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Cruce de cups: los errores continúan

El llamado "cruce de cups" sigue siendo un problema. En 2023, la CNMC impuso a Endesa, Iberdrola, Naturgy y Holaluz medidas en sus protocolos de contratación para mitigar el problema, que consiste en que lo que debería ser un simple cambio de comercializador acaba con un consumidor poniendo a su nombre el contrato de otro (normalmente un vecino). Dos años después esto sigue pasando: para OCU es imprescindible que la normativa impida que se pueda pedir el cambio de comercializadora a partir de la dirección postal de la vivienda.

24 marzo 2025
Suministro eléctrico - torres alta tensión - CNMC medidas Iberdrola

Los suministros de gas y electricidad se identifican a partir de un número inequívoco, que se conoce como el CUPS (Código Unificado de Puntos de Suministro), lo que debería evitar cualquier error en las contrataciones. Lamentablemente, estos errores se producen, ¿por qué? pues porque hay comercializadoras que permiten iniciar la contratación a partir de la dirección de la vivienda.

Hace un tiempo la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,(CNMC), constató un crecimiento de contrataciones fraudulentas al efectuar un cambio de compañía a un CUPS erróneo. Las medidas que impuso entonces reducen las posibles consecuencias, aunque no evitan el problema. Según los medios, algunos comercializadores, como Endesa, que siguen estando en el punto de mira de CNMC por esta causa. 

¿Qué es el cruce de CUPS?

Las reclamaciones por el problema conocido como cruce de CUPS no han desaparecido. Cuando se produce un cruce ce CUPS, el resultado es que un consumidor que quería cambiar de comercializadora, en realidad no solo mantiene su contrato con la anterior compañía, sino que además, pasa a empezar a pagar una nueva factura con la nueva comercializadora, pero de otra vivienda que no es la suya y que ha acabado a su nombre. Por otro lado hay otro consumidor que deja de recibir facturas, por lo que quizás tarde en detectar el problema....

Contratan otro suministro por un error en la dirección

Casi todas las comercializadoras de gas o luz permiten dar de alta un contrato a partir de la dirección postal de la vivienda sin que sea imprescindible facilitar el CUPS, el código que identifica de forma inequívoca el punto de suministro. De esta forma, si hay alguna confusión en los datos de puerta, escalera, etc., ya sea por parte del usuario que los facilita, del operador que los anota o en la base de datos que maneja, puede ocurrir que pongan a tu nombre el contrato de gas o electricidad de alguno de tus vecinos, con lo que:

  • Estarás pagando dos facturas, la de tu compañía original y el suministro que te han asignado por error y que han puesto a tu nombre.
  • Hay un vecino que habrá dejado de ser el titular de su contrato y de pagar la factura de su vivienda. .

¿Cómo se soluciona?

Cuando se dan estos errores, la solución no es sencilla.

Si han puesto a tu nombre el contrato de una vivienda que no es tuya, podrás tratar de solucionar el problema con la compañía, pero no será sencillo y la solución fácil es solicitar la baja del suministro del que no quieres ser titular, pero con ello ocasionarás un grave problema al vecino, que verá cómo le cortan el gas o la luz cuando en el mejor de los casos, si ha visto que no recibe las facturas, pensará que se estaba retrasando.

Si el vecino detecta el error, tampoco le será fácil resolver el problema. Su compañía le dirá que ya no es cliente. Ni siquiera podrá decirle en qué comercializadora está  su suministro y si lo supiera tampoco podrá hacer mucho ya que no figura como cliente de la nueva compañía. Su solución sencilla, será volver a hacer un cambio de comercializador, cambiando de nuevo de titular al ponerlo a su nombre.  

¿Por qué pasa esto? 

El origen del problema es que las comercializadoras están manejando bases de datos antiguas (anteriores a 2015) en las que aparece la dirección del suministro y de esta forma pueden vincular una dirección a un CUPS, salvo en viviendas de nueva construcción.

Si usaran la base de datos actualizada SIPS, sería imposible contratar a partir de la dirección, pues en ella se omite la información personal y datos de ubicación del suministro, precisamente para evitar este tipo de errores, aunque sí incluye incluye información del punto de suministro (CUPS, potencia contratada, consumos históricos…). No obstante, la base de datos SIPS del gas natural sí mantiene el detalle de la dirección.

La realidad es que todas las comercializadoras están manejando las bases de datos anteriores y permiten contrataciones a partir de ellas, aunque sea con errores, pues la dirección puede que no esté bien actualizada o que no recoja detalles como si la puerta es la letra D o es Derecha o si el bajo es realmente bajo o figura como primera planta.

La CNMC obliga a revisar el protocolo de contratación

La CNMC, organismo responsable de la competencia, impuso una serie de medidas para solucionar esto:

  • Obligaron a las comercializadoras de Iberdrola, Endesa, Naturgy y Holaluz a revisar sus protocolos de contratación de manera que se muestre claramente el titular del suministro, la dirección del inmueble y el CUPS.
  • Para evitar cortes de suministro por error en el CUPS, pusieron controles adicionales a las solicitudes de baja del suministro cuando había habido un reciente cambios de titular.
  • Además la comercializadora causante del error está obligada a reponer el punto de suministro al comercializador que lo ha perdido.

Estas medidas deben generalizarse

Desde OCU lamentamos que estas medidas no sean extensibles al resto de comercializadoras que contratan a partir de la dirección de suministro. Por eso,  proponemos revisar la norma para que sea obligatorio facilitar siempre el CUPS durante la contratación y así evitar errores. Además, el comercializador que ha causado el error haciendo el alta de un CUPS erróneo debería asumir todos los costes que se hayan producido, incluida la factura que ha abonado el nuevo titular por error.

La solución no es retornar a unas bases de datos de clientes SIPS que vuelvan a incluir la dirección del suministro: eso reduciría este tipo de errores, pero haría más fácil que un comercial se pueda hacer pasar por un agente de la compañía con la que se tiene contrato, pues conocerían datos que facilitarían las contrataciones engañosas.

Además, es necesario que el consumidor que ha perdido el suministro, tenga un mecanismo sencillo para comunicar el problema a su anterior comercializadora y que esta esté obligada a iniciar el mecanismo para facilitar la restitución de los contratos con el operador (y tarifa) original. Estos mecanismos son útiles en situaciones como las aquí descritas: cruce de CUPS, ejercicio del derecho de desistimiento o las contrataciones fraudulentas a partir de engaños de comerciales agresivos.

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