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Subida de precio de la póliza con respecto a la contratada sin informar previamente y sin acuerdo

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

Otro

Tu reclamación

N. G.

A: LIBERTY SEGUROS

26/03/2024

Buenas tardes, la causa principal de la reclamación es que la compañía de seguros Liberty me ha subido unos 170€ el precio de la póliza 06Y115497074 contratada inicialmente, que se renueva el próximo 22.04.2024 sin preaviso para cargarme el nuevo precio, del que no he sido informada y de esa forma no poder cancelarla, pues me es imposible realizar la cancelación un preaviso de 30 días. A día de hoy (26.03.2024), al entrar en mi área de cliente, sin que la compañía me haya informado previamente y sin haber recibido presupuesto con el nuevo precio de renovación, he visualizado el precio de mi seguro comprobando que el mismo era muy superior al contratado inicialmente y no hallándome dentro de plazo de preaviso para la cancelación del mismo. Al llamar al servicio de atención al cliente me dicen claramente que me deberían de haber enviado un correo con el nuevo precio pero que no lo han hecho y que si quiero un seguro más barato que excluya coberturas. Inicialmente contraté un seguro con unas coberturas y este precio no se respeta en la renovación y no se avisa al cliente del cambio de condiciones/precio incurriendo en ilegalidad y falta de transparencia respecto a la comunicación de las nuevas condiciones del servicio que se renuevan a un precio muy superior al pactado sin conocimiento por parte del cliente, ofreciéndosele el mismo producto por un precio muy superior al inicial. La aseguradora vulnera las normas de prestación del servicio en lo que respecta a la comunicación de las nuevas condiciones del mismo, que deben hacerse con antelación a la renovación de la póliza si estas son ostensiblemente distintas, como es el caso. El artículo 176 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores de seguros privados de planes y fondos de pensiones del ámbito tributario y de litigios fiscales, describe que existe un deber de información previa respecto al contrato de seguro que en este caso se incumple, puesto que este se ha modificado sin conocimiento ni aceptación expresa por parte del tomador o cliente, por este motivo, y tras haber llamado previamente al servicio de atención al cliente sin que haya habido acuerdo al respecto, me gustaría que se respetasen las condiciones de contratación pactadas inicialmente, tanto en lo que respecta al precio como a las coberturas del servicio contratado y que no se hagan cargos no autorizados en mi cuenta de servicios contratados sin que se respeten las condiciones contractuales ni se informe de las modificaciones pertinentes, motivo por el cual no existe consentimiento expreso por parte del cliente de la aceptación del nuevo contrato y las condiciones del mismo que se conocen previamente de forma casual.


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