La presente reclamación se formula contra la agencia de viajes GrandVoyage S.A. en relación con un viaje organizado a Jordania programado para el día 31 de marzo de 2026.
El viaje fue contratado por dos personas:
Graciela María Mallia Montes
Liliana Rodríguez Bou
En el momento de la contratación se realizaron los siguientes pagos:
Graciela María Mallia Montes abonó la totalidad de su viaje, realizando un primer pago de 635 € en concepto de reserva y un segundo pago de 952 € correspondiente al resto del importe.
Liliana Rodríguez abonó únicamente el importe correspondiente a la reserva.
El día 2 de marzo de 2026 se notificó formalmente a la agencia la solicitud de cancelación del viaje debido a la situación de inestabilidad geopolítica existente en la región de Oriente Medio, que generaba una preocupación razonable por la seguridad del desplazamiento.
La agencia respondió indicando que Jordania continuaba abierta al turismo y que el viaje seguía programado, calificando la cancelación como voluntaria.
Posteriormente, la situación en la región evolucionó de forma significativa, produciéndose el cierre del espacio aéreo de Jordania, lo que de facto imposibilita la realización normal del viaje en las condiciones inicialmente contratadas.
A pesar de ello, la agencia remitió un documento indicando que, del total de 2.162 € abonados (sin incluir el seguro), únicamente se devolverían 350 € a repartir entre ambas viajeras, comunicando que los restantes 1.812 € corresponderían a supuestos gastos de cancelación.
Además, la empresa indicó que dichos importes deberían reclamarse posteriormente al seguro de cancelación contratado, trasladando al consumidor la responsabilidad de recuperar el dinero a través de dicho seguro.
Asimismo, la agencia ha solicitado la firma de un documento aceptando la cancelación voluntaria del viaje, indicando que dicha aceptación debe realizarse antes del día 9 de marzo de 2026, advirtiendo que, en caso contrario, los gastos de cancelación aumentarían. Las reclamantes consideran que esta actuación supone una presión indebida para aceptar unas condiciones económicas que consideran injustificadas.
Las reclamantes consideran que esta actuación no se ajusta a derecho por los siguientes motivos:
La cancelación fue solicitada inicialmente por motivos razonables de seguridad ante una situación extraordinaria en la región.
Posteriormente, el cierre del espacio aéreo de Jordania constituye una circunstancia objetiva que impide la correcta ejecución del viaje contratado.
A pesar de ello, la agencia pretende aplicar penalizaciones económicas muy elevadas y trasladar al consumidor la obligación de recuperar el dinero a través del seguro, cuando el contrato de viaje combinado fue formalizado con la propia agencia.
Las reclamantes consideran que, dadas las circunstancias extraordinarias que afectan al destino y que han terminado incluso con el cierre del espacio aéreo del país, la aplicación de gastos de cancelación en estas condiciones resulta desproporcionada e injustificada.
Solicitud
Por todo lo expuesto, se solicita la intervención de la Organización de Consumidores y Usuarios para:
Analizar la actuación de la empresa GrandVoyage S.A. en relación con este caso.
Valorar la aplicación de la normativa de protección al consumidor en materia de viajes combinados ante circunstancias extraordinarias que afectan al destino.
Facilitar una mediación con la empresa con el objetivo de obtener el reembolso íntegro de las cantidades abonadas por las reclamantes.
Se solicita expresamente la devolución total de los importes abonados, al considerar que concurren circunstancias extraordinarias que afectan directamente a la ejecución del viaje contratado.