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Reclamación OCU – Servicio de cerrajería (cláusula/práctica abusiva)

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J. D.

A: Cerrajeros century

17/10/2026

Me pongo en contacto con ustedes porque considero que he sido víctima de una práctica comercial abusiva por parte de una empresa de cerrajería que prestó un servicio de apertura urgente de puerta en mi domicilio en Madrid. Los hechos son los siguientes: El sábado 3 de octubre de 2026 tuve que solicitar los servicios de una cerrajería (empresa identificada en el presupuesto nº PRT01482) para la apertura urgente de la puerta de mi vivienda, que se había descolgado y no abría con la llave. Antes de comenzar el trabajo, el técnico me indicó verbalmente que la intervención tendría un coste aproximado de 580 euros. Una vez realizado el trabajo (apertura con rotura del bombín original y sustitución por un bombín de seguridad), se me presentó una factura por un importe total de 1.479,59 euros (IVA incluido), es decir, más del doble de lo que se me había indicado verbalmente antes de iniciar la intervención. El desglose de la factura es el siguiente: Apertura con rotura de bombín de alta seguridad: 582,80 € Suministro de bombín de seguridad: 210,00 € Instalación / mano de obra: 190,00 € Recargo de urgencia: 240,00 € Total (base 1.222,80 € + IVA 21%: 256,79 €): 1.479,59 € He podido comprobar que la propia empresa publica en su página web una tarifa oficial de precios. Comparando esa tarifa oficial con lo que se me cobró, observo varias irregularidades: 1. El recargo de “urgencia” que me cobraron (240 €) coincide exactamente con el que la empresa publica en su propia tarifa, lo que confirma que se trata de sus precios reales y no de cifras arbitrarias. 2. Sin embargo, el concepto de “apertura con rotura de bombín” que me cobraron (582,80 €) no se corresponde con ninguno de los tramos publicados por la propia empresa para ese servicio: el importe facturado supera incluso el tramo superior (“seguridad media”) de su propia tarifa oficial, que se sitúa muy por debajo. 3. Además, la urgencia parece haberse cobrado de forma duplicada: una vez integrada en un precio de apertura ya de por sí elevado y fuera de su propia tarifa, y otra vez como concepto independiente de 240 €. 4. He consultado los precios publicados por otras cerrajerías de Madrid para servicios equivalentes (apertura urgente de cerradura de alta seguridad con desplazamiento incluido, y suministro e instalación de bombín de seguridad). El precio razonable de mercado para un escenario similar, incluso en el supuesto más caro, se sitúa en torno a 550 euros IVA incluido. El importe que se me cobró (1.479,59 €) es aproximadamente 2,7 veces superior a esa referencia de mercado. 5. El presupuesto verbal inicial (580 €) tampoco se respetó, y en ningún momento se me entregó un presupuesto por escrito antes de iniciar el trabajo que reflejara el importe real que finalmente se me cobró. Tras recibir la factura, remití a la empresa una reclamación por escrito solicitando la devolución de parte del importe cobrado y la justificación detallada de los conceptos facturados, concediendo un plazo de 10 días para responder. La empresa respondió al correo y realizó varias llamadas telefónicas; al contestar dichas llamadas, no había nadie al otro lado de la línea. Al intentar retomar el contacto por correo electrónico, mis mensajes posteriores tampoco obtuvieron respuesta. Tras varios intentos de contacto sin éxito, decido proceder con esta reclamación. Considero que el importe cobrado constituye una práctica comercial desleal/abusiva, al incumplir de forma notable el presupuesto verbal ofrecido previamente, al no ajustarse a la propia tarifa oficial publicada por la empresa, y al duplicar el recargo de urgencia, todo ello en una situación de urgencia y vulnerabilidad del consumidor (cerradura forzada, necesidad de acceder a la vivienda) que no debería aprovecharse para aplicar precios desproporcionados. SOLICITO: Que se intervenga ante la empresa para que revise y, en su caso, corrija el importe cobrado, devolviendo la diferencia entre lo efectivamente facturado (1.479,59 €) y un precio ajustado a su propia tarifa oficial y/o a los precios razonables de mercado para este tipo de servicios. Que se requiera a la empresa una justificación detallada y por escrito de cada uno de los conceptos facturados, en particular del importe cobrado por la “apertura con rotura de bombín”, que no coincide con ningún tramo de su tarifa publicada. Que se valore si la práctica de ofrecer un presupuesto verbal orientativo antes del trabajo y facturar después un importe muy superior, sin presupuesto escrito previo, constituye una práctica comercial incorrecta de cara a otros consumidores. Que se me informe de las vías adicionales de las que dispongo como consumidor para reclamar la devolución del importe cobrado en exceso, incluyendo, si procede, mediación o arbitraje de consumo. Sin otro particular, atentamente.


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