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VEHÍCULO NUEVO DEFECTUOSO Y SIN SOLUCIÓN EN UN MES EN EL TALLER

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Desistimiento

Tu reclamación

R. O.

A: SSANGYONG ESPAÑA, S.A.

03/07/2025

A la atención del Departamento de Atención al Cliente y Posventa SsangYong España / Trade Gamboa, S.A.U. ASUNTO: Reclamación formal por entrega de vehículo defectuoso, falta de reparación en garantía y ausencia de solución satisfactoria Madrid, a 2 de julio de 2025 Por medio de la presente, formulo reclamación formal contra Trade Gamboa, S.A.U., con domicilio en Avda. Carlos Sainz, 19 (28914 Leganés), y contra SsangYong España, con domicilio en Avenida Bruselas, 32, Alcobendas (Madrid), en relación con la compraventa del vehículo KGM Tivoli G15 4x2 Limited, matrícula 6202NBD, número de bastidor KPT20B1Y4SP424195, entregado el 26 de abril de 2025, con seguro en vigor mediante póliza n.º 10460830 con Mutua Madrileña. 1. HECHOS Desde el momento mismo de la entrega, el vehículo presenta vicios ocultos y defectos de fabricación: • Equipo multimedia defectuoso: el navegador GPS no opera correctamente y permanece congelado, sin importar la dirección ingresada. • Desajuste horario persistente: cada vez que se apaga el vehículo, la hora se desconfigura. • Defecto mecánico: la primera marcha entra con dificultad, lo cual representa un riesgo en maniobras básicas. Estos fallos fueron comunicados inmediatamente al concesionario, cuyo personal minimizó la gravedad de los mismos y propuso soluciones no aceptables (uso del teléfono móvil). Tras recorrer 1.479 kilómetros, el vehículo fue entregado en taller el 12 de junio de 2025, sin que se proporcionara inicialmente coche de sustitución. Dada la necesidad de movilidad urgente por motivos médicos y de residencia en zona rural, se recurrió al seguro privado para alquilar un vehículo durante tres días. Posteriormente, Trade Gamboa facilitó un coche de sustitución por cuatro días (prorrogado hasta el 24 de junio), sin resolución alguna del problema original. A fecha de redacción: • El vehículo ha sido devuelto sin reparación efectiva. • El equipo multimedia y la configuración horaria siguen averiados. • Se desconoce el plazo estimado de solución, ni existe compromiso alguno por parte de SsangYong España ni de Trade Gamboa. • No se ha producido ningún contacto ni comunicación técnica proactiva por parte de los responsables. 2. RECLAMACIONES De conformidad con lo anterior, exijo: 1. La reparación inmediata y definitiva del equipo multimedia, incluyendo la sustitución de la unidad completa y nueva, según observación manifiesta de los operarios del taller de Trade Gamboa Leganés, con todas las funcionalidades correspondientes a la versión abonada. 2. La entrega de un vehículo de sustitución de gama equivalente o superior, mientras dure la reparación. 3. La compensación por los perjuicios sufridos, incluyendo: o Gastos derivados del alquiler de coche mediante aseguradora, o Pérdida de tiempo, o Dificultades médicas y familiares por falta de vehículo operativo, o Y la negligencia continuada en el servicio posventa. 4. En caso de no poder garantizar la reparación con plazos razonables (inferiores a 30 días naturales a contar desde el 12 de junio, fecha de entrega al taller), se exige la sustitución del vehículo por uno nuevo de iguales o superiores características. 3. FUNDAMENTO LEGAL Esta reclamación se basa en: • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, artículos 114 a 123. • Artículo 118: el consumidor tiene derecho a la reparación, sustitución, rebaja del precio o resolución del contrato si el bien no es conforme al contrato. • Artículo 123.1: el vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en el plazo de tres años desde la entrega. • Código Civil (artículos 1101 y 1124): por incumplimiento contractual e indemnización de daños y perjuicios. Lo aquí expuesto configura un grave incumplimiento de las condiciones de compraventa, además de una gestión deficiente de la garantía legal y comercial, siendo la responsabilidad directa de Trade Gamboa, S.A.U. como vendedor y de SsangYong España como fabricante e importador en territorio nacional. 4. RESPONSABILIDADES En caso de que, como consecuencia del mal funcionamiento del equipo multimedia, se produzca cualquier accidente, pérdida o incidencia en carretera, se hará responsables a ambas entidades por omisión en la reparación de un fallo conocido, documentado y no resuelto en plazo razonable. 5. PLAZO Y ADVERTENCIA LEGAL Se requiere respuesta por escrito, fundamentada y con solución efectiva, en el plazo máximo de 5 días hábiles a contar desde la recepción de la presente. De no recibirla, se procederá sin más a: • Reclamar ante las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), • Elevar el caso a la Dirección General de Consumo del Ministerio de Derechos Sociales, • Notificarlo al Instituto Nacional del Consumo, • Y ejercer las correspondientes acciones judiciales por incumplimiento contractual y reclamación de daños. Sin otro particular, esperando su pronta y eficaz respuesta, Atentamente, Nuria Barbero Zurita

Asistencia solicitada 20 julio 2025

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