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Servicio reclamación previa discapacidad

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Ejecución del servicio

Tu reclamación

S. L.

A: Fidelitis

17/06/2026

Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal por la gestión profesional realizada en mi expediente, así como por el grave perjuicio directo y cuantificable que dicha actuación me ha ocasionado. Mi disconformidad no se limita al contenido de la reclamación presentada en mi nombre, sino que afecta a la totalidad de la prestación del servicio contratado, desde la elaboración del informe pericial y la estrategia adoptada para la defensa de mi caso hasta la atención recibida cuando intenté corregir los errores detectados. Como consecuencia de esta actuación, mi reclamación ha sido desestimada de forma definitiva en vía administrativa, cerrándose cualquier posibilidad de defensa en dicha instancia y obligándome a acudir a la vía judicial, con el consiguiente incremento de costes, complejidad y perjuicio procesal evitable. Uno de los aspectos más relevantes del caso es que en ningún momento se realizó una valoración profesional directa, personalizada o presencial de mi situación. Para la elaboración de un informe pericial de esta relevancia no se llevó a cabo entrevista, exploración ni evaluación directa alguna. El trabajo realizado se limitó a una reproducción de la documentación aportada por mí, sin análisis técnico propio ni valoración individualizada. Considero incompatible con la naturaleza de un informe pericial que este se haya emitido sin valoración directa y sin aportación de criterio técnico independiente. Cuando posteriormente advertí deficiencias sustanciales en el informe y solicité la elaboración de uno nuevo que reflejara adecuadamente mi situación, la respuesta fue una negativa absoluta no motivada técnicamente. Más grave aún resulta que, pese a haber solicitado reiteradamente una explicación, no se me ha facilitado justificación técnica, profesional ni escrita alguna, permaneciendo más de un mes sin respuesta, en una situación de indefensión material pese a haber abonado íntegramente el servicio. A esta situación se suma la actuación del departamento de atención al cliente, cuya respuesta consistió en minimizar los hechos, restarles gravedad y cuestionar la fundamentación de mis quejas, sin análisis objetivo del expediente. Esta actuación revela una falta de diligencia profesional en la gestión de incidencias, especialmente teniendo en cuenta que el resultado final ha sido la desestimación de la reclamación. La necesidad de presentar múltiples subsanaciones evidencia una ausencia de control de calidad, planificación y rigor técnico en la elaboración inicial del expediente, generando un efecto acumulativo negativo en la valoración administrativa del caso. Durante toda la tramitación se ha producido una falta continuada de información, seguimiento y comunicación adecuada, viéndome obligada a contactar reiteradamente para conocer el estado del expediente sin recibir respuestas claras ni actualizaciones completas. Esta situación generó una incertidumbre constante incompatible con la relevancia del procedimiento. Del mismo modo, el escrito definitivo fue presentado sin facilitarme previamente una copia para su revisión, privándome de la posibilidad de validarlo antes de su registro. Esta falta de control se materializa además en un error grave de identificación personal: inclusión de un nombre incorrecto en la documentación presentada, lo que evidencia una deficiencia básica en el control documental y revisión del expediente. Las deficiencias más relevantes afectan al planteamiento técnico del caso. La estrategia de defensa se construyó principalmente sobre cuestiones relacionadas con ansiedad, urgencias psiquiátricas e ideación asociada, cuando el núcleo del procedimiento debía centrarse en mi diagnóstico de Trastorno del Espectro Autista (TEA), mis necesidades permanentes de apoyo y mis limitaciones estructurales. Se priorizaron elementos clínicos no estructurales frente a limitaciones permanentes directamente vinculadas al TEA, sin otorgar el peso necesario a los criterios funcionales relevantes para la valoración administrativa del expediente. Resulta especialmente grave que se utilizara como eje central un diagnóstico de Trastorno de Ansiedad Generalizada inexistente en mi historial médico, nunca comunicado ni validado por mí como base estratégica del caso. Paralelamente, se ignoró un diagnóstico reconocido de rasgos límite con impacto funcional acreditado. A ello se suma una gestión documental incompleta y técnicamente deficiente, al no incorporarse informes recientes de la Seguridad Social ni informes especializados relevantes, entre ellos el informe diagnóstico de la Fundación Quinta, así como informes psicosociales que acreditan limitaciones funcionales esenciales. Asimismo, se omitió la versión rectificada de un informe de urgencias previamente cuestionado, incorporando únicamente la versión inicial, lo que genera una representación parcial y distorsionada de mi situación clínica. El impacto de esta actuación ha sido especialmente grave debido a mi condición de persona autista, para quien la previsibilidad, claridad y coherencia del procedimiento son elementos esenciales de estabilidad funcional. La falta de información, las contradicciones y la incertidumbre generaron una sobrecarga emocional y sensorial significativa, derivando en un cuadro de angustia intensa e insomnio prolongado que requirió atención médica urgente. Más allá del impacto inmediato, la actuación profesional descrita me ha privado de la posibilidad de obtener una resolución administrativa favorable, obligándome a iniciar un procedimiento judicial con el consiguiente incremento de carga económica, cognitiva, social y adaptativa. Habiendo abonado la cantidad de 1.028 euros por un servicio que debía cumplir estándares elevados de rigor técnico y profesional, considero que el resultado obtenido constituye una prestación defectuosa del servicio contratado. Por ello, solicito formalmente una compensación económica adecuada o, subsidiariamente, la devolución íntegra del importe abonado, en atención a las deficiencias descritas y al perjuicio ocasionado. Asimismo, exijo una explicación técnica, detallada y por escrito de los motivos por los que se rechazó la elaboración de un nuevo informe pericial. Resulta especialmente preocupante que este servicio se preste en el marco de un convenio con entidades vinculadas al ámbito del autismo, sin que ello haya garantizado una adecuada comprensión técnica del TEA ni una actuación profesional acorde a sus implicaciones funcionales. Por todo ello, les informo de que trasladaré formalmente esta situación a Autismo Madrid y a la asociación que me recomendó sus servicios, a efectos de conocimiento y valoración institucional. Quedo a la espera de una respuesta motivada, completa y técnicamente fundada a todos los puntos expuestos, así como de una propuesta de compensación acorde con los daños y perjuicios ocasionados. Atentamente,

