¿Cómo reclamo menos de 2.000 euros sin abogado?
¿Sabías que para reclamar en juicio cantidades inferiores a 2.000 euros no necesitas contratar abogado ni procurador y puedes defenderte a ti mismo? Ir a juicio, aparte de complicado, largo y de resultado incierto, es caro. Pero si reclamas sin asistencia letrada y optas por la autodefensa, eliminas el gasto principal de ir a juicio. Esto amplía mucho las posibilidades de reclamar por un problema de consumo, ya que en la mayor parte de los casos, las cantidades en disputa no llegan a 2.000 euros. OCU te explica cómo reclamar menos de 2.000 euros sin abogado, paso a paso.
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¿Qué tipo de juicio me permite defenderme solo?
Hablamos del "juicio verbal", que es un procedimiento civil más sencillo y ágil que el ordinario, destinado a reclamaciones de menor cuantía, es decir, de como mucho 6.000 euros. Además, se hace esta distinción:
- Si reclamas menos de 2.000 euros, puedes autodefenderte, no tienes que llevar abogado ni procurador.
- Si reclamas entre 2.000 y 6.000 euros, entonces sí necesitas abogado y procurador.
En materia de consumo, la mayor parte de los problemas giran alrededor de cantidades relativamente pequeñas, aunque ocasionalmente pueden ser muy importantes.
El desacuerdo con una factura de la luz puede reducirse a 20 o 30 euros, mientras que un problema relacionado con unos muebles a medida, un viaje en familia o un tratamiento estético o dental, quizás obligue a discutir varios miles de euros.
En todo caso, una gran cantidad de asuntos de consumo pueden acabar en un juicio verbal, si no tienen éxito los intentos de solución previos.
Volver arriba¿Me saldrá el juicio gratis?
Al no ser necesaria la asistencia de abogado o procurador, no tendrás que pagar dos de los principales gastos de meterte en juicio.
Con todo, cabe la posibilidad de que tengas que hacer algún gasto:
- Podrían costarte dinero las pruebas e informes periciales que apoyen tu petición. Por ejemplo, si tienes un contencioso con un taller por una avería mal hecha y quieres que otro taller o un mecánico te hagan un informe o un presupuesto alternativo con el que tratar de convencer al juez, tendrás que pagarlos.
- Además, si finalmente pierdes el juicio por completo (o sea, no te dan la razón en nada), lo normal es que el juez te condene a pagar las costas del proceso, pues la ley establece que quien pierde, en principio, paga las costas; solo si el asunto presenta serias dudas y el juez motiva su decisión, podría no imponerlas. Eso significa que si la otra parte ha acudido a juicio asistida por un abogado, puesto que es libre de hacerlo aunque tú no cuentes con uno, podrías verte obligado a pagárselo. De todos modos, no te pueden cargar los honorarios que deseen; las costas están limitadas y no deben exceder de un tercio de la cuantía en litigio.
Cómo reclamar menos de 2.000 euros, paso a paso
1. Lo primero es reunir las pruebas que tengas para apoyar tus pretensiones, preferiblemente originales o copias autenticadas. Según de qué se trate, hay muchas pruebas posibles: presupuestos, contratos, facturas, tiques, pólizas, fotos, cruces de correos y wasaps, publicidad, folletos, pantallazos, informes periciales... También es posible presentar testigos.
3. Para pedir menos de 2.000 euros basta una “demanda sucinta” centrada en exponer los hechos y lo que se pide, sin necesidad de incluir fundamentos jurídicos. En los juzgados puedes encontrar un modelo normalizado, que es igual al que nosotros te presentamos. Básicamente, se trata de un escrito fechado y firmado donde indiques:
- El juzgado al que se dirige.
- La identificación y las señas de demandante y del demandado.
- Un relato claro de los hechos.
- Una relación de las pruebas que se adjuntan (documentos, facturas, etc.).
- Si se desea o no la celebración de una vista oral.
- La afirmación de que has tratado de llegar a un acuerdo extrajudicial sin éxito, que es requisito obligatorio.
- Una petición concreta: lo que se reclama y la cuantía.
A ese documento, le tendrás que adjuntar todas las pruebas, incluidas las de haber tratado de llegar a una solución previa. Piensa que difícilmente se admitarán nuevas pruebas más adelante.
USA NUESTRO MODELO DE DEMANDA DE JUICIO VERBAL
Volver arriba¿Qué puedo esperar después de presentar la demanda?
Si el juzgado admite la demanda, se la enviará al demandado, que tiene 10 días para contestar.
Si opone resistencia, es decir, si no se pliega a tus peticiones, tendrá que explicar por qué.
Además, tendrá que indicar si desea que se celebre una vista oral o no.
Si ninguna de las partes ha pedido vista oral, el juicio puede ser más rápido, pues el juez dictará sentencia directamente a la luz de las pruebas.
Si una o las dos la piden, en principio se señalará una fecha para que se celebre en el plazo máximo de un mes. Cuando se reciba la citación, hay un plazo de 5 días para comunicar los datos de los testigos o peritos que cada uno considere útiles para apoyar sus razones. Allí cada uno podrá exponer sus argumentos, se examinarán las pruebas, se interrogará a los testigos y peritos, si los hay, y se puede intentar llegar a un acuerdo.
El juez tiene diez días para dictar sentencia una vez acabada la vista y es posible que te dé la razón en todo, en parte o en nada.
La sentencia obliga a las dos partes y si no te gusta no la puedes recurrir, pues solo cabe recurso en los juicios donde la cantidad en litigio supera los 3.000 euros.
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¿Cuándo cobraré si gano?
Una vez que la sentencia sea firme, deberías cobrar en un máximo de 20 días.
Si pasan 20 días desde que se notificó a la persona condenada y no ha pagado de forma voluntaria, podrás pedir al juzgado la ejecución de la sentencia, mediante una demanda de ejecución que incluya:
- Tus datos personales.
- El juzgado que llevó tu juicio y el número de procedimiento.
- Tu solicitud de que se ejecute la sentencia, identificando claramente cuál es.
- La cantidad que reclamas, añadiendo los intereses generados hasta la fecha y una previsión para intereses y costas futuras (esta previsión no puede superar el 30% de la cantidad principal, salvo que justifiques lo contrario).
- Los bienes del deudor que conozcas y que puedan ser embargados, indicando si crees que son suficientes para cubrir lo que te deben.
- Si no conoces bienes o piensas que no bastan, puedes pedir al juzgado que los investigue. En ese caso, debes señalar qué bancos, administraciones u otras personas o empresas podrían tener información sobre el patrimonio del deudor y explicar brevemente por qué crees que disponen de esos datos.
Puedes utilizar el modelo que te proporcionamos para solicitar que la sentencia a tu favor se haga realidad:
USA NUESTRO MODELO DE DEMANDA DE EJECUCIÓN
Obviamente, si la otra parte no paga, todo se complica y se aleja la posibilidad de cobrar, o al menos de cobrar en un plazo razonable. No obstante, si estás combatiendo contra una empresa en funcionamiento que no esté al borde del concurso de acreedores, es probable que pague cuando se vea obligada.
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