que la reserva se pagaba por número de huéspedes.Igualmente solicitábamos la rectificación del anuncio en su página, en aras de evitar que, futuros huéspedes, puedan sentirse igualmente engañados.Creemos que es una petición muy razonable y justa, pues bien podríamos reclamar el importe total, en base a los daños y perjuicios causados con esta “publicidad engañosa”.Lamentablemente, booking se limita a ofrecernos un gesto comercial de 25€ (que no se detraería de la cantidad reclamada) y trasladar nuestra reclamación al propietario del apartamento (que según booking, no se hace cargo de la reclamación), dejándonos desamparados y, entiendo que dejando al arbitrio y criterio de éste la resolución de la incidencia y quitándose de en medio sin tomar parte ni responsabilizarse por servir de plataforma para un anuncio engañoso (anunciar más plazas de la cabida real del apartamento). Entiendo que es booking quien debe de abonarnos la cantidad indebidamente cobrada (por ser a quien yo he pagado) y a quien debo dirigirme, independientemente de que booking estime posteriormente repercutirlo subsidiariemente al propietario responsable de la situación o a quien considere oportuno. Por ello les ruego trasladen a BOOKING mi PETICIÓN DE ABONO de las cantidad detallada anteriormente de 81,36€