REPARACIÓN O RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
CARMAX BCN
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M. P.
A: CARMAX BCN
DECLARO: EL DÍA 9 DE JUNIO COMPRAMOS UN VW GOLF GTD 2016 EN EL CONCESIONARIO CARMAX BCN, EN EL TRAYECTO DE BARCELONA-OLIVA SE ME ENCENDIO LA LUZ DE BAJO NIVEL DE ACEITE. AL DIA SIGUIENTE NOS DAMOS CUENTA QUE GASTABA BASTANTE ACEITE Y RECLAMAMOS DESDE EL PRIMER MOMENTO. HASTA EL 28 DE JULIO QUE VINO EL CAMIÓN PARA LLEVARLO A SUS INSTALACIONES NOS DIJERON DE IR A PEDIR PRESUPUESTO Y NOS DECIAN QUE PUEDE LLEGAR A SER ALGO MUY COSTOSO, EL CONCESIONARIO NOS DIJO QUE USARAMOS EL COCHE SIN PROBLEMA YA QUE NO ERA NADA GRAVE SEGÚN ELLOS, QUE NOS PAGARIAN UNA GARRAFA DE ACEITE SI FUERA NECESARIO, NOSOTROS USAMOS EL COCHE HASTA QUE SE LE ENCENDIO LA LUZ DE FALLO MOTOR Y EN TOTAL NOS GASTÓ 9 LITROS DE ACEITE EN ESE PERIODO. FINALMENTE LO LLEVARON CON ELLOS. HOY, DÍA 1 DE SEPTIEMBRE NO TENEMOS NADA SOLUCONADO, SOLAMENTE UN INFORME EN EL QUE INDICA QUE SE LE HAN HECHO UNOS 300KM Y NO PRESENTA CONSUMO DE ACEITE, COSA QUE EN LA FOTO QUE ADJUNTARON SE VE CLARAMENTE QUE EL COCHE HA CONSUMIDO CASI HASTA LA MITAD DE LA VARILLA. EL COCHE LLEGO AHI EL 29 DE JULIO, Y AUN NO TENEMOS NADA ARREGLADO NI AUNQUE SEA UN DIAGNOSTICO CLARO. TENEMOS TODO LO NECESARIO PARA ADJUNTAR YA SEA EMAILS,DOCUMENTACIÓN,FOTOS EN LAS QUE DEMUESTRAN QUE SI QUE PRESENTA CONSUMO DE ACEITE EXCESIVO. EXIJO: UNA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO COMPRA-VENTA DEL COCHE O LA REPARACIÓN DEFINITIVA DEL COCHE EN UN TIEMPO RAZONABLE, YA QUE CREO QUE EL TIEMPO QUE LLEVA EL COCHE AHI SE PASA DE ALGO RAZONABLE
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CARMAX BCN
A: M. P.
Estimada Sra.: En relación con las comunicaciones mantenidas respecto al vehículo Volkswagen Golf GTD adquirido a CARMAX BCN S.L., y en contestación a las manifestaciones realizadas por su parte, le informamos de lo siguiente: Desde el primer momento en que nos trasladó sus observaciones relativas al supuesto consumo de aceite del vehículo, CARMAX BCN S.L. ha mantenido una actitud plenamente colaboradora, atendiendo todas las comunicaciones recibidas y ofreciendo la correspondiente revisión y diagnóstico con el fin de determinar de forma objetiva el origen de la incidencia manifestada. Con el propósito de esclarecer técnicamente los hechos comunicados, esta mercantil procedió a organizar y asumir íntegramente la recogida del vehículo mediante transporte en grúa desde Valencia hasta Barcelona, sin coste alguno para usted. Asimismo, CARMAX BCN S.L. ha asumido los costes derivados de las labores de diagnóstico, verificaciones mecánicas, pruebas dinámicas, controles de nivel de aceite y demás actuaciones técnicas realizadas por el taller para determinar si existía alguna anomalía y, en su caso, cuál pudiera ser su origen. Consta documentalmente que el vehículo fue entregado con un kilometraje de 182.009 kilómetros y que, a su llegada a nuestras instalaciones para su revisión, presentaba un kilometraje de 185.713 kilómetros. En consecuencia, el vehículo recorrió 3.704 kilómetros bajo el uso y control exclusivo de la parte compradora antes de su entrega para diagnóstico. Este dato objetivo acredita que el vehículo continuó siendo utilizado de forma efectiva durante aproximadamente dos meses tras la venta, circunstancia difícilmente compatible con la existencia de una avería grave, permanente o incapacitante desde el mismo momento de la entrega. No resulta coherente afirmar simultáneamente que el vehículo presentaba una avería grave desde el día de la compra y, al mismo tiempo, acreditar un uso continuado de varios miles de kilómetros antes de poner el vehículo a disposición del vendedor para su inspección técnica. Una vez recibido el vehículo en nuestras instalaciones, se iniciaron las comprobaciones técnicas oportunas con el fin de verificar de forma objetiva las manifestaciones realizadas. Usted ha sido conocedora en todo momento de la necesidad de realizar pruebas dinámicas prolongadas para comprobar si existía realmente un consumo anormal de aceite y, en su caso, determinar su posible causa, llegando incluso a autorizar la circulación del vehículo durante la realización de dichas pruebas. Debe tenerse en cuenta que una comprobación de consumo de aceite no puede realizarse mediante una simple inspección visual ni mediante recorridos de escasa duración. Este tipo de diagnóstico exige recorrer una cantidad significativa de kilómetros y efectuar controles periódicos del nivel de aceite en diferentes escenarios de utilización, incluyendo circulación urbana, carretera convencional, autovía y distintos regímenes de funcionamiento del motor. Asimismo, resulta materialmente imposible destinar de forma exclusiva a