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Reclamación contra Bodas.net por cobro indebido tras solicitud de baja

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Problemas en el pago

Tu reclamación

N. A.

A: Bodas.net

16/04/2025

Estimados señores de la OCU, Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación contra la empresa Bodas.net (Wedding Planner S.L.U.). El pasado 12 Marzo, solicité formalmente la baja de su servicio como proveedor, expresando mi disconformidad con la subida desproporcionada de tarifas. A pesar de haber comunicado mi decisión con antelación suficiente, ahora me reclaman un pago de 198 euros, correspondiente a una renovación que no he autorizado. Considero que se trata de un intento de cobro abusivo, basado en una renovación automática no consentida, y solicito su intervención para que esta situación se resuelva de manera justa.

Mensajes (2)

Bodas.net

A: N. A.

17/04/2025

Estimados señores de la OCU: Por medio de la presente, WEDDING PLANNER S.L.U. (Bodas.net) se dirige a ustedes en relación con la reclamación recibida de D. Noel Arroyo Subias, sobre el supuesto cobro indebido derivado de la renovación de su suscripción al servicio contratado. 1. Falta de legitimación activa del reclamante como consumidor Tal como se esce en el contrato firmado entre las partes el 31 de enero de 2024 (Contrato n.º 147310), el Sr. Arroyo suscribió un servicio profesional bajo el nombre comercial “Noel DJ” y en calidad de proveedor profesional del sector. En virtud de la cláusula 1.3 del contrato, se indica expresamente que el cliente, por su condición de profesional del sector, no tiene la consideración de consumidor conforme a la normativa vigente. Por tanto, consideramos que la reclamación presentada ante una entidad de defensa de consumidores no resulta procedente ni aplicable. 2. Renovación del contrato conforme a cláusulas pactadas El contrato estipula claramente que: La duración del servicio es de 12 meses con renovación automática (cláusula 6.3). Cualquier intención de no renovar debe comunicarse por escrito con un preaviso mínimo de 30 días naturales antes de la fecha de renovación (cláusula 7.3). La renovación anual se hizo efectiva el 1 de febrero de 2025, como esce el sistema de facturación automática. La comunicación del Sr. Arroyo manifestando su deseo de no continuar se realizó el 12 de marzo de 2025, más de un mes después del momento en que debía haberse ejercido dicho derecho, y cuando el servicio ya había sido renovado y facturado (Factura INVESD25710). En consecuencia, no consta en nuestros registros ninguna solicitud de baja previa a la renovación del servicio, lo cual habría exonerado al cliente del pago correspondiente. 3. Importe pendiente y ajustes realizados Aun cuando la solicitud de baja fue extemporánea, la compañía ha optado por no aplicar la penalización por terminación anticipada prevista en la cláusula 4.5 del contrato (50% del servicio sin descuentos), ofreciendo una factura rectificativa parcial y esciendo un importe residual pendiente de 196,85 €, correspondiente únicamente al servicio efectivamente prestado hasta la fecha de resolución anticipada. 4. Buena fe contractual En todo momento, nuestra actuación ha seguido los términos pactados en el contrato, respetando tanto las condiciones comerciales como los derechos contractuales de las partes. Además, se han aplicado medidas favorables al cliente de forma voluntaria con el objetivo de llegar a una resolución amistosa, incluida la eliminación de penalizaciones contractuales aplicables. Por todo lo anterior, solicitamos que se archive la reclamación presentada, por carecer de fundamento jurídico tanto en cuanto a la naturaleza contractual del servicio, como al incumplimiento por parte del cliente de las condiciones de preaviso estipuladas. Quedamos a su disposición para cualquier información adicional que consideren necesaria. Atentamente, Customer Success Specialist pagos@bodas.net The Knot Worldwide Tel: 930 476 833 This message and the documents containing annexes, may contain confidential information. Therefore, we inform the recipient that received this by mistake that the information contained within is reserved and unauthorised use is prohibited by law. [9Z4GVX-GRDL0]

N. A.

A: Bodas.net

17/04/2025

Estimados señores, En relación con la respuesta emitida por WEDDING PLANNER S.L.U. (Bodas.net) a mi reclamación, deseo dejar constancia de lo siguiente: 1. Negación de la condición de consumidor: Si bien el contrato fue suscrito bajo un nombre comercial, Bodas.net no exige en ningún momento documentación fiscal, alta en Hacienda o Seguridad Social, ni ningún tipo de verificación oficial para registrarse como proveedor. Esto permite que cualquier persona física pueda contratar el servicio sin estar dada de alta como profesional, lo cual demuestra una falta de rigor legal por parte de la empresa. Si permiten la inscripción sin garantías legales, no pueden luego ampararse en una supuesta condición profesional para denegar el derecho a reclamar como consumidor. 2. Circunstancias personales justificadas: La renovación automática se produjo el 1 de febrero de 2025. Debido a una situación médica confidencial me fue imposible revisar la renovación a tiempo. En cuanto pude, el 12 de marzo envié un correo electrónico comunicando mi rechazo a la subida de precios y mi negativa a continuar con el servicio. Esta situación personal no puede ser ignorada y se encuentra documentada con una baja médica en vigor. 3. Prácticas abusivas y posición dominante: Bodas.net impone subidas anuales de tarifa (unos 100 € en este caso) sin justificación ni consentimiento activo del cliente. Obligan a los proveedores a aceptar renovaciones automáticas bajo nuevas condiciones sin notificación clara ni confirmación explícita. Este comportamiento puede vulnerar la legislación sobre cláusulas abusivas, incluso en relaciones entre empresas, y es un claro abuso de posición dominante en el sector nupcial. 4. Buena fe contractual: Si bien reconocen que mi comunicación llegó tras la fecha de renovación, ellos mismos admiten no haber aplicado penalizaciones y reconocen que se ha producido una baja. Esto implica que ya no estoy utilizando el servicio y, por tanto, no corresponde ningún pago por algo no consumido. Por todo lo anterior, mantengo mi rechazo al cobro de 196,85 €, y solicito a la OCU que no archive esta reclamación, ya que existen fundamentos tanto legales como éticos que respaldan mi posición. Quedo a su disposición. Saludos


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