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QUEBUENO - Reclamación de intereses abusivos/usura

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Financiación

Tu reclamación

M. A.

A: Quebueno. NBQ Technology, S.A.U.

18/01/2026

Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad QueBueno, y titular de varios micropréstamos formalizados entre octubre de 2022 y septiembre de 2025 (en concreto 22 préstamos), todos ellos actualmente liquidados y sin importes pendientes. La relación completa de operaciones (numero de contrato, o referencia si consta, fecha, capital prestado, importe total devuelto y coste asociado) se detalla en formato tabla en el PDF adjunto . Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para comunicarles mi disconformidad con los intereses/TAE, comisiones y recargos aplicados en dichos micropréstamos, que considero claramente desproporcionados y usurarios. Y por ello: Tras revisar con detalle el coste total de dichos préstamos, he comprobado que el importe que finalmente he terminado pagando (sumando intereses/TAE, comisiones y recargos) resulta claramente desproporcionado en relación con el capital que realmente se me prestó y con la duración de los micropréstamos. En la práctica, esto ha supuesto que por importes pequeños y plazos cortos se hayan aplicado costes muy elevados, generando una devolución total muy superior al dinero recibido. Por este motivo, considero que el coste aplicado es notablemente superior al normal y, por tanto, usurario, conforme a la Ley de Represión de la Usura. Quiero manifestar también que, tras pedir los contratos de todos los prestamos a vuestra Entidad el pasado 22 de octubre, aun sigo sin haber recibido los contratos íntegros de todos los préstamos, pese a haberlo solicitado repetidamente tanto por correo electrónico como por teléfono. Es por este motivo que aporto la documentación precontractual/operativa que recibí al contratar los préstamos. Además, sin haber presentado ningún tipo de reclamación, recibí un correo donde Quebueno afirma "reconocer" nulidad por usura, pero solo relacionaba 16 préstamos cuando el total son 22 y, casualmente, faltan los 6 préstamos de los cuales pagué más intereses. Adjunto los siguientes documentos: - Un documento PDF con un listado/resumen de todos los micropréstamos que he tenido con Quebueno (fechas, importes, capital prestado, intereses y total abonado) -Un PDF con toda la información precontractual de los contratos de 2025 -Un PDF con toda la información precontractual de los contratos de 2023 -Un PDF con toda la información precontractual de los contratos de 2022 -Un PDF con las evidencias de los pagos realizados en 2025 -Un PDF con todos los movimientos bancarios relacionados con los pagos de los micropréstamos solicitados durante el 2022 y 2023 SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para: 1. Declarar la nulidad por usura de los micropréstamos suscritos con QueBueno que se detallan en la tabla del PDF adjunto. 2. Realizar una liquidación completa de todas las operaciones y proceder a la devolución de todas las cantidades abonadas que exceden el capital efectivamente prestado, incluyendo intereses ordinarios, intereses moratorios/recargos y comisiones o costes asociados. 3. En caso de que mis datos hubieran sido comunicados a ficheros de solvencia patrimonial (ASNEF/BADEXCUG/Experian u otros), proceder a su cancelación/rectificación inmediata y acreditar dicha cancelación por escrito. Sin otro particular, quedo a la espera de su respuesta por escrito. Atentamente.

Mensajes (1)

Quebueno. NBQ Technology, S.A.U.

A: M. A.

19/01/2026

Estimado cliente, En caso de que desee presentar o gestionar una reclamación contra la entidad, tiene a su disposición las siguientes opciones: Puede contactar con el soporte electrónico reclamaciones@quebueno.es, adjuntando la documentación correspondiente para su solicitud, incluyendo su DNI y una foto del mismo por ambas caras, o bien enviar una carta certificada con la misma documentación a la siguiente dirección postal: Carrer Jordi Girona, 29 1B, 08034 – Barcelona La entidad atenderá su reclamación con la mayor cordialidad y dentro del plazo legal escido para dar respuesta, asegurando que se gestionará de manera diligente. Real Decreto Legislativo 1/2007. Artículo 21. Régimen de comprobación y servicios de atención al cliente “2. Las oficinas y servicios de información y atención al cliente que las empresas pongan a disposición del consumidor y usuario deberán asegurar que éste tenga constancia de sus quejas y reclamaciones, mediante la entrega de una clave identificativa y un justificante por escrito, en papel o en cualquier otro soporte duradero. Si tales servicios utilizan la atención telefónica o electrónica para llevar a cabo sus funciones deberán garantizar una atención personal directa, más allá de la posibilidad de utilizar complementariamente otros medios técnicos a su alcance. Las oficinas y servicios de información y atención al cliente serán diseñados utilizando medios y soportes que sigan los principios de accesibilidad universal y, en su caso, medios alternativos para garantizar el acceso a los mismos. Se deberán identificar claramente los servicios de atención al cliente en relación a las otras actividades de la empresa, prohibiéndose expresamente la utilización de este servicio para la utilización y difusión de actividades de comunicación comercial de todo tipo. En caso de que el empresario ponga a disposición de los consumidores y usuarios una línea telefónica a efectos de comunicarse con él en relación con el contrato celebrado, el uso de tal línea no podrá suponer para el consumidor y usuario un coste superior al coste de una llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil estándar. En el supuesto de utilizarse, de acuerdo con el párrafo anterior, una línea telefónica de tarificación especial que suponga un coste para el consumidor o usuario, el empresario facilitará al consumidor, junto con la información sobre dicha línea telefónica de tarificación especial y en igualdad de condiciones, información sobre un número geográfico o móvil alternativo. No obstante, lo anterior, en los supuestos de servicios de carácter básico de interés general, las empresas prestadoras de los mismos deberán disponer, en cualquier caso, de un teléfono de atención al consumidor gratuito. A estos efectos, tendrán la consideración de servicios de carácter básico de interés general los de suministro de agua, gas, electricidad, financieros y de seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y por carretera, protección de la salud, saneamiento y residuos, así como aquellos que legalmente se determinen. 3. En todo caso, y con pleno respeto a lo dispuesto en los apartados precedentes, los empresarios pondrán a disposición de los consumidores y usuarios información sobre la dirección postal, número de teléfono, fax, cuando proceda, y dirección de correo electrónico en los que el consumidor y usuario, cualquiera que sea su lugar de residencia, pueda interponer sus quejas y reclamaciones o solicitar información sobre los bienes o servicios ofertados o contratados. Los empresarios comunicarán además su dirección legal si esta no coincidiera con la dirección habitual para la correspondencia. Los empresarios deberán dar respuesta a las reclamaciones recibidas en el plazo más breve posible y, en todo caso, en el plazo máximo de un mes desde la presentación de la reclamación.” Ilenia QB Con la tecnología de Intercom El Sun, Jan 18, 2026 a las 20:15 PM, reclamar@ocu.org escribió:


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