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Vicios ocultos - sistema de emisiones

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Daños en el coche

Tu reclamación

F. P.

A: ismycar

28/08/2026

1. HECHOS Y ANTECEDENTES El 2 de septiembre de 2024, adquirí en el establecimiento de la empresa ISMYCAR S.L. el vehículo de ocasión Peugeot 208 BlueHDI (año 2019) con un kilometraje acreditado en contrato de 100.000 km, por un importe de 9.450 €. Durante el tiempo de uso del vehículo, este ha sido conducido durante aproximadamente 23.000 km adicionales (marcando actualmente 123.000 km). A lo largo de todo este periodo, el vehículo jamás solicitó el repostaje de AdBlue ni emitió aviso alguno de reserva del sistema anticontaminación, un hecho técnicamente imposible en condiciones de funcionamiento normal de este motor. El pasado 23 de abril de 2026, acudí al Servicio Oficial Peugeot para realizar una campaña técnica oficial de revisión del árbol de levas. Durante dicha intervención, el taller oficial procedió a realizar una actualización estándar del software de la centralita del motor. Inmediatamente después de dicha actualización oficial, se encendió en el cuadro de mandos el testigo de fallo grave de motor y el aviso del sistema anticontaminación. La diagnosis oficial de Peugeot confirmó la existencia de una avería en el sistema de emisiones AdBlue (SCR) y determinó que el sistema se encontraba previamente anulado/desactivado por software. Al actualizar la centralita con el software oficial de la marca, el "bloqueo" electrónico que ocultaba la avería fue eliminado de forma automática, dejando al descubierto la avería real subyacente. La estimación de la reparación emitida por el Servicio Oficial Peugeot asciende a 3.100 € (además de una factura de diagnosis previa ya abonada por mi parte de 217,80 €). 2. ACTUACIONES Y ACTITUD DE LA EMPRESA VENDEDORA En cuanto tuve conocimiento de esta situación, me puse en contacto con ISMYCAR S.L. para solicitar una solución ajustada a derecho, enviando posteriormente un burofax formal para interrumpir los plazos legales y exigir la resolución del contrato o la asunción de la reparación. En su última respuesta por escrito, ISMYCAR S.L. se niega rotundamente a asumir responsabilidad alguna, alegando el tiempo transcurrido, los kilómetros realizados (23.000 km) y la finalización de la garantía comercial. La postura de la empresa es totalmente inaceptable: una anulación o manipulación del software del sistema anticontaminación no es un daño por uso ni un desgaste natural derivado de hacer kilómetros. Se trata de un vicio oculto de extrema gravedad presente en el vehículo en el momento de la entrega, que vulnera la normativa legal de emisiones y que fue camuflado para impedir su detección en el momento de la compraventa. 3. PETICIÓN Y SOLICITUD DE MEDIACIÓN Al amparo de la legislación sobre defensa de los consumidores y usuarios y el Código Civil sobre vicios ocultos y falta de conformidad, solicito la mediación de la OCU para requerir a ISMYCAR S.L. a: La resolución del contrato de compraventa mediante la devolución íntegra de los 9.450 € pagados por el vehículo, contra la entrega del mismo. Subsidiariamente, en caso de no rescindir el contrato, el abono íntegro de la reparación en el Servicio Oficial Peugeot según el presupuesto aportado (3.100 €) más el reembolso de la diagnosis (217,80 €), de forma que el vehículo quede en estado 100% legal y funcional. 4. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA Para acreditar todos los extremos expuestos en la presente reclamación, adjunto los siguientes documentos en formato PDF: Documento 1: Contrato de compraventa del vehículo (02/09/2024), donde constan el importe (9.450 €) y los kilómetros iniciales (100.000 km). Documento 2: Presupuesto de reparación del Servicio Oficial Peugeot (3.100 €) y factura de la diagnosis previa (217,80 €) donde constan los kilómetros actuales (123.000 km). Documento 3: Burofax formal de reclamación enviado a la empresa vendedora. Documento 4: Último correo electrónico remitido por ISMYCAR S.L., en el que rechazan de forma explícita atender la reclamación y resolver el problema.

