Estimados señores,
Me dirijo a ustedes en nombre de mi tía, una mujer de 77 años diagnosticada con demencia, para formular una reclamación formal y ejercer el derecho de desistimiento en relación con las compras realizadas el pasado 1 de abril de 2026 en su establecimiento Opatra Goya, sito en Calle Núñez de Balboa 35, Madrid (operado por Roxana Mihaela Segarceanu, NIE Y1952632S).
Exijo la devolución íntegra e inmediata de 1.940,00 € con base en los siguientes fundamentos:
A. PRÁCTICAS COMERCIALES AGRESIVAS (Arts. 8 y 9 de la Directiva 2005/29/CE; Art. 8 de la Ley 3/1991 de Competencia Desleal; Arts. 19–31 del RDL 1/2007)
El personal de su establecimiento abordó a mi tía en la vía pública, la presionó insistentemente para que entrase en la tienda y, una vez dentro, la sometió a técnicas de venta agresivas y prolongadas con intervención de varios comerciales. Se le aplicaron productos sin información clara y se fragmentó deliberadamente el importe total en varias transacciones para impedir que comprendiese el compromiso económico que estaba asumiendo:
– Recibo 1501-4281LC1: 1.740,00 € (Custom Deal – Synergy Eye, Synergy Face, Opatra Collagen Mask, Ultra Revival Eye Serum) – Visa terminada en 1501
– Recibo 1501-4282LC1: 200,00 € (Custom Deal – Day Cream, Night Cream)
Estas prácticas explotan la vulnerabilidad de la consumidora de un modo que distorsiona materialmente su comportamiento económico, lo que constituye la definición exacta de práctica comercial agresiva conforme a la normativa europea y española.
B. INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL (Arts. 60 y 97 del RDL 1/2007)
No se emitió factura ni justificante de compra alguno. Los únicos documentos disponibles son fotografías de la pantalla del terminal de venta (TPV), que están íntegramente en inglés —idioma que la consumidora no comprende—, no incluyen el CIF/NIF de la empresa vendedora y no cumplen los requisitos mínimos legales de un justificante de compra conforme a la normativa fiscal y de consumo española.
C. OMISIÓN DEL DERECHO DE DESISTIMIENTO (Arts. 68–79 del RDL 1/2007)
En ningún momento se informó a la consumidora de su derecho de desistimiento de 14 días, ni antes ni después de la venta, ni verbalmente ni por escrito. Conforme al artículo 71.3 del RDL 1/2007, cuando no se ha proporcionado esta información, el plazo de desistimiento se amplía a 12 meses desde la fecha de compra. Ejerzo este derecho ahora, dentro del plazo legal ampliado.
D. POSIBLE NULIDAD DEL CONSENTIMIENTO (Arts. 1261–1270 del Código Civil)
Dada la demencia diagnosticada de mi tía y las circunstancias de la venta, existen fundamentos sólidos para considerar que nunca se formó un consentimiento válido, lo que haría los contratos anulables.
E. NEGATIVA A ACEPTAR LA DEVOLUCIÓN
Cuando intenté ejercer el derecho de desistimiento, el personal de la tienda se negó, alegando que las devoluciones no eran posibles. Esta negativa es ilegal y constituye una infracción adicional de los derechos del consumidor.
EXIGENCIA:
Exijo la devolución íntegra de 1.940,00 € en un plazo máximo de 7 días naturales desde la recepción de este correo.
En caso de no recibir una respuesta satisfactoria, procederé de inmediato a:
1. Presentar reclamación ante la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid
2. Presentar reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) del Ayuntamiento de Madrid
3. Denunciar a la franquiciada y a Opatra London ante el Centro Europeo del Consumidor (ECC-Net)
4. Iniciar acciones judiciales civiles por la devolución íntegra más indemnización por daños y perjuicios
5. Presentar denuncia penal por es tafa agravada contra persona especialmente vulnerable (Art. 250.1.1º del Código Penal) y fra ude publicitario (Art. 282 del Código Penal)
6. Comunicar los hechos a las autoridades de consumo del Reino Unido (UK Trading Standards)
Quiero señalar que este no es un caso aislado. Las franquicias de Opatra han sido objeto de denuncias prácticamente idénticas por tácticas de venta agresivas dirigidas a personas vulnerables en Singapur, Reino Unido, Suiza y en toda España, como está ampliamente documentado en reseñas públicas de consumidores y medios de comunicación.
Este correo electrónico constituye requerimiento formal. Les recomiendo encarecidamente que traten este asunto con la urgencia que merece.
Atentamente,