Contraté un servicio de transporte internacional con SEUR para el envío de efectos personales y material académico imprescindible (de unos 20 kg) desde España con destino a mi residencia de estudiantes en Londres (Reino Unido).
El bulto fue recepcionado correctamente por la compañía a finales de septiembre en origen. Sin embargo, tras el paso por aduanas, el sistema notificó de forma arbitraria e injustificada que el envío quedaba «anulado por no haber sido recibido por SEUR» y se ordenaba su «devolución a origen» ya con una semana de retraso desde el día de la entrega prevista en Londres. Posteriormente, el sistema asignó una nueva referencia donde se notificó que dicha devolución indebida se encuentra además «En demora».
Ante el absoluto descontrol operativo, las contradicciones de la compañía y la pérdida total de confianza en su capacidad para culminar el tránsito internacional, solicito a través de la OCU:
1. La confirmación y entrega efectiva e inmediata del bulto de vuelta en el domicilio de origen en España.
2. El reembolso íntegro de la tarifa abonada por el servicio internacional no ejecutado.
3. La indemnización correspondiente por el retraso y los perjuicios ocasionados al privarme de mis enseres y materiales de estudio.