RECLAMACIÓN FORMAL CONTRA BASIC-FIT – INSTALACIONES EL OSITO (VALENCIA)
Naturaleza del problema:
CancelaciónTu reclamación
I. L.
A: BASIC-FIT
RECLAMACIÓN FORMAL CONTRA BASIC-FIT – INSTALACIONES EL OSITO (VALENCIA) Estimados señores de la OCU, Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal contra la empresa Basic-Fit España, con motivo de un grave incumplimiento de condiciones contractuales y del derecho de los consumidores. Contraté sus servicios en su centro del complejo El Osito (Valencia), y desde el primer mes fue evidente que las condiciones ofrecidas eran inadecuadas para un entrenamiento normal: instalaciones masificadas, colas para usar las máquinas, duchas sin espacio para pertenencias, escasez de taquillas y falta de personal de atención. Las condiciones de uso ofrecidas al consumidor resultan objetivamente imposibles de cumplir. El volumen de personas sobrepasa de forma constante cualquier criterio razonable, lo que incluso puede constituir un riesgo para la seguridad. Pese a ello, he seguido pagando durante varios meses, sin apenas poder utilizar el servicio (en total, unas 7 veces). La última vez ni siquiera accedí, ante la saturación del centro. Solicité la baja inmediata por incumplimiento de condiciones. La empresa respondió afirmando que, al contratar, acepté una permanencia mínima hasta el 08/09/2025, y que ello me impedía cancelar. Alegan que me beneficié de una tarifa reducida, y que si no estaba de acuerdo, disponía de 14 días para desistir, según sus condiciones generales. Dicho planteamiento es abusivo. El artículo 82 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que “son abusivas las cláusulas que vinculen el contrato a la voluntad del empresario o limiten los derechos del consumidor sin causa justificada”. El artículo 87 añade que es abusiva cualquier cláusula que imponga penalizaciones desproporcionadas por cancelación. La permanencia no puede mantenerse cuando el prestador incumple su parte sustancial del contrato. Más grave aún, han derivado mi expediente a una agencia de recobro (Intrum), iniciando acciones de cobro extrajudicial sin haber resuelto aún la reclamación ni dado opciones alternativas. La gestión de una deuda en disputa, mientras se está tramitando una reclamación formal ante la OMIC, vulnera la Directiva 2005/29/CE sobre prácticas comerciales desleales, así como la protección establecida por la Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo. Adicionalmente, se infringen normas de seguridad que podrían derivar en consecuencias penales. El incumplimiento de los aforos, falta de medidas adecuadas de evacuación, y la ausencia de control por parte del personal, en caso de incidente grave, podrían encajar dentro de lo previsto en el artículo 316 y siguientes del Código Penal por delito contra la seguridad colectiva y condiciones de trabajo. Además, las reseñas públicas en Google son un reflejo de esta realidad. Cientos de usuarios expresan quejas similares, lo que demuestra un problema estructural y no un caso aislado. Esta situación representa una irresponsabilidad grave que puede desembocar en una desgracia. Solicito por tanto: – La resolución inmediata del contrato por incumplimiento. – La anulación de cualquier deuda asociada y su retirada de recobro. – Que se investigue a la empresa por posibles infracciones a la normativa de consumo, seguridad y protección de datos. – Que se abra expediente por posible cláusula abusiva en los términos contractuales. Agradezco a la OCU su apoyo para proteger a los consumidores ante empresas que abusan de su posición y no garantizan los derechos mínimos que exige la ley. Reciban un cordial saludo. PD: Adjunto todos los correos enviados y recibidos hasta la fecha 31/07/2025 (17:50). ( 20 capturas de pantalla)
Mensajes (3)
BASIC-FIT
A: I. L.
Estimados/as: Por la presente nos referimos a la reclamación con número de caso 13166076 Tras la revisión detallada del expediente y el contrato con permanencia que ya describe el socio en su reclamación y afirma tener como compromiso, informamos que la gestión de la ficha del socio ha sido derivada a la agencia de recobro Intrum Spain, debido a la existencia de impagos pendientes en su cuenta. Tal como se informa y forma parte del contrato del socio ya que para formar parte de nuestra organizacion acepta nuestras condiciones generales en ellas amablemente le recordamos se escen que, en caso de incumplimiento en las obligaciones de pago, Basic-Fit se reserva el derecho a remitir la deuda a una agencia de recobro externa, conforme a lo escido en el Artículo 5: Tarifas y Pago, que reproducimos a continuación: “Si siguieses sin cumplir con tu obligación de pago después de haber sido informado del impago, estarás en incumplimiento de pagos. En ese momento podremos cobrarte todos los gastos generados por la devolución de los recibos, transferir la reclamación a un tercero y ceder la deuda a una agencia externa especializada en el cobro de cantidades adeudadas. En este caso, como Socio autorizas a Basic-Fit a ceder tus datos al tercero encargado de gestionar la reclamación de tu deuda. También podremos cancelar el Contrato con efecto inmediato, sin perjuicio de que se mantengan vigentes tus obligaciones de pago, tras el impago de dos cuotas.” Por tanto, actualmente la ficha del socio ha sido traspasada a la agencia de recobro Intrum Justitia Spain, lo que implica que nuestro equipo de Atención al Cliente ya no tiene acceso ni capacidad de gestión sobre su expediente. En este sentido, le solicitamos al socio que, por favor, se ponga en contacto directamente con la agencia de recobro para regularizar su situación.Puede hacerlo a través del siguiente enlace: Intrum s:www.intrum.esarticulares/contacto Posteriormente y una vez regularizada su situación si el socio quiere puede volver a contactarnos para revisar su caso nuevamente. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional que pudiera requerir. Aprovechamos para enviarles un cordial saludo. Departamento de Atención al Cliente Basic-Fit Spain S.A.U. CIF: A-82553447 Dirección: Calle Horacio Quiroga 35, 29004 Málaga E-mail: servicioalcliente@basic-fit.com Website: www.basic-fit.com/es-es --------------------
