Hola equipo de O bag,
Me pongo en contacto con vosotros en relación a un vale regalo que adquirí hace aproximadamente un año por un importe de 100€.
Al intentar canjear dicho vale, nos percatamos de que la tarjeta estaba caducada y que tenía una caducidad de 6 meses, y no de un año, como inicialmente creímos.
Entiendo perfectamente que las condiciones de la tarjeta regalo pueden estar establecidas en sus políticas internas. Sin embargo, según la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, este tipo de cláusulas se consideran abusivas - y por lo tanto nulas - ya que generan un desequilibrio significativo entre los derechos de ambas partes y limitan los derechos del consumidor.
En particular, podría encuadrarse dicha cláusula dentro del supuesto del apartado 4 del artículo 87 de dicha ley, en el que se considera como abusiva:
4. La posibilidad de que el empresario se quede con las cantidades abonadas en concepto de prestaciones aún no efectuadas cuando sea él mismo quien resuelva el contrato.
Solicitamos información sobre cómo podemos proceder para resolver esta situación. Nos parece razonable y justo que se renueve la tarjeta regalo por el mismo importe que se abonó en el momento de la compra. De no ser así, nos veremos en la necesidad de considerar tomar las medidas pertinentes para proteger nuestros derechos como consumidores.
Agradecemos de antemano su atención y quedamos a la espera de su respuesta.
Atentamente,