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RECLAMACIÓN ANTE LA OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR (OMIDC) FRENTE A FEU V

Closed Pública

FEU VERT IBÉRICA, S.A.

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Reparación

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A. C.

A: FEU VERT IBÉRICA, S.A.

14/09/2026

D./D.ª Azahara Carpena Torres, con DNI 22576350X, domicilio en C/ Félix Rodríguez de la Fuente 27,3º,16B 46185 La Pobla de Vallbona (Valencia), teléfono 630288072 y correo electrónico azacangreja@hotmail.com, EXPONE: PRIMERO.– Que el día 30 de mayo de 2026 acudí al centro Feu Vert situado en el Centro Comercial El Osito (La Pobla de Vallbona) con mi vehículo Renault Clio Sport Tourer, matrícula 2701 HTT, debido a la aparición de un aviso de «Avería en el sistema de frenado / STOP». Tras realizar una comprobación del vehículo, se me indicó que el nivel de líquido de frenos era muy bajo y que esta era la causa del aviso. Se procedió a rellenar el líquido de frenos y se me cobró por la intervención realizada, según factura VE2-08210296, por importe de 63,50 €. En ningún momento se me informó de que pudiera existir una fuga ni de que fuera necesario comprobar el origen de la pérdida de líquido. Por tanto, entendí que, tras la intervención realizada, el problema había quedado solucionado. SEGUNDO.– El día 3 de agosto de 2026 volvió a aparecer exactamente el mismo aviso de avería. El día 4 de agosto de 2026 me puse en contacto telefónicamente con Feu Vert para comunicar que el mismo problema había vuelto a producirse y explicar que ya había acudido al centro el 30 de mayo por esa misma incidencia. Mi intención era que se revisara nuevamente el vehículo, especialmente teniendo en cuenta que ya había abonado 63,50 € por una comprobación y actuación relacionada con esa misma avería. Sin embargo, durante dicha llamada no se me ofreció una revisión del vehículo sin asumir nuevamente un coste. Asimismo, considero que la atención recibida durante la conversación fue inadecuada y poco respetuosa, circunstancia que también puse de manifiesto en la reclamación presentada posteriormente ante Feu Vert. TERCERO.– Ante la falta de una solución por parte de Feu Vert, el día 5 de agosto de 2026 llevé el vehículo a Top Recambios para obtener una segunda opinión. Posteriormente acudí a Renault para obtener un diagnóstico más completo, documentación que fue igualmente aportada a Feu Vert junto con mi reclamación. CUARTO.– El día 14 de agosto de 2026 presenté una reclamación por escrito ante el Servicio de Atención al Cliente de Feu Vert, exponiendo detalladamente los hechos, aportando la factura y la documentación posterior y solicitando expresamente una respuesta por escrito. En dicha reclamación dejé expresamente indicado que no reclamaba a Feu Vert el importe de la reparación posterior realizada en Renault, ni pretendía atribuirle el origen de la avería. Mi reclamación se limitaba al servicio prestado y abonado el 30 de mayo de 2026 y a la atención recibida posteriormente cuando comuniqué que el mismo problema había vuelto a aparecer. QUINTO.– En la reclamación presentada solicité el reembolso de los 63,50 € abonados, o subsidiariamente el reintegro de la parte correspondiente al servicio de diagnóstico que no permitió identificar el origen de la incidencia, quedando fuera de mi reclamación, en su caso, el importe estrictamente correspondiente al líquido de frenos añadido. Asimismo, solicité que se valorase específicamente la atención recibida durante la llamada telefónica del 4 de agosto. SEXTO.– A fecha de presentación de esta reclamación ante la OMIDC, ha transcurrido un mes desde la presentación de mi reclamación ante Feu Vert sin que haya recibido respuesta por escrito ni una propuesta de solución. Por todo ello, SOLICITO: 1. Que se tenga por presentada esta reclamación y se incorpore al correspondiente expediente de consumo. 2. Que se tenga por acreditada la reclamación previa realizada ante FEU VERT IBÉRICA, S.A., así como la falta de respuesta de la empresa transcurrido un mes desde su presentación. 3. Que se dé traslado de la reclamación a la empresa reclamada y se promueva, en su caso, una solución amistosa al conflicto. 4. Que se solicite a Feu Vert que valore el reembolso de los 63,50 € abonados, o subsidiariamente la devolución de la parte correspondiente al servicio de diagnóstico, excluyendo en su caso el importe estrictamente correspondiente al líquido de frenos añadido. 5. Que se tenga igualmente en consideración la atención recibida durante la llamada telefónica del 4 de agosto de 2026. En València, a 14 de septiembre de 2026. Firma Azahara Carpena Torres

Asistencia solicitada 29 septiembre 2026

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