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Reclamación por denegación indebida de cobertura por robo con violencia

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IMA IBÉRICA ASISTENCIA, SUCURSAL DE IMA ASSURANCES

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J. S.

A: IMA IBÉRICA ASISTENCIA, SUCURSAL DE IMA ASSURANCES

29/04/2026

Estimados señores, Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal en relación con la denegación de cobertura de un siniestro ocurrido durante mi viaje a Turquía, pese a haber contratado el seguro más completo (“Excellent”) ofrecido por Travelfine en colaboración con EMA Ibérica. Durante mi estancia en Estambul, fui víctima del robo de mi teléfono móvil en el metro, en un contexto de extrema aglomeración. En ese momento, me encontraba completamente rodeado de personas, siendo objeto de empujones y zarandeos constantes que limitaron totalmente mi capacidad de movimiento y reacción. Es importante destacar que mi inmovilidad no fue voluntaria, sino consecuencia directa de la presión física ejercida por la multitud. Esta situación me impidió proteger mis pertenencias, lo que facilitó la sustracción del dispositivo. En este sentido, considero que los hechos descritos no constituyen un simple hurto, sino un robo con un claro componente de fuerza física ejercida sobre la persona. Diversas interpretaciones consideran que existe violencia cuando se produce una limitación de la libertad de movimiento o de la capacidad de reacción de la víctima mediante presión física, como ocurrió en este caso. He cumplido con todas las condiciones exigidas por la póliza, habiendo aportado: Denuncia ante la policía de Estambul Factura del dispositivo sustraído Toda la documentación adicional requerida A pesar de ello, la negativa a proceder con el reembolso resulta, a mi juicio, injustificada y contraria a las condiciones del seguro contratado. Por todo lo anterior, solicito formalmente que revisen el expediente y procedan al reembolso del importe correspondiente al dispositivo sustraído. En caso contrario, me veré en la obligación de elevar esta reclamación a instancias superiores. Quedo a su disposición para aportar cualquier información adicional que consideren necesaria. Atentamente, Javier

Mensajes (1)

IMA IBÉRICA ASISTENCIA, SUCURSAL DE IMA ASSURANCES

A: J. S.

14/05/2026

Buenas tardes, Tras haber recibido ahora su reclamación, desde el Dpto de Calidad damos respuesta a ella, habida cuenta que inicialmente fue remitida a un departamento de IMA Ibérica no habilitado para ello. Así pues, tras haber revisado las alegaciones, la documentación aportada y las condiciones del seguro, debemos indicar que coincidimos con la resolución emitida en su día por el Dpto de Reembolsos. A continuación, indicamos los apartados de la póliza que serían de aplicación: CLAÚSULA PRIMERA – DEFINICIONES Hurto: sustracción de las cosas muebles ajenas, sin mediar violencia o intimidación en las personas ni fuerza en las cosas. (...) Robo: sustracción de las cosas muebles ajenas, con violencia o intimidación en las personas o empleando fuerza en las cosas. Pérdida, daños y robo de equipaje facturado. (...) Dentro de esta prestación y del mismo límite económico indicado, queda también cubierta la pérdida total o parcial por robo, entendiéndose por robo únicamente la sustracción cometida mediante violencia o intimidación a las personas o fuerza en las cosas. (...) En caso de robo de equipaje, será indispensable la presentación de la correspondiente denuncia , incluyendo relato de los hechos, formulada ante la autoridad competente en el lugar de los hechos junto con la reclamación ante el Escimiento Público si el robo se hubiera producido en el mismo. EXCLUSIONES ESPECÍFICAS A LAS GARANTÍAS DE EQUIPAJES 2) El hurto, entendiéndose por tal, la sustracción cometida al descuido, sin que medie violencia ni intimidación en las personas ni fuerza en las cosas. Es por ello que, basándonos en la denuncia policial presentada, no se acredita que se haya producido un robo en las condiciones antes mencionadas. De hecho, en ella se indica que se desconoce el momento y la forma en que se ha producido la sustracción del móvil, y que no se denuncia ningún incidente o persona sospechosos. Dicho documento termina indicando que, si se demuestra que hubo robo, se presentaría una 2º denuncia. Es por ello que no podríamos dar seguimiento a su reclamación, al no haberse demostrado/acreditado que haya existido ningún robo sobre el bien reclamado. Un saludo Dpto. de Calidad William Ortiz Dirección de Calidad y Proyectos 913536363 imacalidad@imaiberica.es IMA IBERICA ASISTENCIA C/ de Rufino González, 23 28037MADRID- ESPAÑA imaiberica.esI También nos encontrarás en


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