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REEMBOLSO ABONO BIG SOUND VALENCIA 2026

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BIGSOUND FESTIVAL VLC, S.L

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L. G.

A: BIGSOUND FESTIVAL VLC, S.L

21/05/2026

En noviembre de 2025, compré un abono para el BIG SOUND de Valencia, cuya celebración estaba anunciada en la Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia. Posteriormente, exactamente hará una semana, la empresa organizadora comunicó el traslado íntegro del festival al municipio de Torrent, manteniendo únicamente las fechas y parte del cartel inicialmente anunciado. Considero que dicho cambio constituye una modificación sustancial de las condiciones esenciales del evento contratado, ya que la ubicación original era un elemento determinante en mi decisión de compra. Se trataba de un festival urbano en Valencia capital, con unas condiciones concretas de accesibilidad, transporte, entorno y experiencia asociadas al recinto inicialmente publicitado. El nuevo emplazamiento en Torrent altera de forma significativa dichas condiciones. Mientras que el recinto original me resultaba fácilmente accesible, el traslado implica aproximadamente 50 minutos de trayecto en transporte público y unos 30 minutos en coche por trayecto, generando además costes adicionales de desplazamiento (metro, taxi o VTC) que no existían o eran considerablemente inferiores en la ubicación inicialmente anunciada. Asimismo, la empresa ya había realizado modificaciones relevantes respecto al cartel inicialmente anunciado, lo que incrementa la alteración de las condiciones bajo las cuales se efectuó la compra. Tras solicitar formalmente la devolución íntegra del importe abonado por las entradas y gastos asociados, la empresa ha denegado el reembolso alegando que el cambio de recinto no constituye una modificación sustancial del evento. Considero que esta negativa vulnera mis derechos como consumidor, dado que la normativa de consumo reconoce el derecho al reembolso cuando se producen modificaciones sustanciales en espectáculos y eventos, incluyendo cambios de ubicación, fecha o artistas principales. El traslado del festival desde Valencia capital a Torrent altera de manera evidente las condiciones esenciales del servicio contratado, afectando a la accesibilidad, logística, costes y experiencia global del evento. Que se admita la presente reclamación y se inste a la empresa reclamada a efectuar la devolución íntegra del importe abonado por las entradas y gastos asociados, al haberse producido una modificación sustancial de las condiciones inicialmente ofertadas.


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