Estimada Sra. Mariana Lago:
Hemos recibido su escrito y, tras revisar nuevamente el expediente, debemos manifestarle lo siguiente:
En primer lugar, durante el proceso de contratación se habló directamente con usted, quien intervino en la contratación y prestó su consentimiento. Con independencia de que el número de teléfono utilizado sea el 645 288 928, que usted indica pertenece a su hija, ello no altera el hecho de que la conversación mantenida fue con usted y que el contrato quedó formalizado mediante firma electrónica.
Asimismo, consta en nuestro sistema la aceptación expresa del contrato mediante el procedimiento de firma electrónica, quedando debidamente formalizado.
Adjuntamos nuevamente copia del contrato firmado, en el que constan las condiciones del servicio aceptadas en el momento de la contratación.
Respecto a su manifestación de que no recibió las facturas o determinada documentación, debemos indicarle que ello no afecta a la validez del contrato ni a las obligaciones derivadas del mismo. En cualquier caso, si necesitara nuevamente copia de las facturas emitidas, estaremos encantados de facilitárselas.
Por otro lado, el Servicio de Averías contratado tiene una duración anual conforme a las condiciones generales aceptadas durante la contratación. En consecuencia, la cancelación anticipada del contrato conlleva las consecuencias previstas contractualmente, que fueron expresamente aceptadas en el momento de la firma.
Por todo ello, no apreciamos motivo que justifique la nulidad o resolución del contrato en los términos solicitados, manteniéndose plenamente vigente conforme a las condiciones aceptadas.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional.
Reciba un cordial saludo.
Departamento de Atención al Cliente
SILVANERGIA 2022, S.L.
El vie, 10 jul 2026 a la(s) 1:00 p.m.,
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