Apreciados Srs.,
Nos referimos a la reclamación que nos tenían planteada a este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, solicitando a la compañía el pago del total de los daños sufridos a raíz del siniestro ocurrido el pasado 28/04/2025.
Al recibo de su escrito de reclamación, este Servicio de Atención de Quejas y Reclamación procedió a realizar las acciones correspondientes con el departamento de siniestros quienes se ratifican en su decisión en base al informe pericial emitido, y de acuerdo con las condiciones de la póliza suscrita.
En primer lugar y con respecto a los alimentos en congelador, de acuerdo con cuanto le informaron, una interrupción del suministro eléctrico inferior a 24 horas no compromete la cadena de frío, siempre que exista una actuación adecuada. Estos electrodomésticos están diseñados para mantener temperaturas adecuadas durante varias horas sin energía, ayudando a conservar los alimentos en condiciones seguras.
Por ello, lamentamos confirmar que no procede el pago de indemnización alguna correspondiente a los alimentos en congelador.
Con respecto a los alimentos en el refrigerador la compañía procederá al pago de 32 euros.
Con respecto a los medicamentos, y de acuerdo con cuanto le informaron, según se indica en el prospecto, una vez abiertos, pueden estar fuera de la nevera, por lo que en este caso tampoco procede indemnización.
Salvo error por nuestra parte, el ticket de compra corresponde a una única pluma recargable.
Por todo ello, lamentamos confirmar que la actuación de la compañía ha sido correcta y conforme a póliza.
Finalmente, y con respecto a la anulación de las pólizas, 86079141 y 86079087 con fecha vencimiento 24/04/2025 y 31/05/2026, no es posible su anulación sino a su vencimiento, por lo que si es su deseo anular ambas pólizas en abril y mayo 2026 nos lo deberá comunicar con al menos un mes de antelación a la fecha de su vencimiento.
Con respecto a la póliza Auto 49233026, si es su deseo proceder a la cancelación de la póliza con fecha efectos 30/07/2025, le agradeceremos nos lo confirmen a fin de proceder a su anulación.
Finalmente le informamos de que en caso de no estar de acuerdo con nuestra decisión y con independencia de cualquier otra instancia a la que pueda dirigirse, de acuerdo con la Orden ECO/734/2004 del Ministerio de Economía, puede formular reclamación ante el SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DEPENSIONES, que se encuentra situado en: Calle Paseo de la Castellana, 44;28046 Madrid Tf. 952 24 99 82.
A estos efectos le comunicamos que puede obtener el modelo de formulario de reclamación que está disponible en la Web Pública de la DGSFP:www.dgsfp.mineco.es/es/Consumidor/Reclamaciones/Paginas/InformacionProcedimiento.aspx
Atentamente,
Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones
AXA Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros. Inscrita en el Registro Mercantil de Baleares. Hoja nº. PM-61041. CIF A60917978. Domicilio Social: C/ Monseñor Palmer, 1 - 07014 Palma de Mallorca.
--------------- Mensaje original ---------------
De: [reclamar@ocu.org]
Enviado: 29/05/2025 9:30
Para: centro.reclamaciones@axa.es
Asunto: [EXTERNAL] Apagadon 24 horas denegacion indemnizacion siniestro 9704241511
ref:!00D580avYq.!500Sj0HaO3m:ref