Pagos de la Comunidad

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Buenos Días,

Nuestro administrador nos exige una cuenta bancaria privada para hacernos los cargos de cualquier pago de la comunidad.

Yo le he solicitado un número de cuenta para hacerle transferència cada vez que corresponda y me dice que NO, que soy yo quien estoy obligada a darle mi número de cuenta.

Es correcto ??

Gracias.

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1 Comentarios

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Hola, no existe una obligación legal para el vecino de tener una cuenta bancaria en la que domiciliar los pagos de las cuotas de la comunidad. Este suele ser el sistema más habitual de pago y el más cómodo para la gestión de los cobros, pero un propietario puede hacer ingresos o transferencias a la cuenta de la comunidad para hacer esos pagos. Eso sí, el vecino será responsable de la puntualidad de los pagos y del coste que le pueda suponer a él hacer la transferencia o el ingreso en cuenta.

👉Te animamos a consultar nuestra web especializada en temas de comunidades de vecinos

Un saludo

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