Reclamación cuotas comunidad anterior propietario
Buenas noches,
Comento mi caso, en junio de 2022 compre una plaza de garaje a una promotora. En el momento de la firma de compraventa, el representante de la promotora en cuestion, alega problemas para obtener el certificado de dedua, asi que se decide incluir una clausula en la que, aunque se exonera a la parte vendedora de aportar certificado de deuda, se especifica que si existiera algun importe en concepto de gastos generales de comunidadde propietarios devengados con anterioridad a la fecha de la firma de compraventa, será pagado por la parte vendedora.
A mayores, en la misma escritura de compraventa, hay una disposicion en la que se especifica que serán de cuenta y cargo de la parte vendedora los impuestos, arbitrios y gravámenes cuyo devengo sea anterior a la fecha de compra.
Pues bien, en el momento en que compré la plaza en cuestion, notifico a la comunidad de propietarios que desde la fecha me carguen las cuotas futuras. El representante de la comunidad de propietarios aprovecha la ocasion para reclamarme cuotas pendientes y le especifico lo que pone en las escrituras de compraventa. El me contesta diciendo que entonces se pondra en contacto con el anterior propietario.
No he vuelto a recibir noticias hasta hoy que recibo un burofax en el que me reclama las cantidades que se establecen en el articulo 9.1 de la ley de propiedad horizontal ademas de descubrir que me ha incluido en un listado de morosos en las cuentas que vemos todos los vecinos.
Lo primero, puede reclamarme esas cutoas aunque ante notario la parte vendedora se hiciese responsable de ellas?
Lo segundo, La obligación de pagar los gastos comunes impuesta por el art. 9.1 e) de la LPH , es una obligación “propter rem” determinada por la titularidad del piso o local. Esta afección real opera al margen de la titularidad de la finca transmitiéndose con la venta de la finca pero ello no convierte al nuevo propietario en deudor personal del importe de las cuotas impagadas por el anterior en el plazo al que se retrotrae la afección real. es por esto ultimo que entiendo que no deberia aparecer mi nombre en dicho listado?
Gracias de antemano y un saludo.