un operario para recorrer cientos o miles de kilómetros de manera continuada en un corto espacio de tiempo. Por ello, las pruebas se realizan de forma progresiva, alternando recorridos y verificaciones periódicas que permitan obtener resultados fiables y técnicamente válidos. Las comprobaciones realizadas por el taller no han permitido acreditar de forma objetiva la existencia del consumo excesivo de aceite alegado ni determinar la existencia de una avería concreta que justifique la resolución contractual solicitada. Del mismo modo, no existe informe técnico concluyente que permita afirmar la existencia de un defecto preexistente a la entrega del vehículo. Respecto a las fotografías aportadas por su parte en relación con el nivel de aceite, debemos señalar que la correcta medición únicamente puede realizarse sobre la zona troquelada de la varilla destinada por el fabricante a dicha finalidad. No resulta técnicamente válido comparar mediciones efectuadas desde caras o perspectivas distintas de la varilla, ya que ello puede alterar visualmente la posición aparente del nivel de aceite y conducir a conclusiones erróneas. Tomando como referencia homogénea la zona prevista por el fabricante para la medición, las imágenes aportadas no permiten apreciar una disminución significativa del nivel de aceite ni acreditar un consumo excesivo. CARMAX BCN S.L. ha actuado en todo momento con absoluta buena fe, mostrando plena disposición para atender sus manifestaciones, facilitando la recogida del vehículo, asumiendo los costes derivados del transporte, horas de taller, verificaciones técnicas y pruebas dinámicas, y manteniendo comunicación sobre la evolución de las comprobaciones realizadas. Por todo ello, esta mercantil no puede aceptar la resolución contractual interesada, al no existir base técnica objetiva que permita justificar dicha medida. La resolución de una compraventa exige la acreditación de un defecto concreto, grave y preexistente a la entrega del vehículo, circunstancia que no ha quedado acreditada. Finalmente, le informamos de que el vehículo se encuentra actualmente disponible para su retirada en las instalaciones de CARMAX BCN S.L. A fin de garantizar que toda la documentación y el vehículo se encuentren debidamente preparados en el momento de la entrega, será necesario concertar previamente una cita con nuestro Departamento de Atención al Cliente y Postventa. Rogamos, por tanto, que contacte con nosotros para fijar fecha y hora de recogida. Se hace constar expresamente que el vehículo permanece a su disposición para ser retirado desde este momento, quedando pendiente únicamente la coordinación de la correspondiente cita de entrega. En consecuencia, cualquier demora posterior en la retirada del vehículo no será impu a CARMAX BCN S.L., al encontrarse éste plenamente disponible para su puesta a disposición y entrega. CARMAX BCN S.L. reitera su voluntad de colaboración y su disposición a atender cualquier cuestión relacionada con el vehículo dentro del marco legal y contractual aplicable. Atentamente, CARMAX BCN S.L. Departamento de Atención al Cliente y Postventa ---------- Forwarded message --------- De: carmax comercial carmaxcomercial@gmail.com Date: mié, 9 sept 2026 a las 12:13 Subject: Re: REPARACIÓN O RESOLUCIÓN DEL CONTRATO To: carmaxbcn carmaxbcn@gmail.com Estimada Sra.: En relación con las comunicaciones mantenidas respecto al vehículo Volkswagen Golf GTD adquirido a CARMAX BCN S.L., y en contestación a las manifestaciones realizadas por su parte, le informamos de lo siguiente: Desde el primer momento en que nos trasladó sus observaciones relativas al supuesto consumo de aceite del vehículo, CARMAX BCN S.L. ha mantenido una actitud plenamente colaboradora, atendiendo todas las comunicaciones recibidas y ofreciendo la correspondiente revisión y diagnóstico con el fin de determinar de forma objetiva el origen de la incidencia manifestada. Con el propósito de esclarecer técnicamente los hechos comunicados, esta mercantil procedió a organizar y asumir íntegramente la recogida del vehículo mediante transporte en grúa desde Valencia hasta Barcelona, sin coste alguno para usted. Asimismo, CARMAX BCN S.L. ha asumido los costes derivados de las labores de diagnóstico, verificaciones mecánicas, pruebas dinámicas, controles de nivel de aceite y demás actuaciones técnicas realizadas por el taller para determinar si existía alguna anomalía y, en su caso, cuál pudiera ser su origen. Consta documentalmente que el vehículo fue entregado con un kilometraje de 182.009 kilómetros y que, a su llegada a nuestras instalaciones para su revisión, presentaba un kilometraje de 185.713 kilómetros. En consecuencia, el vehículo recorrió 3.704 kilómetros bajo el uso y control exclusivo de la parte compradora