I. L.
A: BASIC-FIT
directamente a una agencia de recobro como si la cuestión estuviese cerrada. --- 📌 4. Cláusulas potencialmente abusivas El hecho de haber contratado con una permanencia asociada a una tarifa promocional no justifica la obligación de mantener el pago si el servicio ha devenido impracticable. La imposición unilateral de condiciones inflexibles, aún cuando no se cumpla el servicio esencial, puede considerarse cláusula abusiva, conforme al artículo 82 de la citada ley. --- 📌 5. Reclamación en curso Dado lo anterior, les informo de que existe una reclamación formal activa contra su entidad. De persistir en la vía del recobro sin ofrecer una solución ajustada al marco legal y a los hechos objetivos aquí descritos, se procederá a ampliar dicha reclamación. También recordarles que, como profesionales del sector, incumplir aforos y condiciones mínimas de seguridad puede derivar en responsabilidades legales graves, especialmente en caso de incidente o evacuación. La saturación que se vive en sus centros es una irresponsabilidad evidente que afecta a muchos usuarios y puede poner vidas en riesgo. --- 🔚 Conclusión Solicito nuevamente: 1. Que se paralice cualquier intento de recobro hasta resolver este conflicto de forma adecuada. 2. Que se proceda a cancelar mi contrato, sin penalización, por causa justificada y probada. 3. Que se me confirme por escrito la recepción de esta reclamación y la apertura del expediente correspondiente. El importe en sí no me supone un problema económico, pero me niego rotundamente a que se rían de mí, tal como están haciendo con muchos otros usuarios. ¿Quieren jugar? Pues juguemos. La cantidad reclamada no les compensará ni un ápice. Ya tengo preparada mi solicitud formal y, si persisten con este sinsentido, me veré obligado a dirigirme, en primera instancia, a las autoridades competentes para denunciar esta situación. Recordarles que el incumplimiento de las normativas de aforo y seguridad en España está tipificado como infracción grave, y puede conllevar sanciones administrativas de hasta 600.000 euros, además de posibles responsabilidades penales por poner en riesgo la seguridad y la integridad de las personas, tal como se recoge en el Artículo 318 del Código Penal relativo a la "Peligro común causado por imprudencia grave". A la atención del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona / Departamento de Urbanismo e Inspección de Actividades: Asunto: Solicitud urgente de inspección y control de aforo en gimnasio Basic-Fit (Centro Comercial El Osito, La Pobla de Vallbona) Por medio de la presente, y en ejercicio de mis derechos como ciudadano, formulo esta solicitud formal para exigir una inspección inmediata y exhaustiva sobre el cumplimiento del aforo máximo legal en el gimnasio Basic-Fit ubicado en el Centro Comercial El Osito. He constatado reiteradamente una situación de masificación y absoluto descontrol en cuanto al número de usuarios dentro de dichas instalaciones, hecho que vulnera flagrantemente lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación (CTE DB-SI) y demás normativas municipales y autonómicas en materia de seguridad y protección contra incendios. Dicha situación supone un riesgo inminente para la integridad física y la seguridad pública, dado que la saturación de personas en un espacio limitado puede impedir una evacuación rápida y ordenada en caso de emergencia, vulnerando el Derecho Fundamental a la Protección de la Seguridad y Salud Pública recogido en el artículo 43 de la Constitución Española. En virtud de lo anterior, y amparado en las competencias conferidas a este Ayuntamiento para la inspección y vigilancia de actividades, requiero que se adopten todas las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento estricto de la normativa vigente, evitando cualquier situación que pueda comprometer la seguridad de los ciudadanos. Advertir que, en caso de que esta solicitud no sea atendida con la diligencia y urgencia que requiere, procederé a elevar la denuncia ante los órganos superiores de la Generalitat Valenciana y, en su caso, ante la Fiscalía de Seguridad Pública, por la posible omisión de funciones y la pasividad administrativa que pudiera derivar en responsabilidad legal del Ayuntamiento. Solicito también que se me informe por escrito de las actuaciones que se emprendan en relación con esta reclamación. La seguridad y el bienestar de la ciudadanía deben ser prioritarios y no pueden verse comprometidos por la falta de control o supervisión.
BASIC-FIT
A: I. L.
Estimados/as señores/as, Por la presente nos referimos a la reclamación con expediente Nº 13166076del socio Basic-Fit Iván Lavandeira Marinas. Para poder revisar su caso en detalle y ofrecerle una solución adecuada, le agradeceríamos que se pusiera en contacto con nuestro servicio de atención al cliente, indicando sus datos personales (nombre completo, número de socio y cualquier información relevante sobre su reclamación). Nuestro equipo estará encantado de atenderle y buscar la mejor manera de resolver su situación lo antes posible. La referencia del caso es: Adjuntamos la respuesta a la misma. Atentamente, Angélica Departamento de Servicio al Cliente - Backoffice Basic-Fit España © Basic-Fit España Condiciones GeneralesFAQs/Contacto Declaratión De T2410.1 ref:!00D240fJbb.!500R60hWemT:ref
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