Mensajes (1)

ismycar

A: F. P.

01/09/2026

Buenos días: Nos dirigimos a ustedes en relación con la reclamación presentada por D. Frank Fidel Palomino Callañaupa, número de caso 15567020, relativa al vehículo Peugeot 208 adquirido en nuestro escimiento. En primer lugar, queremos manifestar que desde ISMYCAR hemos atendido la reclamación del Sr. Palomino desde el primer momento y hemos mostrado nuestra total disposición a estudiar la incidencia y la documentación que pudiera ayudarnos a esclarecer lo sucedido. Por este motivo, nos gustaría matizar una de las afirmaciones contenidas en la reclamación presentada ante OCU. En ningún momento ISMYCAR se ha negado rotundamente a atender la reclamación o a estudiar el problema. Desde que tuvimos conocimiento del caso, solicitamos al cliente la documentación disponible con el objetivo de que nuestro Departamento de Postventa pudiera analizar la incidencia y determinar su origen. El cliente nos remitió una factura correspondiente a una diagnosis realizada por el Servicio Oficial Peugeot y un presupuesto para la reparación/sustitución de diferentes componentes del sistema AdBlue. Posteriormente nos confirmó que no disponía de ningún otro informe o documentación técnica. Tras estudiar toda la documentación aportada, el problema con el que nos encontramos es que no disponemos de ningún documento técnico que acredite que el vehículo tenga o haya tenido una modificación o anulación por software del sistema AdBlue. Del mismo modo, tampoco disponemos de ningún documento que permita determinar cuándo se habría realizado dicha modificación y, por tanto, que permita acreditar que esta ya existía en el momento de la venta del vehículo por parte de ISMYCAR. No ponemos en duda que actualmente exista una incidencia en el sistema AdBlue ni cuestionamos las molestias que esta situación pueda estar ocasionando al cliente. Lo que no podemos hacer es asumir como acreditado el origen y la antigüedad de una supuesta modificación informática cuando la documentación aportada no permite escer estas circunstancias. Precisamente por este motivo solicitamos al cliente toda la información técnica disponible. Nuestra intención siempre ha sido estudiar el caso y conocer qué había sucedido antes de tomar una decisión. El vehículo fue adquirido el 2 de septiembre de 2024 con 100.000 km y, según la propia reclamación del cliente, la incidencia fue detectada en abril de 2026, cuando el vehículo tenía aproximadamente 123.000 km. Por tanto, entre la entrega del vehículo y la detección de la incidencia han transcurrido aproximadamente 19 meses y se han recorrido unos 23.000 km. Entendemos perfectamente la posición del Sr. Palomino y lamentamos sinceramente la situación en la que se encuentra. Sin embargo, con la documentación de la que disponemos actualmente no podemos determinar que la supuesta modificación del sistema AdBlue existiera en el momento en que ISMYCAR entregó el vehículo, ni disponemos de elementos técnicos que permitan atribuir dicha actuación a un momento anterior a la compraventa. Por este motivo, y después de estudiar la documentación aportada, lamentamos comunicar que no podemos aceptar la resolución de la compraventa ni asumir el importe de la reparación solicitada. Queremos insistir en que esta decisión no supone una negativa a atender al cliente ni una falta de voluntad para solucionar el problema. Es el resultado del análisis de la documentación disponible y de la imposibilidad de escer, con los elementos aportados, el origen y el momento de la supuesta modificación. Por supuesto, si el cliente pudiera aportar en el futuro nueva documentación técnica que permitiera acreditar estas circunstancias, estaremos dispuestos a estudiarla y valorar nuevamente el caso. Nuestra voluntad continúa siendo mantener una actitud abierta y colaboradora con el Sr. Palomino y con OCU para cualquier aclaración que pueda ser necesaria. Atentamente, Departamento de Postventa ISMYCAR AUTOMOTIVE S.L.

Asistencia solicitada 01 septiembre 2026

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