Los días 3 y 4 de octubre de 2026 estuvimos alojados en el Hotel Colorado Creek de PortAventura World, con acceso a PortAventura Park incluido. Tengo 27 años y llevo visitando PortAventura desde hace aproximadamente 17 años, por lo que soy una clienta habitual y conozco bien el funcionamiento del parque.
El día 3 teníamos acceso hasta las 23:00 h. Aunque el cierre oficial se comunicó para las 20:00 h, desde aproximadamente las 18:45 h ya se nos impidió acceder a determinadas atracciones alegando la necesidad de desalojar el parque. El día 4, pese a disponer como huéspedes de acceso desde las 10:15 h, se nos comunicó que el parque permanecería cerrado hasta, al menos, las 14:00 h. En total, perdemos aproximadamente 8 horas de un servicio contratado y abonado.
Entendemos y respetamos las restricciones decretadas por Protección Civil y no cuestionamos el cierre por motivos de seguridad ni responsabilizamos a PortAventura de las condiciones meteorológicas. No obstante, durante la mañana del día 3 sufrimos precipitaciones muy intensas mientras las atracciones continuaban funcionando, hasta el punto de que el impacto del agua durante los recorridos resultaba doloroso en cara y ojos. Horas después, con precipitaciones considerablemente menores e incluso periodos sin lluvia, se empezó a impedir el acceso a atracciones desde las 18:45 h, más de una hora antes del cierre oficialmente comunicado.
Entendemos que el riesgo meteorológico no depende únicamente de la lluvia existente en ese instante y que PortAventura debía cumplir las órdenes de Protección Civil. Sin embargo, debe diferenciarse la fuerza mayor que justifica el cierre de las consecuencias derivadas de una parte sustancial del servicio contratado que finalmente no ha sido prestada.
El Real Decreto Legislativo 1/2007, en su artículo 61, establece la vinculación contractual de las prestaciones y condiciones ofrecidas al consumidor, mientras que sus artículos 82 y 87 protegen frente a situaciones contrarias a la buena fe que generen desequilibrio o falta de reciprocidad en perjuicio del consumidor.
Por ello, no reclamamos por la lluvia ni cuestionamos la decisión de Protección Civil. Reclamamos una solución proporcional por aproximadamente 8 horas de servicio abonado y no disfrutado. La fuerza mayor puede justificar el cierre, pero consideramos que no debería suponer automáticamente que el consumidor asuma íntegramente la pérdida sin alternativa alguna.
Después de 17 años visitando PortAventura, considero especialmente decepcionante que ante una incidencia extraordinaria de esta magnitud no se ofrezca una solución proporcional a los clientes afectados.
Solicitamos formalmente una compensación proporcional así como una respuesta expresa y motivada conforme a los principios de proporcionalidad, buena fe y protección de los consumidores.