Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid (Adolfo Suárez -Barajas) al de Asturias, que tenía su salida a las 22 horas del día 01 del mes de junio de 2026 por lo que la llegada normal a Asturias debería haber tenido lugar a las 23 horas del día 1 de junio. Adjunto los siguientes documentos:
1. Tarjetas de embarque
El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada debido a la falta de tripulación .SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.
Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea