Por medio de la presente, presentamos reclamación en relación con la compra de un frigorífico LG Combi GBBSJ11EPY, adquirido en su establecimiento el día 16 de junio de 2026, según factura num. 1112, por un importe de 579,00 € , incluyendo el servicio de puesta en marcha.
El día 17 de junio de 2026 se efectuó la entrega e instalación del electrodoméstico en nuestro domicilio. Desde el mismo momento de la instalación se pudo comprobar que el frigorífico no se encontraba en condiciones adecuadas de uso, ya que quedó mal instalado, apoyado contra la pared, desnivelado y torcido. Además, la puerta del frigorífico ofrecía una resistencia anormal al abrir y cerrar, mientras que la puerta del congelador permanecía entreabierta debido al desnivel del aparato.
Ese mismo día acudimos a su establecimiento para comunicar la incidencia, puesto que habíamos adquirido un frigorífico nuevo y en perfecto estado de funcionamiento, no un producto defectuoso.
Posteriormente, un empleado de su tienda acudió a nuestro domicilio para revisar el frigorífico, sin conseguir solucionar el problema. Tras la inspección nos indicó que el defecto se debía a un fallo en las patas de apoyo y que debía intervenir el servicio técnico oficial de LG.
Después de quince días de espera, el día 2 de julio de 2026 acudió finalmente el servicio técnico oficial. El técnico comprobó que la pata delantera del frigorífico estaba completamente rota, teniendo incluso que romper los restos de la pieza para poder acceder a ella. Asimismo, nos informó de que no disponía del recambio necesario para completar la reparación, por lo que el frigorífico continúa sin quedar correctamente reparado.
Consideramos inadmisible que un electrodoméstico recién adquirido presente un defecto de origen de esta importancia y que, desde el primer día, requiera una intervención técnica y una reparación estructural. En ningún caso hemos disfrutado de un producto nuevo en perfecto estado, que es precisamente lo que contratamos y abonamos.
Por ello, no aceptamos la reparación de un frigorífico que fue entregado defectuoso desde el primer momento, sino que solicitamos la sustitución inmediata del electrodoméstico por una unidad completamente nueva, sin defectos y en perfecto estado de funcionamiento, retirando el aparato actualmente instalado.
Esta solicitud se fundamenta en nuestros derechos como consumidores reconocidos en el Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, al tratarse de una evidente falta de conformidad existente desde la entrega del bien.
Solicitamos una respuesta por escrito y una solución satisfactoria en el plazo más breve posible. En caso de no atender nuestra petición, nos veremos obligados a presentar la correspondiente reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) y, en su caso, ante la Agència Catalana del Consum, ejerciendo cuantas acciones nos asistan en defensa de nuestros derechos.