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Deducción por guardería: cuánto puedes ahorrar

Si tienes hijos pequeños y pagas guardería o escuela infantil, revisa bien tu declaración de la renta: puedes tener derecho a un ahorro fiscal de hasta 1.000 euros adicionales.

24 junio 2026
cheque guardería maternidad

Qué es la deducción por guardería

En realidad, no es una deducción independiente, sino un aumento de la deducción por maternidad. La deducción por maternidad puede alcanzar hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años. Si tienes derecho a la deducción por maternidad y has pagado gastos de custodia por un hijo menor de tres años en una guardería o en un centro de educación infantil autorizado, puedes deducir hasta 1.000 euros más en tu declaración de la renta.

En la práctica, el ahorro fiscal puede llegar a 2.200 euros anuales por hijo: 1.200 euros por la deducción por maternidad y hasta 1.000 euros adicionales por gastos de guardería.

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Quién puede aplicarla

Pueden aplicarla las mujeres con derecho a la deducción por maternidad cuando se hayan pagado gastos de guardería. Es decir, aquellas mujeres con hijos menores de tres años que tengan derecho al mínimo por descendientes y que estén en alguno de estos casos:

  • Que en el momento del nacimiento del menor estuvieran cobrando una prestación contributiva o asistencial por desempleo.
  • Que en el momento del nacimiento estuvieran dadas de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad.
  • Que se den de alta después del nacimiento en la Seguridad Social o en una mutualidad y alcancen un periodo mínimo de 30 días cotizados.

Desde 2023 ya no se exige, como antes, que la madre esté trabajando por cuenta propia o ajena durante todos los meses para tener derecho a la deducción. Tampoco se limita su importe a las cotizaciones realizadas.

Eso sí, debe comprobarse que no concurra una incompatibilidad específica: no se puede aplicar la deducción en los meses en los que alguno de los progenitores perciba el complemento de ayuda para la infancia del ingreso mínimo vital respecto del menor, salvo que se hubiera tenido derecho al mismo antes del 1 de enero de 2023.

En caso de fallecimiento de la madre, o si la guarda y custodia se atribuye de forma exclusiva al padre o a un tutor, estos podrán aplicar la deducción si cumplen los requisitos.

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¿Qué gastos dan derecho a la deducción?

Se consideran gastos de custodia los pagos realizados por estos conceptos:

  • Preinscripción y matrícula.
  • Asistencia en horario general.
  • Asistencia en horario ampliado.
  • Alimentación.

En el año en que el niño cumple tres años hay una regla especial: aunque la deducción por maternidad termina el mes anterior a aquel en que el menor cumple tres años, el incremento por guardería puede seguir aplicándose durante algunos meses más: hasta el mes anterior a aquel en que pueda empezar el segundo ciclo de educación infantil.

Por ejemplo, si el niño cumple tres años en mayo y empieza el segundo ciclo de infantil en septiembre, la deducción por guardería podría aplicarse también por los gastos de junio, julio y agosto, siempre que esos meses se hayan pagado completos y se cumplan los demás requisitos. En cambio, si el niño cumple tres años en agosto y empieza el segundo ciclo en septiembre, no habría meses adicionales posteriores al cumpleaños por los que aplicar esta regla especial.

¿Sirve cualquier guardería?

Esta cuestión ha generado muchos problemas en los últimos años. Hacienda venía exigiendo que la guardería tuviera autorización como centro de educación infantil. Sin embargo, el Tribunal Supremo corrigió ese criterio.

Ahora, para aplicar la deducción por guardería, no es necesario que la guardería tenga autorización educativa como centro de educación infantil, basta con que cuente con la autorización necesaria para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores.

En cambio, si se trata propiamente de un centro de educación infantil, sí debe contar con la autorización educativa correspondiente. La doctrina del Tribunal Supremo distingue entre guarderías y centros de educación infantil autorizados: a las guarderías se les exige la autorización necesaria para abrir y funcionar como actividad de custodia de menores, mientras que a los centros de educación infantil se les exige la autorización educativa.

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Cuánto se puede deducir

El incremento por guardería puede llegar a 1.000 euros al año por cada hijo. Pero ese es el máximo: la cantidad real depende de los meses en los que se cumplan los requisitos y equivale a un máximo de 83,33 euros por cada mes.

Para que un mes cuente, los gastos de guardería deben corresponder a un mes completo. Por ejemplo, si el niño empieza a ir a la guardería el 15 de abril y solo se paga media mensualidad, abril no cuenta como mes completo. En cambio, que haya días no lectivos no impide que los gastos del mes cuenten, siempre que se haya pagado por el mes completo. Por ejemplo, julio podría contar si se paga la mensualidad completa, aunque la guardería cierre unos días por vacaciones.

Aunque la deducción la aplique la madre, también pueden tenerse en cuenta los importes pagados por el otro progenitor, siempre que no estén cubiertos por ayudas, becas o cheques guardería de empresa, etc. Por ejemplo, si la guardería cuesta 300 euros al mes, la madre paga 220 euros con tarjeta guardería de su empresa y el padre paga directamente los 80 euros restantes, la madre podrá deducirse esos 80 euros.

Cheques guardería, ayudas y becas: no todo cuenta

No todo lo que se paga a la guardería da derecho a deducción. Solo cuentan los gastos realmente soportados por la familia. Por eso, no se incluyen las cantidades cubiertas por becas, ayudas públicas o subvenciones, ni tampoco lo pagado mediante cheques, vales, tiques o tarjeta guardería de empresa, etc. que tienen para el contribuyente la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos.

Eso no significa que se pierda necesariamente toda la deducción: si una parte se paga con cheque guardería de empresa y otra directamente por la familia, solo podrá computarse esta última. Por ejemplo, si la mensualidad de la guardería es de 400 euros, 250 euros se pagan con tique guardería de la empresa de la madre y además recibe una beca de 100 euros, solo los 50 euros restantes pueden considerarse gasto deducible, aunque el límite máximo mensual sea de 83,33 euros.

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Cómo se solicita

La deducción por maternidad puede cobrarse de forma anticipada, mes a mes, mediante el modelo correspondiente de la Agencia Tributaria. En cambio, la deducción por gastos de guardería no se puede cobrar de forma anticipada. Se solicita directamente en la declaración de la renta.

Las guarderías y centros de educación infantil autorizados deben informar a Hacienda de los menores y de los gastos que pueden dar derecho a la deducción mediante el modelo 233. Esta declaración informativa la presenta el centro, no los progenitores.

Esos datos pueden aparecer en la información fiscal, pero conviene revisarlos por si hay errores, importes incompletos o gastos no correctamente reflejados. Además, es recomendable conservar la documentación que permita justificar la deducción por si Hacienda la solicita:

  • Contrato o matrícula de la guardería.
  • Facturas o recibos de las mensualidades.
  • Justificantes bancarios de pago.
  • Certificados del centro sobre meses de asistencia e importes satisfechos.
  • Información sobre becas, ayudas o subvenciones recibidas.
  • Documentación relativa a cheques, tiques, tarjeta guardería, retribución flexible o pagos realizados por la empresa.

La clave es poder acreditar qué se pagó, por qué conceptos, durante qué meses y qué parte del gasto fue realmente soportada por la familia sin estar subvencionada ni exenta.

Además de esta deducción estatal, algunas comunidades autónomas tienen sus propias deducciones por guardería, escuelas infantiles, gastos de custodia o cuidado de hijos menores. Conviene revisar las deducciones autonómicas aplicables en la comunidad donde se resida, porque pueden existir beneficios adicionales con requisitos y límites propios.

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