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RECLAMACIÓN POR OCULTAR UNA CONDICIÓN ESENCIAL DE LA VENTA AL CONSUMIDOR

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MODAS ELEVA SCP

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T. F.

A: MODAS ELEVA SCP

27/06/2026

El día 18 de abril de 2026 adquirí un vestido en el establecimiento MODAS ELEVA, por importe de 210 €, abonado mediante tarjeta bancaria. El único documento que se me entregó fue el justificante del TPV, sin ticket con condiciones de venta ni información alguna sobre la política de cambios o devoluciones. Días después, al solicitar la devolución del artículo, el establecimiento se negó a reembolsar el importe abonado y únicamente ofreció un vale de compra. Quiero destacar que: En ningún momento, antes del pago, se me informó verbalmente de que las devoluciones no se realizaban mediante el reintegro del dinero. Tampoco se me entregó ningún documento con dichas condiciones. El único justificante facilitado fue el comprobante del pago con tarjeta. Una limitación tan importante para el consumidor debe ser comunicada de forma previa, clara, suficiente y fácilmente accesible antes de formalizar la compra. Ante esta situación presenté una hoja oficial de reclamaciones en el propio establecimiento. Con el único objetivo de no perder completamente el importe abonado, acepté provisionalmente un vale de 210 €, dejando constancia por escrito de que dicha aceptación no suponía renunciar a mi derecho a solicitar el reembolso mediante el mismo medio de pago utilizado en la compra. Posteriormente presenté la correspondiente reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor de Rubí. Además, al comprobar que el vale tenía una validez de únicamente tres meses, solicité formalmente que dicho plazo quedara suspendido mientras la reclamación permaneciera pendiente de resolución, para evitar perder el importe por una demora completamente ajena a mi voluntad. A día de hoy, el establecimiento no ha respondido a ninguna de mis reclamaciones, no ha ofrecido ninguna solución y continúa reteniendo el importe abonado. Quiero dejar constancia de que esta reclamación no se basa en un supuesto derecho de desistimiento, ya que soy plenamente consciente de que la compra se realizó en un establecimiento físico y que la normativa no obliga, con carácter general, a aceptar devoluciones por un simple cambio de opinión. Mi reclamación se fundamenta en la falta de información previa al consumidor sobre una condición esencial de la venta. La decisión de compra se tomó sin conocer que el establecimiento no devolvía el dinero y que únicamente ofrecía un vale de compra. De haber recibido esa información antes de efectuar el pago, habría podido decidir libremente si realizar o no la compra. Asimismo, considero especialmente grave que el establecimiento haya pretendido imponer con posterioridad una condición que nunca fue comunicada antes de contratar y que limita de forma significativa los derechos del consumidor. Durante toda la tramitación he actuado de buena fe, intentando resolver el conflicto por la vía amistosa, aceptando incluso de forma provisional un vale para evitar un perjuicio mayor y presentando las reclamaciones correspondientes dentro de los cauces oficiales. Sin embargo, la empresa ha optado por no ofrecer respuesta alguna, prolongando injustificadamente la situación. No estoy solicitando un trato de favor ni una excepción a la normativa. Lo único que reclamo es el respeto al derecho de cualquier consumidor a recibir, antes de contratar, una información clara, suficiente y transparente sobre las condiciones esenciales de la venta. La falta de esa información impidió que pudiera prestar un consentimiento plenamente informado. Por todo ello, solicito la intervención de la OCU para que medie en este conflicto y requiera al establecimiento a proceder al reembolso íntegro de los 210 € mediante el mismo medio de pago utilizado en la compra, al considerar que la condición posteriormente invocada por el establecimiento nunca fue debidamente comunicada antes de la celebración del contrato. Documentación que se adjunta: -Justificante de compra mediante tarjeta bancaria de fecha 18/04/2026 por importe de 210 €. -Hoja Oficial de Reclamaciones presentada en el establecimiento, firmada por ambas partes. -Correo electrónico remitido al establecimiento aceptando únicamente de forma provisional el vale de compra y reservándome expresamente el derecho a solicitar el reembolso del importe abonado. -Justificante de presentación de la reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Rubí, con fecha 04/05/2026. -Escrito presentado solicitando la suspensión del plazo de caducidad del vale mientras la reclamación permanezca pendiente de resolución, junto con su justificante de registro. -Copia del vale de compra emitido por el establecimiento por importe de 210 €, con una validez de tres meses.


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