Mensajes (2)

Fidelitis

A: S. L.

23/06/2026

Estimada clienta, en relación con su reclamación, debemos indicar que en todo momento fue debidamente informada por escrito, tal y como usted nos solicitó, tanto de nuestra forma de trabajo como de los honorarios aplicables al servicio solicitado, así como el informe pericial. Asimismo, se le remitió previamente la correspondiente hoja de encargo profesional para su valoración y aceptación. Tras revisar dicha documentación, usted manifestó su conformidad y nos facilitó la información y documentación necesarias para iniciar el estudio de su caso. Del mismo modo, se le informó igualmente de que, en caso de resultar viable la reclamación, sería importante contar con un informe pericial médico, a fin de que un perito especialista pudiera valorar y determinar el grado de discapacidad que pudiera corresponder conforme a la situación real de la interesada y de acuerdo con el Real Decreto que regula dicha valoración Durante la fase de recopilación documental, nuestro equipo atendió y respondió a todas las consultas planteadas por su parte. No obstante, mientras el expediente aún se encontraba incompleto, usted solicitaba información sobre el estado de su asunto, siendo informada en cada ocasión de la documentación y trámites pendientes para poder realizar una valoración adecuada y completa. Una vez recibida la documentación disponible y trasladado el asunto a la letrada encargada de su tramitación, se agilizaron al máximo todas las actuaciones, especialmente teniendo en cuenta el escaso margen temporal con el que contactó con nuestro despacho para analizar la viabilidad de una posible reclamación y, en su caso, proceder a su presentación dentro de plazo. Del mismo modo, una vez asumido el asunto por la letrada, volvió a ser informada de manera clara y detallada sobre la situación de su expediente, las posibilidades existentes y la estrategia jurídica a seguir. Durante todo este proceso, mostró su conformidad con las actuaciones propuestas, sin manifestar objeción alguna respecto de la gestión realizada ni de las decisiones adoptadas. Respecto al informe pericial en concreto, desde el inicio de este expediente en el que tras analizar la documentación clínica aportada por la letrada , el departamento de peritajesdio la viabilidad técnica, cuál era la estrategia técnica para reclamar el grado de discapacidad otorgado, indicando que se podría aumentar uno de los Baremos en base a alegar un diagnóstico no indicado en la resolución del EVO ( el trastorno de ansiedad generalizado). Los informes que realizamos siempre son realizados en base a documentación médica y a todos los cuestionarios médicos y técnicos que requerimos para poder hacerlos, que equivalen a una entrevista directa y a recabar información clínica relevante de la cliente sin la que no podríamos realizar dicho informe. Del mismo modo que el EVO en muchas de las valoraciones del grado de discapacidad no realiza entrevistas presenciales o valoraciones previas, cuando la documentación aportada es suficiente y no existen dudas clínicas para poder calcular un porcentaje que se ajusta a tablas predefinidas y objetivas, puesto que el RD 888/2022 de grado de discapacidad así lo contempla, nosotros a nivel técnico, si no presentamos dudas y después de haber recabado tanto la información médica de antecedentes e informes, como los cuestionarios completos que pasamos, no requerimos de entrevistas personales. Aún asi siempre y sin ningún problema, estamos disponibles a hablar con la cliente si ella lo solicita, tiene dudas o quiere remarcar o consultar alguna duda. La cliente de referencia nunca preguntó, pidió una entrevista ni solicito comunicarse con el equipo técnico que elaboraba el informe, hasta después de su elaboración y entrega. El informe médico pericial, es un informe técnico, objetivo y basado tanto en evidencia científica, documentación medica, como en la experticia de quien lo realiza en base a los reglamentos de RD 888/2022, que no permite lugar a la valoración subjetiva, ni interpretaciones externas sobre si se está de acuerdo o no con su ejecución. Por tanto no es modificable en base a si quién lee dicho documento o si creen o no que es correcto. Es un documento técnico y profesional, que se emite objetivamente basándose en hechos objetivos. La clienta solicitó tras la lectura de dicho informe una llamada de la perito para aclarar conceptos que según ella no estaban recogidos correctamente, y en dicha llamada, se le informo que dicho informe técnico cumplía requisitos profesionales y que la elaboración de dicho informe se realizaba en arreglo a la viabilidad ya otorgada previamente y por la que ella aceptó la elaboración del mismo. En dicha llamada se le informo que no se procedería a