antes de su entrega para diagnóstico. Este dato objetivo acredita que el vehículo continuó siendo utilizado de forma efectiva durante aproximadamente dos meses tras la venta, circunstancia difícilmente compatible con la existencia de una avería grave, permanente o incapacitante desde el mismo momento de la entrega. No resulta coherente afirmar simultáneamente que el vehículo presentaba una avería grave desde el día de la compra y, al mismo tiempo, acreditar un uso continuado de varios miles de kilómetros antes de poner el vehículo a disposición del vendedor para su inspección técnica. Una vez recibido el vehículo en nuestras instalaciones, se iniciaron las comprobaciones técnicas oportunas con el fin de verificar de forma objetiva las manifestaciones realizadas. Usted ha sido conocedora en todo momento de la necesidad de realizar pruebas dinámicas prolongadas para comprobar si existía realmente un consumo anormal de aceite y, en su caso, determinar su posible causa, llegando incluso a autorizar la circulación del vehículo durante la realización de dichas pruebas. Debe tenerse en cuenta que una comprobación de consumo de aceite no puede realizarse mediante una simple inspección visual ni mediante recorridos de escasa duración. Este tipo de diagnóstico exige recorrer una cantidad significativa de kilómetros y efectuar controles periódicos del nivel de aceite en diferentes escenarios de utilización, incluyendo circulación urbana, carretera convencional, autovía y distintos regímenes de funcionamiento del motor. Asimismo, resulta materialmente imposible destinar de forma exclusiva a un operario para recorrer cientos o miles de kilómetros de manera continuada en un corto espacio de tiempo. Por ello, las pruebas se realizan de forma progresiva, alternando recorridos y verificaciones periódicas que permitan obtener resultados fiables y técnicamente válidos. Las comprobaciones realizadas por el taller no han permitido acreditar de forma objetiva la existencia del consumo excesivo de aceite alegado ni determinar la existencia de una avería concreta que justifique la resolución contractual solicitada. Del mismo modo, no existe informe técnico concluyente que permita afirmar la existencia de un defecto preexistente a la entrega del vehículo. Respecto a las fotografías aportadas por su parte en relación con el nivel de aceite, debemos señalar que la correcta medición únicamente puede realizarse sobre la zona troquelada de la varilla destinada por el fabricante a dicha finalidad. No resulta técnicamente válido comparar mediciones efectuadas desde caras o perspectivas distintas de la varilla, ya que ello puede alterar visualmente la posición aparente del nivel de aceite y conducir a conclusiones erróneas. Tomando como referencia homogénea la zona prevista por el fabricante para la medición, las imágenes aportadas no permiten apreciar una disminución significativa del nivel de aceite ni acreditar un consumo excesivo. CARMAX BCN S.L. ha actuado en todo momento con absoluta buena fe, mostrando plena disposición para atender sus manifestaciones, facilitando la recogida del vehículo, asumiendo los costes derivados del transporte, horas de taller, verificaciones técnicas y pruebas dinámicas, y manteniendo comunicación sobre la evolución de las comprobaciones realizadas. Por todo ello, esta mercantil no puede aceptar la resolución contractual interesada, al no existir base técnica objetiva que permita justificar dicha medida. La resolución de una compraventa exige la acreditación de un defecto concreto, grave y preexistente a la entrega del vehículo, circunstancia que no ha quedado acreditada. Finalmente, le informamos de que el vehículo se encuentra actualmente disponible para su retirada en las instalaciones de CARMAX BCN S.L. A fin de garantizar que toda la documentación y el vehículo se encuentren debidamente preparados en el momento de la entrega, será necesario concertar previamente una cita con nuestro Departamento de Atención al Cliente y Postventa. Rogamos, por tanto, que contacte con nosotros para fijar fecha y hora de recogida. Se hace constar expresamente que el vehículo permanece a su disposición para ser retirado desde este momento, quedando pendiente únicamente la coordinación de la correspondiente cita de entrega. En consecuencia, cualquier demora posterior en la retirada del vehículo no será impu a CARMAX BCN S.L., al encontrarse éste plenamente disponible para su puesta a disposición y entrega. CARMAX BCN S.L. reitera su voluntad de colaboración y su disposición a atender cualquier cuestión relacionada con el vehículo dentro del marco legal y contractual aplicable. Atentamente, CARMAX BCN S.L. Departamento de Atención al Cliente y Postventa
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