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J. M.

A: San Diego Comic-Con Málaga

29/09/2025

A quien corresponda: En representación un grupo de cuatro personas que adquirimos 4 entradas para el día 27 de septiembre de 2025 (viernes) y 4 entradas para el día 28 de septiembre de 2025 (sábado), para asistir al evento “San Diego Comic-Con de Málaga 2025”, organizado por COSMIC LEGENDS PRODUCTIONS, S.L. Junta de Andalucía Ayuntamiento de Málaga, formulo la siguiente reclamación por incumplimientos graves en materia de información, organización y seguridad que vulneran los derechos de los consumidores y usuarios. Hechos objeto de reclamación: 1. Problemas de reserva y falta de accesibilidad lingüística en la web: El sistema de reservas y de inscripción a eventos paralelos únicamente estaba disponible en determinados idiomas distintos del español, lo cual vulnera el derecho básico a recibir información clara, veraz, suficiente y comprensible reconocido en el artículo 8 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007), así como el artículo 17.1 de la Ley 13/2003, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, que obliga a los organizadores a garantizar que la información se facilite en castellano de manera accesible. 2.Compra de entradas sin información previa esencial Las entradas fueron puestas a la venta sin facilitar a los consumidores información esencial sobre el programa de actividades, invitados o servicios incluidos, obligándonos a comprar “a ciegas”. Ello vulnera el artículo 60 del RDL 1/2007, que exige que antes de la contratación se proporcione información clara y suficiente sobre las características principales del servicio, así como el artículo 18 de la Ley andaluza 13/2003, que impone transparencia en la oferta de espectáculos y eventos. 3. Colas interminables sin señalización ni supervisión adecuada Durante el evento se produjeron tiempos de espera desproporcionados y una gestión deficiente de accesos: El viernes 27 de septiembre: 70 minutos de cola para entrar al recinto. El sábado 28 de septiembre: 60 minutos de cola de acceso, más 120 minutos para entrar al Hall principal, y posteriormente otros 90 minutos adicionales para reingresar tras salir a comer. Todas estas esperas se produjeron bajo condiciones de calor extremo ( a veces más de 30ºC) y sin áreas de sombra, señalización, ni personal que garantizara un acceso ordenado. Estos hechos contravienen el artículo 8 del RDL 1/2007 en cuanto a la obligación de garantizar condiciones de seguridad y habitabilidad en los servicios prestados, y el artículo 19.2 de la Ley 13/2003, que obliga a adoptar medidas de seguridad adecuadas para prevenir riesgos para la salud de los asistentes. 4. Masificación y riesgo para la seguridad de los asistentes La afluencia de público era tal que resultaba imposible disfrutar de las experiencias contratadas, además de generar situaciones de aglomeración que podían poner en peligro la integridad física de los asistentes. Esto constituye una infracción de las obligaciones de seguridad recogidas en el artículo 8 del RDL 1/2007 y en el artículo 19 de la Ley 13/2003 de Andalucía, que imponen a los organizadores el deber de garantizar un entorno seguro y no masificado. Petición: Por todo lo expuesto, solicito a la OCU que, en defensa de nuestros derechos como consumidores: . Se admita a trámite esta reclamación contra COSMIC LEGENDS PRODUCTIONS, S.L. Junta de Andalucía Ayuntamiento de Málaga Se inste a la empresa a la devolución proporcional del importe de las entradas abonadas (8 entradas en total), por incumplimiento de las condiciones mínimas de información, calidad y seguridad del servicio. Se inste a la autoridad competente de consumo en Andalucía a investigar las irregularidades cometidas en la organización del evento y, en su caso, imponer las sanciones previstas en la legislación vigente.


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