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RECLAMACIÓN POR INCUMPLIMIENTO Y DAÑOS Y PERJUDICIOS

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SGP Trading S.L. (Sergio González Real Estate)

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A. S.

A: SGP Trading S.L. (Sergio González Real Estate)

22/11/2025

ASUNTO: RECLAMACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE COMPROMISO DE VENTA Y RECLAMACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS Querido Sr. González, Mediante este escrito, me dirijo a usted en relación con la operación de compraventa de la vivienda ofrecida por su agencia inmobiliaria, de su propiedad, situada en la C/ Mar, 67 4.º 2.ª de Malgrat de Mar, por el precio de 154.000 €, la compra de la cual habíamos acordado verbalmente y documentado mediante el borrador del contrato de reserva que usted me remitió. Después de recibir el borrador, acordamos realizar algunas correcciones en los datos identificativos, manteniendo varias comunicaciones por correo electrónico y WhatsApp, en qué quedó claramente reflejada la voluntad mutua de vender y comprar el inmueble, restando únicamente pendiente la formalización de la reserva definitiva. Después de que su empresa consultara al Banco Sabadell mi posibilidad de hipoteca con ellos y resultara fallida. El miércoles 5 de noviembre de 2025 a las 8:30 h tuve una reunión con el Sr. Eduard Giménez, director de la sucursal de Sant Pol de Mar, para gestionar los trámites para pedir la hipoteca. A las 9:13 h a través de WhatsApp, le comuniqué la aprobación de la hipoteca por parte de CaixaBank y usted me respondió diciendo que seguíamos adelante con la operación. Seguidamente a mediodía, después de hablar con usted telefónicamente a las 13:08h, acordamos que yo haría un primer ingreso de 1.000 € aquel mismo día y que los 4.000 € restantes los ingresaría el lunes siguiente, una vez recibida la transferencia que mi madre tenía que hacerme —gestión para la cual ya tenía cita concertada con su gestora de CaixaBank, la Sra. Júlia Chesa Pascual. Por lo cual a las 13:20 h volví a la oficina de CaixaBank, para hacer el ingreso de 1000 € y poderle hacer la transferencia. También para pedir al Sr. Eduard Giménez que lo llamara, para confirmarle la aprobación de mi hipoteca, asegurando así que la compra podía cerrarse sin ningún inconveniente. Seguidamente usted a las 13:39 h a través de WhatsApp me dijo lo siguiente: “Hola Alba, ya me ha llamado Eduard. Estamos moviendo papeles. Esta tarde le enviaré la documentación para hacer la reserva. ¡Seguimos!” Sin embargo, no recibimos ninguna comunicación suya aquella tarde. Ni Eduard ni yo. Al día siguiente, jueves 6 de noviembre de 2025 a las 7:38 h, recibí su mensaje siguiente por WhatsApp: “¡Buenos días Alba! Ayer estuve en Malgrat con mi hija de visita. Un vecino me vio y me preguntó si todavía tenía el piso a la venta. Le dije que sí, que todavía no estaba reservado. Me dijo que se lo quedaba para regalárselo a su hija. Me ha hecho la reserva de 5.000 €. La semana que viene, el viernes, vamos al notario; lo compra sin hipoteca. Me sabe mal pero es una oferta muy buena puesto que la semana que viene escrituramos. Mucha suerte y gracias!” Este mensaje confirma que, a pesar de haber acordado mi reserva y tener usted conocimiento de la aprobación de la hipoteca, optó por vender el inmueble a otra persona sin ningún aviso ni justificación, rompiendo unilateralmente las negociaciones y vulnerando la confianza depositada en su palabra. Adjunto imágenes de nuestras conversaciones y las diferentes pruebas que confirman todo el que acordamos. Este hecho frustró la operación y vulneró la confianza y la buena fe con que había actuado en todo momento, provocándome un perjuicio moral y de oportunidad evidente. Hay que añadir, además, el tiempo y las gestiones que invertí personalmente en la tramitación de la hipoteca con CaixaBank, incluyendo reuniones, recopilación de documentación y gestiones administrativas, que resultaron innecesarias a consecuencia de su actuación. Este esfuerzo derrochado forma parte del tiempo y perjuicio moral derivados de su ruptura injustificada de las negociaciones. A todo esto, se tiene que añadir que actualmente me encuentro de baja médica, con limitaciones físicas que me impiden hacer esfuerzos y con un estado de fatiga crónica que dificulta mi día a día. Esta situación personal ha agraviado el desgaste emocional y la frustración provocados por su actuación, incrementando el perjuicio moral sufrido. CIMIENTO DE LA RECLAMACIÓN: De acuerdo con el que establecen los artículos 7, 1101 y 1902 del Código Civil, toda persona que cause un daño a otra mediante mala fe, negligencia o incumplimiento de las obligaciones derivadas de la buena fe contractual, está obligada a reparar los perjuicios ocasionados. En este caso, su actuación vulnera los principios de lealtad y buena fe precontractual, al haber confirmado reiteradamente la venta y haber permitido que se generara una expectativa legítima de cierre, por después romper unilateralmente las negociaciones, sin justificación y con conocimiento del perjuicio que esto podía ocasionar. Además, al tratarse de un profesional del sector inmobiliario, la exigencia de diligencia y transparencia en su actuación es especialmente elevada, de acuerdo con la normativa de defensa de los consumidores y usuarios. SOLICITO: 1. Que reconozcan la existencia de las negociaciones avanzadas y su ruptura injustificada. 2. Que procedan al abono de una indemnización de 1.500 € (mil quinientos euros) en concepto de daños morales y perjuicios derivados de la pérdida de tiempo, confianza y oportunidad, así como de las gestiones realizadas para la hipoteca que resultaron innecesarias a causa de su actuación. 3. Que este pago se realice en el plazo máximo de 10 días naturales desde la recepción de esta comunicación. Le facilitaré mi cuenta bancaria para la transferencia una vez reciba su respuesta. Esta reclamación tiene como único objetivo llegar a una solución amistosa y razonable, evitando tener que emprender acciones legales o administrativas. Por lo tanto, le insto a resolver este asunto de manera cordial mediante el abono de la cantidad mencionada. Sin otro particular y esperando su rápida respuesta. Le saluda atentamente, Alba Santacreu Corrià DNI 43742534F

Asistencia solicitada 27 noviembre 2025

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