modificar el informe, más allá de errores tipográficos o de formato, puesto que la realización técnica de un informe no es modificable. Los informes técnicos no se modifican a gusto del cliente, ni se adaptan a sus opiniones personales o a sus expectativas.El informe refleja un criterio técnico e independiente, que es precisamente lo que le da valor legal. Respecto a la documentación utilizada para la elaboración del informe, se tuvo en cuenta toda la documentación aportada, pero el informe pericial es un documento técnico que requiere concreción eintenta evitar la redundancia, precisamente para que sea un informe técnico válido y útil, se utiliza aquella documentación relevante y que aporte valor en dicho informe. No obstante, con la reclamación previa, aparte de adjuntar el informe pericial, se aporta toda la documentación y el escrito legal del que se encarga la letrada. La viabilidad de un caso se basa en la existencia de argumentos técnicos sólidos para iniciar una reclamación, pero en ningún caso garantiza el dictamen final de la Administración Pública, la cual es soberana e independiente en sus decisiones. El criterio del equipo de valoración de la Administración puede diferir del de nuestro equipo, lo cual entra dentro de la normalidad del debate técnico/médico, pero eso no implica que el trabajo realizado no sea correcto. El servicio contratado consistió en la evaluación técnica y la elaboración de un informe pericial riguroso basado en la documentación aportada, trabajo que se ejecutó de manera completa y profesional, y como se le informo a la cliente tanto desde atención al cliente como desde el departamento legal. Por todo ello, consideramos que nuestra actuación se ha desarrollado con total transparencia, diligencia y conforme a la información facilitada y aceptada por usted en cada una de las fases del procedimiento Gracias Sin otro particular, reciba un cordial saludo, Por favor: No imprimir si no es necesario. Protejamos el Medio Ambiente El Responsable de sus datos esFIDELITY CONSULTORIA 2013, S.L.Se le informa que sus datos se van a tratar con la finalidad de gestionar las comunicaciones realizadas a través de su correo, atender a los servicios prestados por el Responsable y para el envío de información comercial. La base legal para el tratamiento de los datos se basa en el consentimiento del interesado o en la relación contractual. Los datos personales se mantendrán siempre que el cliente siga vinculado al Responsable. Al finalizar, se mantendrán durante los plazos legalmente previstos o en caso de no existencia de plazo legal, hasta que el interesado solicite su supresión o revoque el consentimiento otorgado. Sus datos no se cederán a terceros, salvo obligación legal. Los destinatarios serán los distintos departamentos o secciones dentro de la organización del Responsable. Los datos podrán ser cedidos a prestadores de servicios de correo electrónico los cuales se encuentra adheridos al PRIVACY SHIELD.Se le informa, además, que sus datos de carácter personal, formarán parte de un fichero responsabilidad deFIDELITY CONSULTORIA 2013, S.Lante el cual podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y en determinados casos a la portabilidad de los datos, mediante los formularios que pueden ser solicitados por mail aconsultas@fidelitis.eso utilizar los elaborados por la Agencia Española de Protección de Datos, debiendo ir firmados electrónicamente o acompañados de fotocopia del DNI. Si se actúa por medio de representante de la misma manera deberá ir acompañado de copia de su DNI o con firma electrónica.Los formularios se podrán presentar presencialmente en la entidad, remitir por correo o dirección electrónica, en las direcciones que aparecen en el principio. Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el supuesto que considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos. El plazo máximo para resolver es el de un mes a contar desde la recepción de su solicitud. En el caso de producirse alguna modificación de sus datos, le agradecemos nos lo comunique debidamente por escrito con la finalidad de mantener sus datos actualizados. En caso de que no quiera seguir recibiendo información sobre los servicios prestados por nuestra empresa, responda a este mail con el asunto “dar de baja” Esta comunicación contiene información que es confidencial y también puede contener información privilegiada. Es para uso exclusivo del destinatario/s. Si usted no es el destinatario/s tenga en cuenta que cualquier distribución, copia o uso de esta comunicación o la información que contiene está estrictamente prohibida. Si usted ha recibido esta comunicación por error por favor notifíquelo por correo electrónico o por teléfono. El mié, 17 jun 2026 a las 3:45, reclamar@ocu.org escribió:

S. L.

A: Fidelitis

23/06/2026

Su respuesta insiste en que la limitación temporal del expediente justificaba determinadas actuaciones. Sin embargo, fueron ustedes quienes aceptaron el encargo profesional con pleno conocimiento de los plazos existentes. Si consideraban que el tiempo disponible era insuficiente para realizar un estudio riguroso o preparar adecuadamente la reclamación, podrían haber rechazado el asunto desde el inicio. No resulta razonable utilizar ahora esa circunstancia como argumento exculpatorio de las deficiencias producidas durante la prestación del servicio. También afirman haber respondido a todas mis consultas. La realidad es que las comunicaciones se producían, en la mayoría de ocasiones, porque yo insistía reiteradamente mediante llamadas y correos electrónicos para obtener información sobre el estado de mi expediente. Esto no es una cuestión de opiniones, sino de hechos que pueden acreditarse mediante los registros de llamadas y correos intercambiados. Respecto al informe pericial, resulta difícil calificarlo de riguroso cuando contenía errores tan graves como la aparición del nombre de otra clienta y la inclusión de referencias a patologías que no tengo diagnosticadas. Estos no son simples detalles formales, sino errores que afectan a la credibilidad y calidad técnica del documento. Asimismo, me resulta especialmente preocupante la falta de conocimiento mostrado respecto al trastorno del espectro autista, tanto en el trato recibido como en la elaboración del informe. Cuando solicité aclaraciones y correcciones, no pretendía adaptar el informe a mis preferencias personales, sino que reflejara fielmente la documentación clínica aportada y mi diagnóstico real. Sin embargo, la negativa a revisar determinados aspectos vino acompañada de la afirmación de que no podían incluirse porque ello no aumentaría el porcentaje de discapacidad reconocido. Esa respuesta evidencia que la cuestión no era estrictamente técnica, sino estratégica. También es incorrecto afirmar que tuve conocimiento previo de toda la documentación presentada. Los documentos únicamente me fueron mostrados para autorizar su registro, y tuve que solicitar expresamente copia de lo enviado porque nadie me la remitió con anterioridad. Fue precisamente después de obtener dicha documentación cuando pude detectar numerosos errores. De hecho, tuvieron que realizar varias subsanaciones posteriores ante la Administración para corregir incidencias que nunca debieron producirse. Considero que lo razonable habría sido permitirme revisar con antelación la documentación definitiva que iba a presentarse en mi nombre, especialmente siendo yo la persona directamente afectada por el procedimiento y quien abonó el servicio contratado. Por otra parte, llama la atención que nunca recibiera una respuesta personal a mis quejas previas ni una disculpa por las incidencias ocurridas. Sin embargo, ante una reclamación pública sí se elabora una extensa respuesta destinada a defender su actuación. Mi impresión es que existe más preocupación por la imagen proyectada en esta plataforma que por atender adecuadamente las reclamaciones de sus propios clientes. El resultado final ha sido la desestimación de mi reclamación por parte de la Administración. Evidentemente, la decisión corresponde al órgano competente, pero considero legítimo cuestionar hasta qué punto un informe con los errores descritos ha podido perjudicar mis intereses. Quien asume las consecuencias de esas deficiencias soy exclusivamente yo. Finalmente, tras comunicar mi profundo descontento y la desestimación recibida, la única respuesta obtenida por parte de la letrada fue plantear la posibilidad de continuar por la vía judicial. Después de todas las incidencias acumuladas, la pérdida de confianza es absoluta. Resulta difícil entender que se espere que continúe depositando en ustedes la defensa de un asunto tan importante cuando precisamente la gestión realizada hasta la fecha es el motivo de mi reclamación.


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