Empresa reclamada: Jobacar Reus, concesionario oficial donde se adquirió el vehículo, y KGM (anteriormente SsangYong), fabricante del vehículo.
Vehículo afectado: KGM SsangYong Torres, adquirido nuevo en diciembre de 2024 por un importe aproximado de 31.000 €.
Fecha del siniestro: 11 de julio de 2026.
EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS
Mediante este escrito, presentamos una reclamación formal contra Jobacar Reus y KGM por la negativa a asumir la responsabilidad derivada del incendio de nuestro vehículo, adquirido nuevo en diciembre de 2024 y con menos de dos años de antigüedad en el momento del siniestro.
El día 11 de julio de 2026, mientras circulábamos por la AP-7 en dirección a Barcelona, el vehículo comenzó a mostrar un aviso relacionado con la batería, seguido de la aparición de humo y un incendio en la zona del alternador y/o del cableado eléctrico.
Consideramos que el origen del siniestro está relacionado con un problema de naturaleza mecánica, eléctrica o técnica del propio vehículo, vinculado a su fabricación, montaje o funcionamiento, y que corresponde al fabricante y al concesionario esclarecerlo y asumir las responsabilidades que legalmente procedan.
El vehículo dispone de las revisiones y del mantenimiento correspondientes realizados conforme a las indicaciones del fabricante. No tenemos constancia de ninguna actuación de mantenimiento irregular que justifique atribuirnos la responsabilidad del incendio. Por ello, consideramos injustificada la negativa a asumir la garantía sin una explicación técnica suficientemente fundamentada.
Tras comunicar los hechos, acudimos a Jobacar Reus y contactamos con la marca para solicitar una solución. Sin embargo, se nos indicó que el incidente obedecía a una causa ajena a ellos y que debíamos dirigirnos a nuestra compañía aseguradora, AXA.
Esta respuesta nos parece inadmisible, ya que estamos hablando de un vehículo adquirido nuevo, con sus revisiones correspondientes y con menos de dos años de antigüedad cuando sufrió un incendio mientras circulábamos por carretera.
Entendemos que el problema tiene un origen técnico atribuible al vehículo y que debe investigarse como un posible defecto de fabricación, montaje o funcionamiento, cuya responsabilidad podría corresponder a KGM y/o a Jobacar Reus. No aceptamos que se nos remita directamente al seguro sin esclarecer primero la causa del incendio ni determinar las responsabilidades correspondientes.
Por otro lado, AXA nos ha comunicado que no puede cerrar definitivamente el expediente mientras falte información técnica y económica necesaria, relativa a las piezas afectadas y a su valoración, que debe facilitarse desde el ámbito de la marca y/o del concesionario.
Nos encontramos, por tanto, en una situación de absoluta indefensión: Jobacar Reus y KGM rechazan inicialmente la responsabilidad y nos derivan al seguro, mientras que AXA indica que necesita información de la marca o del concesionario para poder completar la valoración y resolver el expediente.
La falta de colaboración para aportar la información necesaria está prolongando la resolución del siniestro y perjudicándonos directamente. Desde el 11 de julio de 2026 estamos sin nuestro vehículo, soportando las obligaciones económicas derivadas de su financiación y los perjuicios familiares y personales ocasionados por esta situación.
No consideramos aceptable que el consumidor deba soportar indefinidamente las consecuencias económicas de un incendio en un vehículo prácticamente nuevo, mientras las empresas implicadas se remiten unas a otras y no facilitan una solución definitiva.
SOLICITAMOS A LA OCU
1. Que intervenga ante Jobacar Reus y KGM para que revisen su negativa a cubrir el siniestro por garantía y asuman las responsabilidades que correspondan por el posible defecto técnico de fábrica o de montaje.
2. Que se investigue el origen mecánico y eléctrico del incendio y se aporte un informe técnico completo que explique la causa, las piezas afectadas y las razones por las que se descarta o admite un defecto de fabricación, montaje o funcionamiento.
3. Que se requiera a Jobacar Reus y KGM para que faciliten inmediatamente a AXA la información técnica y económica necesaria para cerrar el expediente, sin trasladar al consumidor las consecuencias de esa falta de colaboración.
4. Que se nos entregue una respuesta escrita, detallada y motivada que justifique la negativa a asumir la garantía, identificando la causa concreta del incendio y las condiciones legales o contractuales en las que se fundamenta dicha decisión.
5. Que se valore la responsabilidad de KGM como fabricante y de Jobacar Reus como concesionario vendedor, teniendo en cuenta la antigüedad del vehículo, las revisiones realizadas y las circunstancias en las que se produjo el incendio.
6. Que se estudie una solución definitiva que incluya la reparación integral del vehículo, su sustitución o la indemnización que legalmente corresponda, según se determine la responsabilidad y la viabilidad de cada alternativa.
7. Que se valoren los perjuicios económicos ocasionados por la prolongación del expediente, incluida la financiación que seguimos pagando sin disponer del vehículo, así como los demás daños y gastos que puedan acreditarse y reclamarse legalmente.
CONSIDERACIÓN FINAL
Adquirimos un vehículo nuevo por un importe aproximado de 31.000 €, confiando en su seguridad, fiabilidad y calidad, así como en las garantías ofrecidas por el fabricante y el concesionario oficial.
Sin embargo, el vehículo sufrió un incendio en carretera antes de cumplir dos años, pese a disponer de sus revisiones correspondientes. Desde entonces, no hemos obtenido una solución definitiva y nos encontramos con una negativa de garantía, una derivación de responsabilidad hacia la aseguradora y una falta de información que impide cerrar el expediente.
Consideramos que existen motivos suficientes para exigir que se investigue y se asuma la responsabilidad por un posible defecto técnico de fábrica, montaje o funcionamiento. No aceptamos que Jobacar Reus y KGM se desentiendan del problema sin una justificación técnica concluyente ni que la falta de información entre las empresas perjudique al consumidor.
Solicitamos la intervención de la OCU para defender nuestros derechos, reclamar una investigación técnica completa y conseguir que las empresas implicadas asuman las responsabilidades que legalmente les correspondan y nos proporcionen una solución justa y definitiva.
En caso de no obtener una respuesta satisfactoria, nos reservamos el derecho de continuar con las acciones legales oportunas para reclamar la responsabilidad que corresponda y los daños y perjuicios acreditados.
Atentamente,
La parte reclamante
Fecha: 20 de octubre de 2026