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Solicitud de resolución contractual por vicio en el consentimiento y cancelacion de credito .

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C. P.

A: WHAT'S UP ACADEMIA

19/08/2026

AL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE: WHAT'S UP! BARAKALDO. Por medio del presente escrito, me dirijo a ustedes para manifestar mi mas absoluta disconformidad y solicitar la cancelación inmediata y sin penalización alguna del contrato de formación y del contrato de financiación asociado a mi nombre. HECHOS 1. En el mes de junio de 2026, acudi al centro What's Up! en Barakaldo con el fin de contratar dos cursos de inglés( uno para mi y otro para mi sobrino) la comercial que me atendió me informó verbalmente que el coste de mi curso era de 2.075 euros ( tarifa plana) y el de mi sobrino 1.300 euros. 2.En ningún momento se me informó de que se iba a solicitar un préstamo bancario o un crédito al consumo. la comercial me aseguró que los pagos se realizaban de forma fraccionada mes a mes a través de una aplicación de cobros llamada seQura, insistiendo en que era simplemente la plataforma de pago habitual de la academia. 3. Bajo las instrucciones directas y el guiado de la comercial en el propio centro, instale la aplicacion en mi teléfono móvil mediante unos enlaces que ella misma me envió por mensaje. 4. Recientemente, he descubierto que dicho registro fue utilizado de forma engañosa para solicitar un crédito al consumo en mi nombre. además, he comprobado que el precio total que aparece en la aplicación aumenta considerablemente respecto a los importes acordados verbalmente(2.075 y 1.300), ocultando los intereses y comisiones aplicados. FUNDAMENTOS JURÍDICOS 1. Vicio en el consentimiento( artículo 1.265 del código civil): el consentimiento prestado es nulo al haber existido error, dolo(engaño) y falta de información clara. se ocultó deliberadamente que se estaba firmando un producto financiero de endeudamiento. 2. Falta de transparencia e información previa( ley 16/2011 de contrato de crédito al consumo y ley general para la defensa de los consumidores): no se me entrego la información normalizada europea(INE) ni se me advirtió de la naturaleza del contrato, los intereses (TAE) ni las consecuencias del impago. 3. Vinculación de contratos(artículo 26 de la ley 16/2011): Al tratarse de un crédito vinculado exclusivamente a la financiación de estos cursos , la ineficacia o resolución del contrato de enseñanza determina de forma automática la ineficacia y cancelación del contrato de crédito. SOLICITUD Por todo lo expuesto, SOLICITO: 1. La resolución y anulación total de los contratos de los cursos de idiomas formalizados co What's Up! Barakaldo por incumplimiento contractual y engaño en la contratación. 2. L a cancelación inmediata del crédito al consumo gestionado a través de seQura, procediendo a la paralizacion cautelar de cualquier cobro o recibo pendiente. 3. Que se me confirme por escrito la baja de ambos servicios y la inexistencia de deuda alguna a mi nombre.


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