El día 29 de diciembre de 2025 adquirí cuarto entradas para el evento anunciado como concierto de Don Omar, previsto para celebrarse el día 18 de julio de 2026 en el Estadio La Cartuja (Sevilla).
El importe abonado fue de: 4 entradas x 88€ = 352€ (gastos de gestión incluidos)
(se adjunta justificante de pago)
Durante la campaña de venta, el evento fue anunciado reiteradamente como un concierto de Don Omar, siendo el artista principal y el motivo que determinó la compra de las entradas. (Se adjunta capturas donde puede comprobarse que el anuncio oficial, indicaba expresamente ``Don Omar Sevilla, que la venta se publicitó como evento protagonizado por dicho artista y que la entrada emitida identifica igualmente el evento bajo el nombre de Don Omar.)
Tras comenzar a surgir dudas entre numerosos compradores acerca de la naturaleza del evento, la organización fue contactada directamente a través de mensajes privados en Instagram. Como respuesta oficial a esto, la organización manifestó literalmente que el concierto era SOLO de Don Omar, pero llevaría artistas invitados. Así mismo en otra publicidad la organización afirmó expresamente que Don Omar ofrecería un show completo y contaría además con artistas invitados que complementarían la noche. (Se aportan dichas conversaciones y publicaciones)
Sin embargo, el desarrollo del evento fue completamente distinto de la información facilitada durante su comercialización. Según el itinerario oficial publicitado por la propia organización:
• Greeicy: 19:00 h
• Farruko: 20:30 h
• Don Omar: 22:00 h
Finalmente, la actuación de Don Omar tuvo una duración aproximada de 1 hora, correspondiendo el resto del espectáculo a actuaciones de otros artistas. Por tanto, el servicio recibido no coincidió con el ofertado ni con la información facilitada durante meses a los consumidores. La duración efectiva del artista principal resulta claramente insuficiente respecto a la expectativa creada mediante la publicidad y las manifestaciones realizadas por la organización.
A ello debe añadirse que las condiciones técnicas del espectáculo fueron manifiestamente deficientes. Desde la zona de Grada Alta Inferior Gol Sur: la acústica del estadio resultó muy deficiente, en numerosos momentos apenas era posible entender las canciones y las pantallas instaladas ofrecían una visibilidad claramente insuficiente del artista. Todo ello redujo considerablemente la calidad del servicio contratado.
El descontento generado ha sido absolutamente generalizado ya que, numerosos medios de comunicación nacionales y regionales han publicado noticias reflejando las quejas de cientos de asistentes por considerar que el evento no respondía a lo anunciado. (Adjunto pruebas de esta afirmación) Igualmente, existen testimonios públicos en redes sociales denunciando exactamente los mismos hechos.
Para terminar y tras dichas críticas, la propia organización a eliminado parte del material promocional utilizado para comercializar el evento, lo que refuerza la existencia de una evidente discrepancia entre la publicidad y el espectáculo finalmente ofrecido.
Considero que los hechos descritos constituyen un incumplimiento de las obligaciones asumidas por la organización del evento y una vulneración de los derechos reconocidos a los consumidores. En particular, la información facilitada al consumidor forma parte del contrato y resulta muy vinculante, el servicio finalmente prestado NO se correspondió con las condiciones en el que fue ofertado, la publicidad y manifestaciones realizadas por la organización generaron una expectativa objetiva de asistir a un concierto COMPLETO de Don Omar y dichas expectativas fueron frustradas al limitarse la actuación principal solamente a 1 hora de duración con respecto a los otros artistas. Todo ello supone una falta de conformidad del servicio contratado.
SOLICITO:
Por todo lo expuesto, que se acuerde la devolución íntegra del importe abonado correspondiente a las cuatro entradas adquiridas, incluyendo los gastos de gestión, por un importe de 352’00€ al no haberse prestado el servicio conforme a las condiciones en las que fue ofertado y contratado.
En caso de no obtener una solución satisfactoria, se solicita que la presente reclamación sea tenida en cuenta a efectos de la correspondiente mediación y, en su caso, de las actuaciones administrativas oportunas en material de protección de consumidores.
Gracias por su tiempo, quedo a la espera de su respuesta.