Buenos días, el pasado día 20 de junio comprimí un archivo en su página web, pagando por ello 0,95 euros a través de mi tarjeta de débito.
Posteriormente, se me ha pasado dos cargos de 39,95 euros en dicha tarjeta, la primera por la compañía SGT*vthebestpdf el 5 de julio y la segundo por la empresa SA_the bestpdf Nicosia CY el 3 de agosto por una presunta subscripción mensual que yo no solicité, sólo quería pagar por el servicio prestado por la compresión de un archivo.
Aunque pudiera estar anunciado en su página o en los correos que se me remitieron que esta compra implicaba dicha subscripción, ésta era anunciada con la letra pequeña y de una forma no clara con uso de prácticas comerciales engañosas, por lo que no fui consciente.
Por ello, yo conscientemente sólo aprobé el cargo de 0,95 euros y no las suscripciones mensuales posteriores que se me cargaron y que yo nunca solicité.
Les recuerdo que tanto la legislación europea como la española establece lo siguiente:
Consentimiento obligatorio: La Directiva sobre los Derechos de los Consumidores (Directiva 2011/83/UE) establece que las empresas no pueden cobrar por ningún servicio o pago adicional que no haya sido aceptado de forma expresa por el consumidor. Las casillas premarcadas para aceptar pagos recurrentes están prohibidas, situación que ocurre en su página web.
El botón de cancelación: Modificada por la Directiva (UE) 2023/2673, la normativa europea obliga a las plataformas digitales e e-commerce a incluir un botón de cancelación o desistimiento visible, permanente y directo en su interfaz ("desistir del contrato aquí") para que darse de baja sea tan fácil como darse de alta, botón que no existía en el correo que me remitieron ustedes ese mismo día 20 de junio. Aunque existe un link de “Unsubscribe”, al pulsarlo sólo da de baja de los mensajes que envía su empresa a sus clientes, no da de baja de la subscripción y contrato. Les adjunto dicho correo y el pantallazo que demuestra que el link “Unsubscribe” no da de baja del contrato o subscripción, sino de los mensajes que su empresa manda a sus clientes.
Prohibición de prácticas engañosas: El Reglamento de Servicios Digitales (DSA) prohíbe los llamados dark patterns (patrones oscuros), que son diseños de interfaz engañosos creados para dificultar que el usuario rechace o cancele un servicio. Queda patente el uso por parte de su empresa de estas prácticas con avisos en letra pequeña y uso de links engañosos como el anteriormente citado.
Aviso de renovación automática: En sintonía con las directrices comunitarias y la legislación nacional aplicable, las empresas que gestionan servicios de tracto sucesivo o suscripción están obligadas a avisar al cliente con un mínimo de 15 días de antelación antes de proceder a la renovación automática de la suscripción. Su empresa tampoco ha cumplido con este requisito.
Protección ante cargos indebidos: Si te han cobrado una suscripción mensual que no solicitaste expresamente o sin la debida información previa, el cargo se considera nulo por falta de consentimiento válido.
Como ya he expuesto y demostrado, su empresa no ha cumplido con los requisitos anteriormente citados y establecidos por ley europea y española.
Por ello, les SOLICITO que me devuelvan los cargos mensuales pagados por la suscripción antes citada (2 meses x 39,95 euros = 79,90 euros) por el mismo método de pago por el que fueron cargadas esas cantidades, mi tarjeta de débito.
Si no proceden de la forma que les solicito, me veré obligado a denunciarles ante las autoridades competentes, tanto españolas como europeas, por sus prácticas comerciales engañosas.
Sin otro particular, les saluda atentamente.
FGR